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  3. Actualización sobre Ramos v. Nielsen

Actualización sobre Ramos v. Nielsen

El 10 de noviembre de 2022, DHS publicó una notificación en el Registro Federal (FRN) en la que anunció que los beneficiarios bajo las designaciones de Estatus de Protección Temporal (TPS) de El Salvador y Nicaragua, la designación de Haití de 2011 y la designación de Sudán en 2013 mantendrán su TPS, y que su documentación relacionada con TPS continuará hasta el 30 de junio de 2024, mientras que la orden judicial preliminar en Ramos v. Wolf permanezca en efecto. Así mismo, los beneficiarios de TPS de Honduras y Nepal conservarán su TPS y la documentación relacionada con TPS mientras continúa la suspensión de los procedimientos en Bhattarai et al. v. Nielsen et al., No. 19-cv-00731 (N.D. Cal. 12 de marzo de 2019), siempre que el TPS de los beneficiarios afectados en estos litigios no se cancele debido a inelegibilidad individual. Las personas a quienes se les aprobó el TPS por primera vez bajo la designación de TPS de Haití de 2021 o la nueva designación de Sudán de 2022 no están cubiertas por esta notificación del Registro Federal y conservan su TPS de acuerdo con sus notificaciones de aprobación de USCIS.

Para información adicional, por favor, vea la Notificación del Registro Federal y las páginas específicas para los Países de TPS.

El 14 de septiembre de 2020, en el caso Ramos et. al, v. Wolf, et al, Núm. 975 F.3d872 (9no Cir. 14 de septiembre de 2020) (PDF, 374.01 KB), un panel de tres jueces del Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos para el Noveno Circuito dejó sin efecto la orden judicial preliminar del tribunal de distrito que prohibía DHS cancelar el TPS de El Salvador, Haití, Nicaragua y Sudán. Sin embargo, debido a que el tribunal de apelaciones aún no ha emitido su directriz al tribunal de distrito para que esa determinación entre en efecto, la orden judicial preliminar permanece en vigor en este momento.

Si es necesario, DHS publicará FRN subsiguientes para continuar su cumplimiento con las órdenes judiciales.

Estatus Actual

La orden judicial preliminar del 3 de octubre de 2018 permanece en efecto. Como resultado de la orden judicial preliminar, las designaciones de El Salvador, Haití, (designación de 2011), Nicaragua y Sudán (designación de 2013) al TPS permanecerán en vigor.

Para cumplir con la orden judicial preliminar del tribunal, el 10 de noviembre de 2022, DHS publicó una FRN que extendió automáticamente hasta el 30 de junio de 2024, los siguientes documentos descritos en la notificación: Documentos de Autorización de Empleo (EAD); Formularios I-797, Notificación de Acción (Notificación de Aprobación); y Formularios I-94, Registro de Entrada/Salida, (denominados colectivamente “documentación relacionada con TPS”) para los beneficiarios afectados elegibles al TPS de El Salvador, Haití, Nicaragua y Sudán. DHS expedirá nuevos EAD con una fecha de vencimiento de 30 de junio de 2024 a los beneficiarios elegibles bajo las designaciones de TPS de El Salvador, Haití, Nicaragua y Sudán si solicitan un EAD y USCIS lo aprueba.

Los beneficiarios retendrán su estatus mientras la orden judicial permanezca en efecto, siempre y cuando cumplan con todos los requisitos individuales de elegibilidad a TPS que se encuentran en la sección 244(c) de INA y 8 CFR sección 244, así como en las instrucciones del Formulario I-821, Solicitud de Estatus de Protección Temporal. Estos requisitos, incluidos los requisitos más recientes de reinscripción a TPS para beneficiarios bajo la designación de cada país, también están disponibles en la página web de TPS de USCIS en inglés y español y en las páginas web de TPS específicas para cada país. Para preguntas sobre viajes para beneficiarios de TPS, por favor, vea la página Viajar con TPS.

