Estatus de Protección Temporal para Venezuela – Extensión 2021 y Redesignación 2023 Preguntas Frecuentes
Datos Generales sobre Presentación de Solicitudes
P1. Presenté mi solicitud de Estatus de Protección Temporal (TPS) y pagué la tarifa. Sin embargo, no recibí ningún recibo y no estoy seguro si mi caso está siendo procesado. ¿Tengo que presentar el formulario y pagar la tarifa nuevamente?
R1. Si usted no recibe una notificación por correo dentro de 30 días, le recomendamos enviar un correo electrónico a lockboxsupport@uscis.dhs.gov para preguntar por su solicitud.
P2. ¿Si presenté una solicitud inicial de TPS antes del 3 de octubre y pagué la tarifa, tengo que volver a presentar la solicitud y pagar la tarifa?
P2. Si usted presentó el Formulario I-821, Solicitud de Estatus de Protección Temporal, bajo la redesignación de Venezuela para TPS de 2023 antes del 3 de octubre de 2023, no tiene que volver a presentar el Formulario I-821. Si aprobamos su Formulario I-821 pendiente, le otorgaremos TPS hasta el 2 de abril de 2025.
P3. ¿Cómo puedo saber si USCIS aceptó mi solicitud de TPS?
R3. Si no recibe un aviso por correo dentro de 30 días, le recomendamos que envíe un correo electrónico a lockboxsupport@uscis.dhs.gov para preguntar sobre su solicitud.
P4. ¿Necesito trabajar con un abogado para solicitar el TPS?
R4. No. Puede presentar los formularios de USCIS usted mismo, incluido el Formulario I-821, que generalmente puede presentar en línea. Sin embargo, tenga en cuenta que deberá presentar la solicitud en formato impreso si su solicitud incluye una solicitud de exención de tarifas (Formulario I-912). Algunas personas optan por buscar ayuda de un abogado u otro representante acreditado por la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR).
Si usted decide obtener asistencia legal, revise estas páginas web de USCIS:
Muchas personas se ofrecen a ayudar con los servicios de inmigración. No todos están autorizados o cualificados para hacerlo. Si desea ayuda legal para completar su Formulario I-821, tenga en cuenta que solo los abogados y representantes acreditados por EOIR pueden brindarle asesoramiento legal sobre qué formularios y documentos adjuntar a su solicitud, explicarle las opciones de inmigración que pueda tener y comunicarse con USCIS sobre su caso. Para obtener información adicional, consulte la guía de USCIS sobre cómo evitar estafas.
P5. Solicité el TPS en 2021, pero aún no he recibido respuesta. ¿Qué debo hacer?
R5. Si tiene una solicitud inicial de TPS para Venezuela (Formulario I-821) o una Solicitud de Autorización de Empleo (Formulario I-765) pendiente al 3 de octubre de 2023, bajo la designación de Venezuela para TPS de 2021, no necesita volver a presentar ninguna de las solicitudes. Si aprobamos su Formulario I-821 pendiente, le otorgaremos TPS hasta el 10 de septiembre de 2025. Del mismo modo, si aprobamos su Formulario I-765 pendiente relacionado con el TPS, le emitiremos un nuevo Documento de Autorización de Empleo (EAD) que será válido hasta el 10 de septiembre de 2025.
P6. ¿Necesito presentar una traducción completa de mi certificado de nacimiento u otros documentos?
R6. En general, si usted presenta algún documento en un idioma extranjero, debe incluir una traducción completa al inglés junto con una certificación del traductor que verifique que la traducción es completa y precisa, y que él es competente para traducir del idioma extranjero al inglés. También aceptaremos un formulario de traducción de certificado de nacimiento, certificado por un traductor, que proporcione la traducción de la información clave para validar el nacimiento.
P7. ¿Tengo que enumerar todos los países en los que viví antes de venir a Estados Unidos, o solo aquellos que visité en el tiempo entre que salí de mi país de origen y mi última entrada a Estados Unidos?
R7. Debe completar el formulario de acuerdo con las instrucciones del formulario, que le indican que debe enumerar todos los países que ingresó mientras viajaba a Estados Unidos, incluidos los países en los que vivió y aquellos por los que viajó. En la Parte 11, Información Adicional, del Formulario I-821, proporcione las fechas en las que estuvo en esos países y cualquier estatus migratorio que haya tenido mientras estuvo en esos países.
