Autorización de Empleo para Ciertos Cónyuges H-4 Dependientes
Ciertos cónyuges H-4 dependientes de No Inmigrantes H-1B pueden presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, si el No Inmigrante H-1B:
- Si el principal beneficiario de un Formulario I-140, Petición de Condición de Inmigrante por Trabajador Extranjero aprobado; o
- Se le ha concedido el estatus H-1B bajo las secciones 106 (a) y (b) de la Ley de Competitividad de América del Siglo XXI de 2000, enmendada por la Ley de Autorización de Asignaciones del Siglo XXI del Departamento de justicia (AC21).
Las empresas estadounidenses utilizan el programa H-1B para emplear trabajadores extranjeros en ocupaciones especializadas que requieren un título de licenciatura o superior en una especialidad específica que esté directamente relacionado con la posición H-1B. Además de los trabajadores en ocupaciones con especialidad, la clasificación H-1B aplica a las personas que prestan servicios relacionados a un proyecto cooperativo de desarrollo e investigación o proyecto de coproducción del Departamento de Defensa, y para las personas que presten servicios de mérito distinguido y capacidades en el campo del modelaje.
Visite nuestra página web sobre las visas H-1B para más información acerca de la elegibilidad al programa H-1B.
Usted es elegible si es el cónyuge H-4 dependiente de un no inmigrante H-1B, si su cónyuge no inmigrante H-1B:
- Es el principal beneficiario de un Formulario I-140, Petición de Trabajador Inmigrante Extranjero, aprobado; o
- Se le ha concedido el estatus H-1B bajo las secciones 106 (a) y (b) de la AC21. Bajo la AC21 H-1B, ciertos no inmigrantes H-1B que buscan la residencia permanente legal basada en el empleo pueden ser elegibles para trabajar y permanecer en los Estados Unidos más allá del periodo límite de seis años de admisión de las visas H-1B.
Usted debe presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, para solicitar la autorización de empleo como un cónyuge dependiente H-4. Usted debe haber recibido el Documento de Autorización de Empleo (EAD/Formulario I-766) por parte de USCIS antes de que pueda comenzar a trabajar. Use la nueva versión del Formulario I-765 con el fin de prevenir demoras o que USCIS tenga que emitir una solicitud de evidencia.
Siga cuidadosamente los pasos siguientes para evitar que rechacemos y devolvamos su solicitud:
- Complete el Formulario I-765 utilizando las Instrucciones (PDF, 751.16 KB) de dicho formulario. USCIS rechazará cualquier solicitud que no esté acompañada por el pago de tarifas apropiado o que esté debidamente firmada.
- Si va a presentar el Formulario I-765 junto con el Formulario I-485, debe especificar su categoría de elegibilidad como (c)(9), y no como (c)(26), y pagar la tarifa de presentación correspondiente al Formulario I-485. No tiene que pagar la tarifa de presentación del I-765. Siga las instrucciones del Formulario I-485 para evitar demoras en el procesamiento de su solicitud.
- Si presenta el Formulario I-765 junto con un Formulario I-485 en la dirección para el Formulario I-765 categoría (c)(26), USCIS rechazará su Formulario I-485 y la tarifa correspondiente a este. Además, si incluyó tarifas para ambos formularios en el mismo cheque o giro postal, USCIS también podría rechazar su Formulario I-765 categoría (c)(26).
- Presente la evidencia de apoyo (vea la tabla de más adelante). Presentar la evidencia de apoyo suficiente minimizará la probabilidad de que USCIS tenga que enviarle una notificación solicitando más evidencia.
Evidencia de… | Puede demostrarse mediante… |
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Su estatus H-4 |
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Una identificación con foto emitida por el gobierno |
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Su relación con el no inmigrante H-1B |
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Sus bases de elegibilidad |
O
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Fotos para la producción de tarjetas |
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Si usted presenta a USCIS cualquier documento que contenga texto en un lenguaje extranjero, debe también presentar una traducción completa al inglés certificada por un traductor como complete y certera. El traductor también debe certificar que es competente para traducir del idioma extranjero al inglés.