El secretario de Seguridad Nacional anunció las siguientes acciones relacionadas con el TPS:

  • Nueva designación de TPS para Haití por 18 meses, desde el 3 de agosto de 2021 hasta el 3 de febrero de 2023. Vea 86 FR 41863.
  • Extensión de la designación de Haití al TPS, desde el 3 de febrero de 2023 hasta el 3 de agosto de 2024, y la redesignación de Haití al TPS desde el 3 de febrero de 2023 hasta el 3 de agosto de 2024. Se exhorta a las personas que tenían TPS antes de la nueva designación de Haití y que desean asegurarse de mantener su TPS si se cancela la orden judicial preliminar de Ramos, siempre que sigan siendo elegibles a TPS, a presentar sus solicitudes de TPS según las instrucciones de la notificación del Registro Federal sobre la extensión y redesignación de Haití al TPS (88 FR 5022). No presentar una solicitud bajo la nueva designación de Haití no afecta la continuación de la validez del TPS ni de los documentos de TPS hasta el 30 de junio de 2024, si la persona recibió TPS bajo la designación de Haití en 2011 que el tribunal ha continuado siempre que permanezca vigente la orden judicial preliminar, y según descrito en esta notificación.
  • Nueva designación de TPS para Sudán por 18 meses, desde el 19 de abril de 2022 hasta el 19 de octubre de 2023. Se exhorta a las personas que tenían TPS antes de la nueva designación de Sudán y que desean asegurarse de mantener su TPS si se cancela la orden preliminar de Ramos, siempre que sigan siendo elegibles para TPS, a presentar sus solicitudes de TPS siguiendo las instrucciones de la notificación del Registro Federal relacionada con la designación de Sudán al TPS (87 FR 23202). Sin embargo, no presentar una solicitud bajo la nueva designación de Sudán no afecta la continuación de la validez del TPS ni de los documentos TPS hasta el 30 de junio de 2024, si a la persona se le otorgó TPS bajo la designación de 2013 para Sudán que el tribunal ha continuado siempre que permanezca vigente la orden judicial preliminar, y según descrito en esta notificación.
  • Extensión de la designación de El Salvador al TPS por 18 meses, desde el 10 de septiembre de 2023 hasta el 9 de marzo de 2025. Se exhorta a las personas que tenían TPS antes de la nueva extensión de El Salvador y que desean asegurarse de mantener el TPS si finaliza la orden judicial preliminar de Ramos, siempre que sigan siendo elegibles al TPS, a presentar sus solicitudes de TPS siguiendo las instrucciones en la notificación del Registro Federal relacionada con la extensión de El Salvador para TPS. Sin embargo, no presentar una solicitud bajo la nueva extensión de El Salvador no afecta la continuación de la validez del TPS ni de los documentos de TPS hasta el 30 de junio de 2024, si a la persona se le otorgó el TPS bajo la designación de 2001 para El Salvador que el tribunal ha continuado siempre que permanezca vigente la orden judicial preliminar.
  • Extensión de la designación de Honduras al TPS por 18 meses, desde el 6 de enero de 2024 hasta el 5 de julio de 2025. Se exhorta a las personas que tenían TPS antes de la nueva extensión de Honduras y que desean asegurarse de mantener su TPS si termina la orden judicial preliminar de Ramos, siempre que sigan siendo elegibles para TPS, a presentar sus solicitudes de TPS siguiendo las instrucciones de la notificación del Registro Federal relacionada con la extensión de Honduras para TPS . Sin embargo, no presentar una solicitud bajo la nueva extensión de Honduras no afecta la continuación de la validez del TPS ni de los documentos de TPS hasta el 30 de junio de 2024, si a la persona se le otorgó el TPS bajo la designación de 1999 para Honduras que el tribunal ha continuado siempre que permanezca vigente la orden judicial preliminar.
  • Extensión de la designación de Nepal al TPS por 18 meses, desde el 25 de diciembre de 2023 hasta el 24 de junio de 2024. Se exhorta a las personas que tenían TPS antes de la nueva extensión de Nepal y que desean asegurarse de mantener su TPS si finaliza la orden judicial preliminar de Ramos, siempre que sigan siendo elegibles al TPS, a presentar sus solicitudes de TPS siguiendo las instrucciones de la notificación del Registro Federal relacionada con la extensión de Nepal para TPS (. Sin embargo, no presentar una solicitud bajo la nueva extensión de Nepal no afecta la continuación de la validez del TPS ni de los documentos de TPS hasta el 30 de junio de 2024, si a la persona se le otorgó TPS bajo la designación de 2015 para Nepal que el tribunal ha continuado siempre que permanezca vigente la orden judicial preliminar.
  • Extensión de la designación de Nicaragua al TPS por 18 meses, desde el 6 de enero de 2024 hasta el 5 de julio de 2025. Se exhorta a las personas que tenían TPS antes de la nueva extensión de Nicaragua y que desean asegurarse de mantener su TPS si termina la orden judicial preliminar de Ramos, siempre que sigan siendo elegibles al TPS, a presentar sus solicitudes de TPS siguiendo las instrucciones de la notificación del Registro Federal relacionada con la extensión de Nicaragua para TPS. Sin embargo, no presentar una solicitud bajo la nueva extensión de Nicaragua no afecta la continuación de la validez del TPS ni de los documentos de TPS hasta el 30 de junio de 2024, si a la persona se le otorgó el TPS bajo la designación de 2015 para Nicaragua que el tribunal ha continuado siempre que permanezca vigente la orden judicial preliminar.

