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Víctimas de la Trata de Personas y de Otros Crímenes

Ayudamos a proteger a las víctimas de la trata de personas y de otros crímenes proporcionando alivio de inmigración a las víctimas elegibles . La trata de personas, llamada también tráfico personas, es un crimen en el que los traficantes atraen a las personas con falsas promesas de empleo y de una vida mejor. Las personas y sus familias también pueden ser víctimas de muchos otros tipos de crímenes en Estados Unidos. Estos crímenes incluyen violación, secuestro, acecho, homicidio involuntario, violencia doméstica, agresión sexual, y muchos otros crímenes.

Es posible que las personas no ciudadanas víctimas de la trata de personas y de actividades delictivas calificadas no tengan estatus de inmigración en Estados Unidos y, por lo tanto, pueden tener miedo de trabajar con las agencias del orden público. Los traficantes y abusadores a menudo utilizan la falta de estatus de inmigración para explotar y controlar a las víctimas. Además, las barreras de idioma y culturales pueden dificultar que las víctimas busquen ayuda después de sufrir la victimización. El alivio de inmigración proporciona un camino para que las víctimas estabilicen su estatus en Estados Unidos y desarrollen una sensación de seguridad y protección. El alivio de inmigración también es una herramienta fundamental para alentar a las víctimas a convertirse en participantes fuertes y activos en la detección, investigación o enjuiciamiento por un crimen y, por lo tanto, aumentar la seguridad de la comunidad en general.

USCIS administra dos beneficios de inmigración que alientan a las víctimas a confesar que han sido víctimas y trabajar con las agencias del orden público y otras agencias certificadoras.

  • El estatus de no inmigrante T, también conocido como visa T, es para víctimas de una forma grave de trata de personas. Las víctimas pueden permanecer y trabajar en Estados Unidos por hasta cuatro años una vez que se les otorga el estatus de no inmigrante T. El estatus de no inmigrante T puede extenderse más de cuatro años en circunstancias limitadas y las víctimas también pueden solicitar una Tarjeta Verde (Green Card), también conocida como residencia permanente legal, si cumplen con ciertos requisitos.
  • El estatus de no inmigrante U también conocido como visa U, es para víctimas de ciertas actividades delictivas calificadas, incluyendo violencia doméstica, agresión sexual, crímenes de odio, trata de personas, servidumbre involuntaria y otros delitos graves. Las víctimas pueden permanecer y trabajar en Estados Unidos por hasta cuatro años una vez que se les otorga el estatus de no inmigrante U. El estatus de no inmigrante U puede extenderse más de cuatro años en circunstancias limitadas y las víctimas también pueden solicitar una Tarjeta Verde, también conocida como residencia permanente legal, si cumplen con ciertos requisitos.
  • La elegibilidad para las visas T y U generalmente requiere que la víctima ayude o coopere con las agencias del orden público en la detección, investigación o enjuiciamiento de la trata de personas o actividad criminal calificada. Para las visas T, existen algunas excepciones y exenciones a este requisito cuando la víctima era menor de 18 años al momento de la victimización o sufre un trauma físico o psicológico. Para las visas U, existen algunas excepciones y reglas especiales para menores de 16 años y víctimas incompetentes o incapacitadas.
Información para Agencias del Orden Público y Jueces

Las agencias del orden público y los jueces desempeñan un rol importante en los alivios de inmigración disponibles para las víctimas de la trata de personas y otros crímenes. Las opciones de alivios de inmigración alientan a las víctimas a reportar crímenes y a colaborar con las agencias del orden público y servir como herramienta para dichas agencias para ayudar a eliminar la trata de personas y combatir el crimen en las comunidades locales. Vea nuestra página de Información para Agencias del Orden Público y Jueces para más información.

Recursos para Víctimas

Ofrecemos recursos para las víctimas de la trata de personas y otros crímenes y las organizaciones que les brindan servicios. Esta información está diseñada para ayudarle a contestar cualquier pregunta que usted o su familia puedan tener acerca de cómo obtener un estatus de no inmigrante T o U. También hemos desarrollado materiales adicionales específicos para las agencias del orden público. Vea nuestra página de Recursos para Víctimas de Trata de Personas y Otros Crímenes para más información.