Reinscripción
P8. Tengo TPS y autorización de empleo relacionada con TPS. ¿Tengo que volver a presentar la solicitud y pagar la tarifa de nuevo?
A8. Si actualmente tiene TPS bajo la designación de Venezuela 2021 y desea mantener su TPS y autorización de empleo, debe reinscribirse durante el período de reinscripción de 60 días que se extiende desde el 10 de enero de 2024 hasta el 10 de marzo de 2024. Le recomendamos que se reinscriba lo antes posible dentro del período de reinscripción de 60 días. No hay ninguna tarifa asociada con el Formulario I-821 para los beneficiarios actuales de TPS que presenten una solicitud de reinscripción. Todos los solicitantes de TPS deben pagar una tarifa al presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo. Para obtener más información, consulte la página web de Tarifas de Presentación.
P9. Tengo el TPS aprobado hasta marzo de 2024. ¿Debo esperar hasta que esté a punto de vencer antes de volver a presentar la solicitud?
A9. Las personas que se reinscriban deben presentar su solicitud durante el período de reinscripción de 60 días que se extiende desde el 10 de enero de 2024 hasta el 10 de marzo de 2024. Si actualmente tiene TPS bajo la designación de Venezuela 2021, debe reinscribirse durante el período de reinscripción de 60 días que se extiende desde el 10 de enero de 2024 hasta el 10 de marzo de 2024. Le recomendamos que se reinscriba lo antes posible.
P10. Fui aprobado para TPS en 2021 y presenté una solicitud para volver a inscribirme durante el período comprendido entre el 8 de septiembre de 2022 y el 7 de noviembre de 2022, pero aún no he recibido la aprobación. ¿Tengo que volver a inscribirme para extender mi TPS hasta septiembre de 2025, o simplemente debo esperar y recibir la aprobación con la nueva fecha?
A10. Si tiene una solicitud de reinscripción de TPS Venezuela (Formulario I-821) o una Solicitud de Autorización de Empleo (Formulario I-765) pendiente al 3 de octubre de 2023, presentada bajo la extensión de la designación de TPS de Venezuela 2021, no tiene que volver a presentar ninguna de las dos solicitudes. Si aprobamos su Formulario I-821 pendiente, le otorgaremos TPS hasta el 10 de septiembre de 2025. Del mismo modo, si aprobamos su Formulario I-765 pendiente relacionado con el TPS, le emitiremos un nuevo Documento de Autorización de Empleo (EAD) que será válido hasta el 10 de septiembre de 2025.
P11. Si tengo una actual solicitud de reinscripción de TPS pendiente y también tengo una solicitud de autorización de viaje pendiente, cuando reciba mi autorización de viaje, ¿por cuánto tiempo será válida?
R11. A nuestra discreción, y si encontramos que un beneficiario de TPS merece esta autorización, emitiremos un documento de autorización de viaje, Formulario I-512T, Autorización de Viaje por un No Ciudadano a Estados Unidos. Si aprobamos su Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, su Formulario I-512T será válido durante la duración de su necesidad documentada de viajar. Lea atentamente las Instrucciones del Formulario I-131; explican los riesgos que puede enfrentar si se encuentra fuera de Estados Unidos mientras estamos considerando su solicitud de reinscripción de TPS, como perder solicitudes importantes de evidencia u otros avisos, o incluso que se le niegue el TPS mientras está fuera de Estados Unidos.
P12. ¿Qué evidencia debo incluir en mi solicitud de reinscripción? Las instrucciones del Formulario I-821 solo dicen evidencia nueva que no presenté anteriormente. ¿Todavía necesito evidencia de residencia continua?
R12. De acuerdo con las Instrucciones del Formulario I-821 (PDF, 324.64 KB), si está presentando el Formulario I-821 para reinscripción (Parte 1., Artículo Número 1.b., del Formulario I-821), no tiene que presentar ninguna copia de la documentación. Sin embargo, es posible que le solicitemos información o documentación adicional en determinadas circunstancias.
Requisitos de TPS
P13. ¿Cuál es la diferencia entre residencia continua y presencia física continua?