En Caso de Revocación

En ausencia de cualquier acción posterior con respecto a las designaciones de TPS de El Salvador, Nicaragua, Nepal u Honduras, y si una orden judicial sustituta final e inapelable y una FRN que la implementa, si se justifica, permiten que entre en vigencia la cancelación de una o más de las designaciones de TPS de esos países, dicha cancelación del TPS y la documentación relacionada con TPS para los beneficiarios del país afectado no entrará en vigencia antes de 365 días a partir de la fecha de vigencia de cualquier orden judicial sustitutiva, definitiva e inapelable que permita la implementación de la cancelación del TPS para El Salvador, Nicaragua, Nepal u Honduras con el fin de permitir una transición ordenada para los beneficiarios afectados de TPS. Haití y Sudán fueron designados recientemente para TPS en 2021 y 2022 respectivamente, y los beneficiarios bajo las designaciones anteriores pueden reinscribirse bajo las nuevas designaciones, al igual que las personas recientemente elegibles. Para obtener más información, consulte las páginas web de TPS para Haití y Sudán.

Según las órdenes judiciales en los casos, USCIS informará a los beneficiarios cuándo comenzará cualquiera de los periodos de transición ordenada para los beneficiarios de TPS de El Salvador, Honduras, Nepal o Nicaragua. Estos periodos de transición proporcionarán tiempo a los beneficiarios de TPS actuales que no tienen otro estatus legal de inmigración o autorización para permanecer en Estados Unidos, para que abandonen el país, o serán objeto de remoción.

Demostrar Estatus de Protección Temporal

Como evidencia de que tienen un TPS válido, los beneficiarios elegibles bajo las designaciones de TPS de El Salvador, y Nicaragua, la designación de Haití de 2011 y la designación de Sudán de 2013 pueden mostrar sus documentos relacionados con TPS, que han sido especificados en la FRN del noviembre de 2022, y han sido extendidos automáticamente hasta el 30 de junio de 2024, junto con dicho FRN. El FRN también especifica la documentación relacionada con TPS que ha sido extendida para los beneficiarios de Honduras y Nepal. Puede encontrar información adicional en la página Actualización sobre Bhattarai v. Nielsen.

DHS ha extendido automáticamente hasta el 30 de junio de 2024, los periodos de validez de los siguientes Formularios I-94 y Formularios I-197, Notificación de Acción (Notificación de Aprobación), emitidos anteriormente a los beneficiarios elegibles a quienes se les otorgó TPS bajo las designaciones de El Salvador, Haití, Nicaragua y Sudán.

País Fecha de Comienzo de Validez: Fecha de Caducidad:

Sudán

3 de mayo de 2016 2 de noviembre de 2017
3 de noviembre de 2017 2 de noviembre de 2018
3 de noviembre de 2018 4 de octubre de 2021
5 de octubre de 2021 31 de diciembre de 2022

Nicaragua

6 de julio de 2016 5 de enero de 2018
6 de enero de 2018 5 de enero de 2019
6 de enero de 2019 4 de octubre de 2021
5 de octubre de 2021 31 de diciembre de 2022

Haití

23 de enero de 2016 22 de julio de 2017
23 de julio de 2017 22 de enero de 2018
23 de enero de 2018 22 de julio de 2019
23 de julio de 2019 4 de octubre de 2021
5 de octubre de 2021 31 de diciembre de 2022

El Salvador

10 de septiembre de 2016 9 de marzo de 2018
10 de marzo de 2018 9 de septiembre de 2019
10 de septiembre de 2019 4 de octubre de 2021
5 de octubre de 2021 31 de diciembre de 2022