Al presentar el Formulario I-765, por favor envíelo por correo postal a la localidad apropiada según la tabla a continuación:
Si va a presentar su Formulario I-765… | Entonces, preséntelo en… |
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Como una solicitud individual porque está actualmente bajo el estatus H-4 y no necesita extenderlo | La dirección de la localidad segura (Lockbox) que se encuentra en nuestra página web de Direcciones de Presentación del Formulario I-765. |
Junto con el Formulario I-539 para solicitar un cambio o extensión del estatus H-4 | La dirección de la localidad segura (Lockbox) que se encuentra en nuestra página web de Direcciones de Presentación del Formulario I-765. |
Junto con el Formulario I-129 para solicitar el estatus H-1B para su cónyuge y el Formulario I-539, para solicitar un cambio o extensión del estatus H-4 para usted. | El centro de servicio con jurisdicción sobre el Formulario I-129. Por favor, vea nuestra página web de Direcciones de Presentación del Formulario I-129 para más información. |
Para su conveniencia, puede presentar el Formulario I-765 con el Formulario I-539, Solicitud para Extender/Cambiar Estatus de No Inmigrante, o con ambos, el Formulario I-539 y el Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante presentado para el no inmigrante H-1B principal. Sin embargo, no procesaremos su Formulario I-765 hasta que hayamos adjudicado su Formulario I-539 y determinado si usted es o no elegible al estatus de no inmigrante H-4, si su cónyuge es elegible al estatus de no inmigrante H-1B, o ambos. Vea la página Presentación del Formulario I-765 y Otros Formularios para más información en como presentar dichos formularios juntos
Usted no será autorizado a trabajar hasta que USCIS apruebe su Formulario I-765. Una vez se aprueba su autorización de empleo, la fecha de vencimiento de su Documento de Autorización de Empleo (EAD) será el mismo día de la fecha de vencimiento de su más reciente Formulario I-94 que indica su estatus de no inmigrante H-4. Por lo general, usted sólo está autorizado a trabajar hasta la fecha de vencimiento de su EAD. Si usted aún es elegible para un permiso de trabajo después de esa fecha, debe solicitar una renovación de su EAD mediante la presentación del otro Formulario I-765. Usted no puede solicitar una renovación de un EAD con más de 180 días de anticipación a la fecha en que expirará el EAD original.
Puede cualificar para una extensión automática de su autorización de empleo y EAD relacionado si presentó uaproliadamente una solicitud para renovar su EAD basado en su visa H-4 antes de que caduque, y tiene un Formulario I-94 no caducado que muestra su estado como no inmigrante H-4. Si cualifica para la extensión automática de su actual autorización de empleo y EAD, la extensión automática continuará hasta lo que ocurra primero:
- La fecha de vencimiento del Formulario I-94 del cónyuge dependiente que muestra el estatus H-4 válido;
- La aprobación o denegación de la solicitud de renovación del EAD; o
- 180 días a partir de la fecha que se indica en “Card Expires” en el frente del actual EAD.
En los casos que corresponda, la evidencia acceptable de su extensión automática de autorización de empleo que puede ser presetada a los empleadores para propósitos del Formulario I-9 incluye la siguiente combinación de documentos:
- Formulario I-94 que indique el estatus de no inmigrante H-2no caducado;
- Formulario I-797C que indique que la solicitud de renovación del EAD fue presentada oportunamente bajo la categoría (c)(26); y
- El EAD caducado expedido bajo la misma categoría C26.
Algunos proveedores no autorizados podrían tratar de aprovecharse de usted haciéndole creer que pueden presentar un EAD a nombre suyo. Estos mismos individuos podrían pedirle que pague una cantidad de dinero para presentar esos formularios. Para aprender más acerca de cómo protegerse usted mismo y a su familia de las estafas de inmigración, por favor visite http://www.uscis.gov/es/eviteestafas.