R13. Para cualificar para el Estatus de Protección Temporal, debe demostrar tanto la residencia continua como la presencia física continua en Estados Unidos a partir de fechas específicas. Estas fechas son determinadas por el secretario de Seguridad Nacional y especificadas en la notificación del Registro Federal para la designación de TPS del país. La residencia continua significa que debe establecer su residencia en Estados Unidos en o antes de la fecha de residencia continua, y debe haber continuado residiendo en Estados Unidos desde entonces. La presencia física continua significa que debe haber estado físicamente presente en Estados Unidos de forma continua desde la fecha de presencia física continua. Para la redesignación de Venezuela, efectivo el 3 de octubre de 2023, debe demostrar su residencia continua en Estados Unidos desde el 31 de julio de 2023 y su presencia física continua desde el 3 de octubre de 2023.
Las regulaciones en 8 CFR 244.1(3) definen los términos de la siguiente manera:
- Presencia física continua significa presencia física real en Estados Unidos durante todo el período especificado en las regulaciones. No se considerará que un extranjero ha dejado de mantener una presencia física continua en Estados Unidos en virtud de ausencias breves, casuales e inocentes según se define en esta sección.
- Residir continuamente significa residir en Estados Unidos durante todo el período especificado en las regulaciones. No se considerará que un extranjero no ha mantenido su residencia continua en Estados Unidos por razón de una ausencia breve, casual e inocente como se define en esta sección o debido simplemente a un breve viaje temporal al extranjero requerido por circunstancias de emergencia o atenuantes fuera del control del extranjero.
P14. ¿Cuánta evidencia de residencia continua en Estados Unidos es suficiente? ¿Está buscando dos o tres documentos, o desea muchos meses y varios documentos?
R14. Debe demostrar que ha estado residiendo continuamente en Estados Unidos desde o antes de la fecha de residencia continua.
Para demostrar la residencia continua en Estados Unidos, puede presentar registros de empleo; recibos de alquiler, facturas de servicios públicos, recibos o cartas de empresas; registros escolares de las escuelas a las que usted o sus hijos han asistido en Estados Unidos; registros médicos u hospitalarios relacionados con el tratamiento o la hospitalización de usted o sus hijos; o testimonios de funcionarios de la iglesia, sindicato u otra organización que lo conozcan y dónde usted ha estado residiendo, u otra evidencia creíble.
No es necesario que proporcione documentos originales con su solicitud a menos que le solicitemos los originales de las copias que envíe. Si es necesario, es posible que l e solicitemos información adicional.
P15. ¿Cómo muestra un niño una presencia continua? No tendrá facturas de servicios públicos, etc.
R15. Aceptaremos:
- Registros escolares de las escuelas a las que asistió el niño en Estados Unidos, como cartas, libreta de calificaciones, etc. que muestren el nombre de la escuela y las fechas de asistencia;
- Documentos similares que indiquen que el niño asistió a una escuela en Estados Unidos, en combinación con otra evidencia que demuestre su presencia en Estados Unidos durante ese mismo período;
- Registros hospitalarios o médicos relacionados con el tratamiento u hospitalización del niño. Estos documentos deben mostrar el nombre del centro médico o médico, así como las fechas de tratamiento u hospitalización;
- Documentos similares que indiquen que el niño recibió tratamiento o atención en un centro médico de Estados Unidos, en combinación con otra evidencia que demuestre su presencia en Estados Unidos durante ese mismo período de tiempo;
- Declaraciones de funcionarios de la iglesia, sindicato u otra organización que lo conozcan y dónde ha estado residiendo. Estos deben incluir:
- Nombre del solicitante;
- Firma de un funcionario cuyo título también se muestre;
- Las fechas inclusivas de membresía;
- La dirección donde el solicitante residía durante el período de membresía;
- El sello de la organización impreso en la carta o atestación está en el membrete de la organización, si la organización tiene papel con membrete;
- Una declaración sobre cómo el certificador conoce al solicitante; y
- Una declaración sobre el origen de la información que se atestigua.
- Los solicitantes también pueden proporcionar cualquier otro documento o información que crean que ayuda a demostrar su presencia continua en Estados Unidos.
P16. Si soy ciudadano venezolano, pero residí en otro país antes de venir a Estados Unidos, ¿soy elegible para el TPS de Venezuela?