Sin embargo, la extensión de estos periodos de validez aplica solo si el beneficiario de TPS elegible presentó su reinscripción a TPS durante los recientes periodos de inscripción anunciados por DHS:

  • Nicaragua: 16 de mayo al 15 de julio de 2016, o 15 de diciembre de 2017 al 13 de febrero de 2018;
  • Sudán: 25 de enero al 25 de marzo de 2016, u 11 de octubre al 11 de diciembre de 2017;
  • El Salvador: 8 de julio al 6 de septiembre de 2016, o 18 de enero al 19 de marzo de 2018; y
  • Haití: 25 de agosto al 26 de octubre de 2015, 24 de mayo al 24 de julio de 2017, o 18 de enero al 19 de marzo de 2018.

Si la orden judicial preliminar de Ramos permanece en efecto después del 30 de junio de 2024, DHS emitirá notificaciones posteriores que extenderán automáticamente la documentación relacionada con TPS para todos los beneficiarios afectados bajo las designaciones de TPS para El Salvador, Nicaragua, la designación de Haití de 2011 y la designación de Sudán de 2013, siempre y cuando la orden judicial preliminar en Ramos permanezca vigente, o por otra orden del tribunal..

Fecha de Caducidad Actual

Los beneficiarios de TPS bajo las designaciones de El Salvador, Nicaragua, la designación de Haití de 2011 y la designación de Sudán de 2013 mantendrán su TPS válido en Estados Unidos mientras que la orden judicial preliminar sobre el caso Ramos o cualquier otra orden judicial sustituta, le impida a DHS implantar y hacer cumplir las determinaciones de cancelación de TPS, siempre y cuando cada beneficiario de TPS bajo esas designaciones mantenga su elegibilidad individual a TPS. Sin embargo, se exhorta a que las personas que tengan TPS bajo las designaciones de Haití y Sudán a inscribirse bajo las nuevas designaciones de esos países, emitidas en 2021 y 2022 respectivamente, si desean permanecer elegibles para TPS en el caso de que se cancele la orden judicial preliminar del tribunal. Algunos beneficiarios de TPS también pueden tener algún otro estatus de inmigración válido o autorización para permanecer en Estados Unidos, que puede continuar una vez caduque el TPS de su país. Si una orden judicial permitiera la cancelación de TPS para algún país, USCIS emitirá una FRN, si lo amerita, y actualizará este sitio web para informar a los beneficiarios acerca de la fecha de cancelación y cualquier periodo de transición ordenado que sea aplicable.

Reinscripción

Los beneficiarios actuales bajo las designaciones de TPS de El Salvador, Nicaragua, la designación de Haití de 2011 y la designación de Sudán de 2013 no tienen que reinscribirse para mantener su TPS bajo la orden judicial en este momento, siempre y cuando se hayan reinscrito apropiadamente durante al menos uno de los periodos de reinscripción para sus países que se indican a continuación. Si usted se reinscribió apropiadamente en TPS durante uno de los siguientes periodos de reinscripción para su país, entonces no tiene que presentar nuevos datos biométricos, a menos que USCIS específicamente le envíe una notificación a fin de que usted comparezca a una cita de toma de datos biométricos. Sin embargo, según indicado, los beneficiarios actuales de Haití y Sudán puede que deseen registrarse bajo las nuevas designaciones de sus países para mantener la continuación de TPS en el caso de que se cancele la orden judicial.

País Fechas de Reinscripción

Sudán

11 de octubre – 11 de diciembre de 2017

25 de enero – 25 de marzo de 2016

Nicaragua

15 de diciembre de 2017 – 13 de febrero de 2018

16 de mayo – 15 de julio de 2016

Haití

18 de enero – 19 de marzo de 2018

24 de mayo – 24 de julio de 2017

25 de agosto – 26 de octubre de 2015

El Salvador

18 de enero – 19 de marzo de 2018

8 de julio – 6 de septiembre de 2016

Los beneficiarios que no se reinscribieron apropiadamente en TPS durante al menos uno de los periodos de reinscripción indicados arriba, aún pueden presentar una Solicitud de Estatus de Protección Temporal (Formulario I-821), pero deben demostrar “causa justa” para no haberse reinscrito a tiempo, según lo requiere la ley. Vea INA sección 244(c)(3)(C). Las personas que se inscriban bajo las nuevas designaciones de Haití y Sudán no necesitan demostrar “causa justa” porque dichos países están bajo nuevas designaciones.