Contáctenos

USCIS está dedicado a informar a las agencias del orden público y las organizaciones de base comunitaria acerca de las distintas formas de alivio que se ofrecen a víctimas de trata de personas, violencia doméstica y otros crímenes. Para recibir capacitación en este tema, por favor envíe un correo electrónico a T_U_VAWATraining@uscis.dhs.gov.

Para más información, por favor llame al Centro Nacional de Recursos sobre Trata de Personas al 888-373-7888.

Aprenda más acerca de la trata de personas por medio de la Campaña Blue Campaign del Departamento de Seguridad Nacional.

Consultas de Casos

Los abogados y representantes acreditados pueden enviar consultas a los siguientes buzones:

  • Para solicitudes de estatus de no inmigrante T y solicitudes de ajuste de estatus basadas en estatus T en trámite en el Centro de Servicio de Vermont: HotlineFollowupI918I914.vsc@uscis.dhs.gov
  • Para peticiones de estatus de no inmigrante U, peticiones para familiares cualificados de no inmigrantes U-1 y solicitudes de ajuste de estatus basadas en estatus U en trámite en el Centro de Servicio de Nebraska: nsc.i-918inquiries@uscis.dhs.gov
  • Para peticiones de estatus de no inmigrante U, peticiones para miembros de la familia que cualifican para no inmigrantes U-1 y solicitudes de ajuste de estatus basadas en estatus U en trámite en el Centro de Servicio de Vermont: HotlineFollowupI918I914.vsc@uscis.dhs.gov

Nota: Para recibir una respuesta de USCIS, la persona que realiza la consulta debe tener un Formulario G-28, Notificación sobre Comparecencia como Abogado o Representante Autorizado, presentado en el caso específico. USCIS no responderá a los correos electrónicos de ninguna persona que no esté nombrada en el G-28 archivado para el caso.

Las personas sin representación legal pueden enviar consultas por escrito firmadas a:

  • Para casos en trámite en el Centro de Servicio de Vermont:

U.S. Citizenship and Immigration Services
Vermont Service Center
ATTN: Humanitarian Division
38 River Road
Essex Junction, VT 05479-0001

  • Para casos en trámite en el Centro de Servicio de Nebraska:

USCIS Nebraska Service Center
Attn: I-918
PO Box 87918
Lincoln, NE 68501-7918

Para obtener información sobre cómo cambiar su dirección, consulte:

  • https://www.uscis.gov/es/formularios/todos-los-formularios/como-cambiar-su-direccion

Las agencias encargadas de hacer cumplir la ley pueden hacer consultas utilizando esta dirección de correo electrónico:

  • LawEnforcement_UTVAWA.vsc@uscis.dhs.gov
Enlaces Relacionados

Noticias

  • I-765V, Solicitud de Autorización de Empleo para un Cónyuge No Inmigrante Maltratado
  • Alivio Provisto a Miles de Víctimas de Crímenes
  • USCIS ofrecerá protección a las víctimas de la trata de personas y otras infracciones (Publicado: 11 de marzo de 2011; Archivado: 2016)
  • Elegibilidad Básica para la Sección 204(l) Alivio para Familiares Sobrevivientes

Más Información

  • Recursos para Víctimas de Trata de Personas y Otros Crímenes

Víctimas de la Trata de Personas y Otras Formas de Crimen

  • I-914, Solicitud para estatus T de no-inmigrante
  • I-918, Petición de Estatus U de No Inmigrante
  • I-929, Petición para un Familiar Calificado de un No Inmigrante U-1

Enlaces que no son de USCIS

  • ICE: Trata y tráfico de personas
  • DHS: Campaña Azul/Trata de Personas
  • CBP Trata de Personas
  • Programa de capacitación sobre trata de personas de FLETC
  • Proyecto Polaris
Última Revisión/Actualización:
08/21/2023
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