R16. Determinaremos la elegibilidad según la evidencia que proporcione. Entre otros criterios, todos los solicitantes de TPS deben presentar evidencia para demostrar que son nacionales del país TPS o que son apátridas y residieron habitualmente por última vez en el país TPS antes de ingresar a Estados Unidos.
Revisaremos cuidadosamente toda la evidencia para determinar si una persona residía en otro país antes de venir a Estados Unidos. Debemos evaluar el tema separado del posible reasentamiento de la empresa porque el reasentamiento de la empresa es una prohibición para el TPS.
P17. Si soy un ciudadano venezolano que vivió dos años en otro país, ¿soy elegible para el TPS de Venezuela?
A17. Determinaremos la elegibilidad en función de la evidencia que proporcione, incluso si la residencia en otro país afecta su elegibilidad para el TPS. Debemos evaluar el tema separado del posible reasentamiento de la empresa porque el reasentamiento de la empresa es una prohibición para el TPS.
P18. Si tengo doble nacionalidad, incluida la venezolana, ¿necesito haber ingresado a Estados Unidos con mi pasaporte venezolano para cualificar para el TPS?
R18. No, no es un requisito haber ingresado a Estados Unidos con pasaporte venezolano para ser elegible para el TPS bajo la designación de Venezuela. Además, en general, la doble nacionalidad por sí sola no hace que una persona no sea elegible para el TPS. Los solicitantes pueden demostrar que son nacionales del país del TPS, independientemente de si también son nacionales de otro país. Si demuestran que son nacionales de un país con TPS, entonces han cumplido con el requisito de nacionalidad. A menos que exista una firme preocupación por la prohibición de reasentamiento, a los efectos de la elegibilidad para el TPS, no es importante que las personas también puedan ser nacionales de otro país.
P19. ¿Los niños nacidos en un tercer país de padres venezolanos serán elegibles para el TPS?
R19. Sí, los hijos de un ciudadano venezolano nacido fuera de Estados Unidos son elegibles para el TPS bajo la designación de TPS de Venezuela, si el niño puede demostrar que es nacional de Venezuela bajo la ley venezolana, o una persona sin nacionalidad que residió habitualmente por última vez en Venezuela, y si el niño también cumple con todos los demás requisitos para el TPS. En general, cualquier persona nacida en otro país cuya madre o padre tenga nacionalidad por nacimiento en un país designado por TPS puede demostrar, por preponderancia de pruebas, que es nacional del país designado.
P20. Tengo una visa de viaje a Estados Unidos desde Venezuela. ¿Puedo solicitar también el TPS?
A20. Sí, una persona con una visa de viaje de Estados Unidos puede solicitar el TPS, si demuestra tanto la residencia continua como la presencia física continua en Estados Unidos a partir de ciertas fechas determinadas por el secretario de Seguridad Nacional y especificadas en el aviso del Registro Federal con respecto a la redesignación de TPS de Venezuela 2023. Para la redesignación de Venezuela, a partir del 3 de octubre de 2023, un solicitante debe demostrar su residencia continua en Estados Unidos desde el 31 de julio de 2023, así como su presencia física continua desde el 3 de octubre de 2023.
P21. Estoy en detención de inmigración. ¿Puedo solicitar el TPS?
R21. Sí. Revisaremos si un solicitante de TPS ha cumplido con los requisitos de elegibilidad relacionados con la residencia continua y la presencia física continua en o antes de las fechas de la notificación del Registro Federal correspondiente, independientemente de si la persona ha sido detenida al ingresar o se encuentra en un centro de detención en Estados Unidos. Sin embargo, un solicitante de TPS no puede cumplir con los requisitos de residencia continua o presencia física continua para TPS si fue deportado, removido o salió bajo una orden de remoción en cualquier momento durante el período requerido de residencia continua o presencia física continua, de acuerdo con la definición de una ausencia “breve, casual e inocente”.
P22. Tengo una orden final de remoción. ¿Puedo solicitar el TPS?
R22. Las personas elegibles en proceso de remoción pueden solicitar TPS ante el tribunal. Las personas elegibles con órdenes finales de remoción pueden solicitar TPS a menos que tengan una orden de remoción restablecida.
P23. ¿Quién cualifica como nacional de Venezuela?
R23. Un solicitante de TPS bajo la designación de un país en particular puede demostrar su elegibilidad proporcionando evidencia de nacionalidad venezolana al:
- Nacimiento en suelo venezolano;
- Filiación (ser hijo de padres venezolanos); o
- Naturalización.