Las personas que se reinscriban tardíamente deben enviar una carta que indique todas las razones por las que no presentó la reinscripción a tiempo de acuerdo con los procedimientos de reinscripción más recientes que aparecen en el FRN para su país designado a TPS.

Si usted se reinscribió fuera del periodo de reinscripción debido a que DHS anunció la cancelación de TPS para su país, debe explicar cómo ese anuncio le afectó, incluso cómo las decisiones de la cancelación fueron un factor para no reinscribirse. USCIS podría considerar esta explicación para propósitos de la excepción de “causa justa” por no haberse reinscrito a tiempo. Sin embargo, si el anuncio de la cancelación de TPS no fue la causa para que se reinscribiera tarde, no incluya ese factor como una razón. Los solicitantes deben explicar honestamente sus razones.

Datos Biométricos

Los beneficiarios de TPS que no presentaron una solicitud de reinscripción bajo los procedimientos de reinscripción anunciados para sus países durante por lo menos uno de los periodos indicados arriban deben presentar sus datos biométricos cuando presenten su reinscripción tardía si tienen 14 años de edad o más. USCIS les enviará una notificación de programación de cita de toma de datos biométricos, si se les requiere. USCIS también les enviará una notificación de toma de datos biométricos por separado a los beneficiarios de TPS que se han reinscrito apropiadamente en TPS, pero presentaron posteriormente un Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, para obtener un EAD.

Documentos de Autorización de Empleo

En la FRN publicada en noviembre del 2022, DHS anunció la extensión automática de los EAD para beneficiarios de TPS bajo las designaciones de El Salvador, Haití, Nicaragua y Sudán que tengan los códigos de categoría “A-12” o “C-19” y una de las fechas de expiración siguientes:

Fecha de Vencimiento de EAD: Nueva Fecha de Validez:
22 de julio de 2017 30 junio de 2024
2 de noviembre de 2017 30 junio de 2024
5 de enero de 2018 30 junio de 2024
22 de enero de 2018 30 junio de 2024
9 de marzo de 2018 30 junio de 2024
2 de noviembre de 2018 30 junio de 2024
5 de enero de 2019 30 junio de 2024
2 de abril de 2019 30 junio de 2024
22 de julio de 2019 30 junio de 2024
9 de septiembre de 2019 30 junio de 2024
2 de enero de 2020 30 junio de 2024
24 de marzo de 2020 30 junio de 2024
4 de enero de 2021 30 junio de 2024
4 de octubre de 2021 30 junio de 2024
31 de diciembre de 2022 30 junio de 2024

Los beneficiarios de TPS que tengan EAD que hayan sido extendidos automáticamente no tienen que solicitar un nuevo EAD, pero pueden hacerlo si así lo desean. Además, los beneficiarios de TPS de los cuatro países que tienen EAD y solicitudes de reinscripción pendientes, recibirán un EAD con fecha de validez que concluye el 30 de junio de 2024, si aprobamos su reinscripción y solicitudes de EAD.

Cualquier beneficiario elegible de TPS bajo las designaciones de El Salvador, Haití, Nicaragua y Sudán que no posea un EAD que haya sido extendido automáticamente en la Notificación del Registro Federal (FRN), o que desea solicitar un nuevo EAD aunque tenga un EAD extendido automáticamente bajo la FRN, puede presentar un Formulario I-765 con el pago apropiado de tarifa (o petición de exención de tarifa). Si USCIS aprueba la solicitud, expediremos un EAD con fecha de vencimiento del 30 de junio de 2024.

Si desea solicitar una exención de tarifas, complete el Formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas y envíelo con su Formulario I-765.

Cómo Demostrar Elegibilidad de Empleo

Los beneficiarios de TPS pueden presentar sus EAD sin caducar o EAD caducados que hayan sido extendidos automáticamente hasta el 30 de junio de 2024, según especificado en la FRN, a sus empleadores como evidencia de su elegibilidad de empleo e identidad cuando completen el Formulario I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo. Los empleados también pueden mostrarles a sus empleadores esta FRN, que proporciona instrucciones sobre cómo los empleadores deben completar el Formulario I-9 e indica que los EAD caducados han sido extendidos automáticamente hasta el 30 de junio de 2024.