Ejemplos de pruebas que demuestran la nacionalidad venezolana incluyen:
- Pasaporte (vigente o vencido);
- Certificado de nacimiento acompañado de identificación con foto; o
- Cualquier documento nacional de identidad de su país de origen que lleve su foto y/o huella dactilar emitido por el país del solicitante, incluidos los documentos emitidos por una embajada o consulado en Estados Unidos, como una tarjeta de identificación nacional o un certificado de naturalización.
Un niño nacido fuera de Venezuela puede adquirir la nacionalidad venezolana al tener un padre que sea venezolano. Sin embargo, determinaremos si una persona específica cumple con el requisito de nacionalidad caso por caso, en función de la evidencia presentada con su solicitud de TPS. El TPS es un beneficio individual, lo que significa que a un niño no se le puede otorgar el TPS como derivado de un padre que recibe el TPS. Cada persona debe presentar una solicitud de TPS por separado, el Formulario I-821, para registrarse para el TPS. Cada persona también tiene la opción de solicitar individualmente un EAD en el Formulario I-765. Los miembros de la familia pueden presentar sus solicitudes individuales de TPS simultáneamente o en diferentes momentos. Alentamos a cada miembro de la familia a presentar su propia solicitud con un pago por separado.
P24. Soy un venezolano que solicita el TPS bajo la designación de Venezuela 2023, pero viví o trabajé temporalmente o adquirí residencia o ciudadanía en un tercer país. ¿Cómo adjudicarán mi solicitud de TPS?
R24. Analizaremos si el tiempo que haya pasado fuera de Estados Unidos desde la fecha de residencia continua del 31 de julio de 2023 y la fecha de presencia física continua del 3 de octubre de 2023 hará que no cumpla con los requisitos de elegibilidad para la residencia continua y la presencia física continua. También analizaremos si su ciudadanía u otro estatus migratorio permanente en un país que no sea Venezuela es relevante para la prohibición de reasentamiento firme. Adjudicamos cada solicitud caso por caso. El mero hecho de tener doble nacionalidad con ciudadanía venezolana y otra nacionalidad no lo descalifica, por sí mismo, para el TPS. Si tiene ciudadanía u otra forma de estatus migratorio permanente en un país que no sea Venezuela, le recomendamos que proporcione todos los detalles relevantes, incluido cuándo obtuvo o se le ofreció dicha ciudadanía o estatus y cualquier momento en que estuvo en ese otro país antes de llegar a Estados Unidos. También debe incluir cualquier información y documentación de respaldo que pueda ayudarnos a determinar si las excepciones en 8 CFR 208.15 a la prohibición de reasentamiento firme se aplican en sus circunstancias particulares.
Viajar
P25. Ya tengo TPS con un documento de autorización de empleo. Me gustaría solicitar un permiso para viajar fuera de Estados Unidos. ¿Puedo presentar mi solicitud ahora o tengo que esperar hasta el 10 de enero de 2024 para presentar el permiso de viaje con mi nuevo TPS y EAD?
R25. Puede presentar un Formulario I-131 como un formulario independiente después de presentar la solicitud de TPS, si su solicitud inicial o de reinscripción aún está pendiente o después de que hayamos aprobado el Formulario I-821 relacionado.
P26. ¿Puedo solicitar el Formulario I-131 de permiso para viajar antes de haber sido aprobado para el TPS?
R26. Puede presentar un Formulario I-131 como un formulario independiente después de presentar la solicitud de TPS, si su solicitud inicial o de reinscripción aún está pendiente o después de que hayamos aprobado el Formulario I-821 relacionado.
P27. ¿En qué circunstancias podemos solicitar viajar si tenemos TPS? ¿Se puede viajar a Venezuela?
R27. No hay restricciones de viaje. Las personas pueden solicitar viajar a Venezuela si su TPS fue aprobado.
En general, los solicitantes y beneficiarios de TPS que deseen viajar fuera de Estados Unidos deben solicitar una autorización de viaje con el Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje. Emitiremos un documento de autorización de viaje bajo TPS si determinamos que es apropiado aprobar la solicitud. El documento de autorización de viaje le da permiso para salir de Estados Unidos y regresar durante un período específico. Si sale de Estados Unidos sin el documento de autorización de viaje, puede perder el TPS si no hay excepciones aplicables para romper la presencia física continua y la residencia continua. Además, si sale de Estados Unidos sin un documento de autorización de viaje, es posible que tenga dificultades o que no se le permita volver a ingresar a Estados Unidos.
Asilo Pendiente
P28. Si tengo una solicitud de asilo pendiente y he sufrido un arresto político, ¿denegarán mi solicitud de TPS?
R28. Las personas con solicitudes de asilo pendientes pueden solicitar y recibir TPS. Es posible que no sea elegible para el TPS si está sujeto a cualquiera de las prohibiciones obligatorias de asilo según la sección 208(b) de INA.
P29. ¿Puedo solicitar el TPS si he sido puesto en proceso de remoción porque mi solicitud de asilo fue remitida a EOIR (tribunal de inmigración)?
R29. Si usted está en proceso de deportación, puede solicitar el TPS ante el tribunal. Si tiene una orden de remoción final, puede solicitar el TPS a menos que tenga una orden de remoción restablecida.
P30. ¿Tengo que pagar nuevos datos biométricos si USCIS ya los recopiló para mi solicitud de asilo?
R30. Los solicitantes de TPS mayores de 14 años deben pagar las tarifas de servicios biométricos o solicitar una exención de tarifas, que puede presentar en el Formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas.
P31. Si tengo permiso de trabajo a través de mi solicitud de asilo, ¿necesito presentar también el Formulario I-765 basado en el TPS?
R31. Presentar un Formulario I-765 basado en TPS es opcional. Véase 8 CFR 244.6. Además, a los beneficiarios de TPS se les permite solicitar y recibir un EAD bajo categorías de empleo que no son de TPS.
Tarifas/Exenciones de Tarifas
P32. ¿Cuáles son las tarifas de presentación del Formulario I-131 Autorización de Viaje para TPS?
R32. La tarifa para presentar el Formulario I-131 es de $575, o puede solicitar una exención de tarifas presentando el Formulario I-912, con evidencia de que no puede pagar la tarifa de presentación. Encuentre más información sobre las tarifas de presentación del Formulario I-131 en la página web del Formulario I-131, y encuentre más información sobre cómo solicitar una exención de tarifas en la página web del Formulario I-912.
P33. ¿Necesito enviar giros postales por separado para cada uno de los diferentes formularios?
R33. Si paga varios formularios presentados juntos utilizando un solo método de pago y no podemos aceptar uno o más de sus solicitudes, rechazaremos y le devolveremos el paquete completo. Para obtener más información, consulte la página web Tarifas de Presentación.
P34. ¿Puede un solicitante de TPS solicitar una exención de tarifas en línea?
R34. No en este momento. Puede presentar el Formulario I-821 y las solicitudes relacionadas de EAD en línea o por correo. Sin embargo, si solicita una exención de tarifas, debe enviar su solicitud por correo.
P35. Si me voy a reinscribir, ¿tengo que pagar la tarifa de $85 por los servicios biométricos?
R35. Si tiene 14 años o más, debe pagar la tarifa de servicios biométricos. Si no puede pagar la tarifa de servicios biométricos, puede solicitar una exención de tarifas, que puede presentar en el Formulario I-912. Para obtener información adicional sobre los formularios de solicitud y las tarifas de TPS, visite la página web de USCIS sobre TPS en uscis.gov/es/tps. Para obtener más información sobre las exenciones de tarifas, visite uscis.gov/es/formularios/tarifas-de-presentacion-de-formularios/informacion-adicional-sobre-como-presentar-una-exencion-de-tarifas.
Autorización de Empleo
P36. Mi autorización de empleo vence pronto. ¿Cómo sé si mi EAD se extenderá automáticamente hasta marzo de 2025? ¿Tengo que volver a inscribirme en el TPS para obtener un nuevo EAD válido a través de la designación de TPS que finaliza en septiembre de 2025?