Según también se indica en la FRN y en la página web de Central I-9 de USCIS, una persona puede cumplir con los requisitos del Formulario I-9 para verificación de elegibilidad de empleo con cualquiera de los tipos de documentos, o una combinación de documentos, según se describe en el Formulario I-9.

El Formulario I-9 es obligatorio para todo tipo de empleo en Estados Unidos, pero sus requerimientos no aplican hasta que el empleador contrata a la persona. Los empleados pueden presentarle a su empleador cualquier documentación de las Listas de Documentos Aceptables del Formulario I-9 para demostrar su identidad y elegibilidad de empleo. Para fines del Formulario I-9, un EAD no caducado o un EAD con un periodo de validez extendido automáticamente por la FRN son aceptables para demostrar tanto la identidad como la elegibilidad de empleo.

Los empleadores pueden aprender más acerca de cómo completar el Formulario I-9 en la Central I-9 o comunicándose con el Centro de Contacto de I-9:

  • Para empleadores: 888-464-4218
  • Para empleados: 888-897-7781
  • TTY: 877-875-6028.

Discriminación en la Verificación de Empleo

Los empleados pueden reportar a un empleador que rechace los documentos aceptables para propósitos del Formulario I-9 o que se niegue a aceptar un EAD extendido automáticamente, y enviar todas las preguntas relacionadas con discriminación a la Sección de Derechos del Empleado de la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia:

  • Para empleadores: 800-255-7688
  • Para empleados: 800-255-8155
  • TTY: 202-616-5525 o 800-237-2515

Demostrar su Estatus a las Agencias Estatales

Los beneficiarios de TPS que necesiten demostrar su estatus legal continuo para obtener una licencia de conducir o a una agencia estatal o local que use el programa SAVE de USCIS, deben tener su número de extranjero o número I-94. Puede encontrar estos números en varios documentos de inmigración que pudieran haber recibido con respecto a su estatus de TPS.

DHS expide los siguientes documentos que cumplen con estos requerimientos:

  • El Formulario I-797, Notificación de Acción, para notificación de aprobación del Formulario I-821, Solicitud de Estatus de Protección Temporal, tiene un número de extranjero (Número A);
  • El Formulario I-765, Documento de Autorización de Empleo (EAD). Los EAD expedidos a beneficiarios de TPS le indicarán una categoría A12 o C19 y tienen un número de extranjero (Número A);
  • El Formulario I-512, Autorización de Permiso Adelantado de Entrada de un Extranjero en Estados Unidos, tiene un número de extranjero (Número A). Este formulario se expide a beneficiarios de TPS que solicitan y se les concede autorización para viajar fuera de Estados Unidos y regresar si el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza les autoriza en el puerto de entrada; y
  • Formulario I-512T, Autorización para Viaje por un No Ciudadano a Estados Unidos; y
  • El Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida, tiene un número I-94.

Los beneficiarios también pueden tener una orden final de parte de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración otorgándoles TPS que pudiera contener un número de extranjero (Número A) o un número de I-94.

Visite nuestra página Solicitantes de Beneficios SAVE para obtener más información.

Si DHS ha emitido una FRN que anuncia la extensión automática de ciertos documentos relacionados con TPS, el programa SAVE aconseja a los beneficiarios del TPS que muestren a la agencia estatal o local una copia de la FRN que documenta dicha extensión, con su documento de inmigración expedido más recientemente.

Aunque SAVE puede verificar cuándo una persona tiene TPS, los procedimientos de cada agencia determinan si aceptarán una extensión automática del documento relacionado con TPS. Debe presentarle a la agencia una copia de la FRN correspondiente que muestre la extensión de sus documentos relacionados con TPS, además de su documento reciente relacionado con TPS con su número de extranjero (Número A) o I-94. Debe explicarles que SAVE podrá verificar la continuación de su estatus de TPS. Debe solicitarle a la agencia que inicie una consulta de SAVE con su información, y realice pasos de verificación adicionales, si es necesario, para obtener una respuesta final de SAVE que muestre el estatus de TPS. También puede solicitarle a la agencia que busque los avisos de SAVE o comunicarse con SAVE si existe alguna pregunta sobre su estatus de inmigración o con la extensión automática de la documentación relacionada con TPS.

Última Revisión/Actualización:
06/21/2023
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