R36. Hemos extendido automáticamente los EAD con una fecha de vencimiento de la tarjeta del 9 de septiembre de 2022 o del 10 de marzo de 2024 hasta el 10 de marzo de 2025. Si desea recibir un EAD con una fecha de vencimiento de la tarjeta del 10 de septiembre de 2025, debe volver a inscribirse para el TPS bajo la extensión Venezuela 2021. Si ya tiene una solicitud de reinscripción de TPS de Venezuela pendiente (Formulario I-821) o una Solicitud de Autorización de Empleo (Formulario I-765) al 3 de octubre de 2023, no necesita volver a presentar ninguna de las dos solicitudes. Si aprobamos su Formulario I-821 pendiente, le otorgaremos TPS hasta el 10 de septiembre de 2025. Del mismo modo, si aprobamos su Formulario I-765 pendiente relacionado con el TPS, le emitiremos un nuevo EAD que será válido hasta el 10 de septiembre de 2025.
Cuentas En Línea
P37. ¿Puedo presentar el Formulario I-131 en línea con el Formulario I-821 y el Formulario I-765?
R37. El Formulario I-821 y el Formulario I-765 se pueden presentar simultáneamente en línea. El Formulario I-131 no se puede presentar simultáneamente con esos formularios, pero está disponible para su presentación en línea.
P38. ¿Es posible crear una cuenta en línea de USCIS sin un número de caso?
R38. Sí. De hecho, primero debe crear una cuenta en línea antes de poder presentar la solicitud en línea.
P39. ¿Con quién nos comunicamos si la notificación de recibo no aparece en la cuenta de USCIS en línea?
R39. Puede enviar un mensaje seguro al Centro de Contacto de USCIS a través de su cuenta de USCIS en línea. La mayoría de los avisos de recibo se envían por correo y se publican en la cuenta, por lo que, si no los ve en su cuenta, deberían llegar por correo.
P40. En el caso de las presentaciones en línea, ¿USCIS envía notificaciones por correo electrónico cuando hay un nuevo movimiento en el caso (por ejemplo, si emite una solicitud de evidencia), o necesito iniciar sesión con frecuencia para evitar perderme un aviso importante?
R40. USCIS le enviará notificaciones automáticamente si hay una actualización de sus casos presentados en línea. Puede elegir si desea recibir las notificaciones por correo electrónico o mensaje de texto (o ambos). Nota: Los abogados y representantes acreditados no reciben notificaciones actualmente. Los exhortamos a que revisen sus cuentas con frecuencia.
P41. ¿Puedo imprimir una notificación de recibo de mi cuenta de USCIS en línea para poder llevarlo al Departamento de Vehículos Motorizados, por ejemplo?
R41. Sí, puede imprimir notificaciones de recibo desde su cuenta de USCIS en línea.
P42. ¿Cómo obtenemos ayuda si tenemos problemas para configurar una cuenta de USCIS en línea? Nunca pude usar mi cuenta y no pude obtener ayuda por teléfono o correo electrónico.
R42. Creamos varios vídeos fáciles de seguir para ayudar a los usuarios a crear una cuenta de USCIS en línea y enviar un formulario. El vídeo para enviar un formulario es para el Formulario N-400. Si bien las preguntas pueden ser diferentes, la experiencia general de presentación en línea es generalmente la misma, independientemente del formulario que se envíe. Los videos están disponibles en uscis.gov/es/presentacion-de-solicitudes-en-linea.
Para Proveedores de Servicios, Abogados y Representantes Acreditados
P43. La mayoría de los clientes que estamos viendo no tienen documentos de identidad porque se los quitan en el puerto de entrada. ¿Son sus documentos de liberación prueba suficiente de que son venezolanos?
R43. Un solicitante puede presentar una copia de su Formulario I-862, Aviso de Comparecencia, como evidencia de su nacionalidad. También pueden presentar declaraciones justificativas sobre su nacionalidad. Utilizaremos nuestros sistemas para confirmar esta información. Si no hay otro registro que demuestre la nacionalidad, les permitiremos proporcionar información o documentación adicional relevante.
P44. En el caso de las personas que están refugiadas en el sistema de refugios de la ciudad de Nueva York, incluso en hoteles fuera de la ciudad de Nueva York, ¿podría usarse una carta de confirmación de que residen en el refugio u hotel como evidencia de su incapacidad para pagar a los efectos de una exención de tarifas?
R44. USCIS considera la falta de vivienda al revisar una solicitud de exención de tarifas. Para obtener más información sobre las exenciones de tarifas, visite uscis.gov/es/formularios/tarifas-de-presentacion-de-formularios/informacion-adicional-sobre-como-presentar-una-exencion-de-tarifas.