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  4. Trabajadores Temporales (No Inmigrantes)

Trabajadores Temporales (No Inmigrantes)

Los empleadores generalmente deben presentar una solicitud con USCIS para contratar legalmente a un no inmigrante como trabajador temporal. Una vez que el empleador presenta la solicitud del "Formulario 129, Petición para Trabajadores No Inmigrantes" para un trabajador temporal, USCIS hará lo siguiente:

  • Enviará un recibo al empleador para indicar que se recibió la solicitud. No se enviará ningún recibo si se rechaza la solicitud.
  • Notificará al empleador si la solicitud está incompleta;
  • Solicitará más información

                                 o

  • Rechazará la solicitud y devolver el pago de tarifa de presentación;
  • Aprobar o denegar la solicitud.

Aprobación de Solicitud (Formulario I-129)

Si un posible empleado se encuentra en Estados Unidos, puede comenzar a trabajar una vez que USCIS apruebe la solicitud del Formulario I-129 y el empleador complete el Formulario I-9, siempre que la solicitud contenga una petición de cambio de estatus o extensión de estadía que también fue aprobada.

Si un posible empleado se encuentra fuera de Estados Unidos o no es elegible para cambiar su estatus mientras se encuentre en Estados Unidos:

  • La solicitud se enviará al consulado de EE.UU. más cercano a la residencia en el extranjero del posible empleado.
  • El futuro empleado puede entonces solicitar una visa de no inmigrante al consulado de EE. .
  • Si el consulado expide la visa, el futuro empleado puede viajar a Estados Unidos para solicitar la admisión.
  • Si se le admite, el empleado puede comenzar a trabajar para el empleador y deberá completar el Formulario I-9.

Algunas clasificaciones permiten que un no inmigrante obtenga el permiso para trabajar en Estados Unidos sin necesidad que un empleador presente el Formulario I-129 para el no inmigrante:

  • Los comerciantes por tratado (E-1)
  • Los inversionistas por tratado (E-2)
  • Los trabajadores australianos especializados (E-3)
  • Los profesionales NAFTA (TN)

Extensión de Estadía con el Mismo Empleador

Para extender el período en el que se admitió al empleado no inmigrante, el empleador debe presentar una nueva solicitud del Formulario I-129 para el empleado. Generalmente, el empleado puede continuar trabajando para el mismo empleador durante un máximo de 240 días o hasta que USCIS tome una decisión sobre la solicitud, lo que ocurra primero.

Formulario I-9

El empleador debe escribir “240-Day Ext.” (Extensión de 240-Días), y la fecha en que presentó la solicitud del formulario I-129 ante USCIS en el espacio junto a la Sección 2 del Formulario I-9 .

Para demostrar que el empleador presentó una solicitud a nombre del empleado, es aconsejable que el empleador conserve los siguientes documentos con el Formulario I-9 vigente:

  • Una copia del nuevo Formulario I-129
  • Comprobante de pago para presentar un nuevo Formulario I-129
  • Evidencia del envío por correo del nuevo Formulario I-129 a USCIS

Los empleadores deben volver a verificar la autorización de trabajo del empleado en el Suplemento B, Reverificación y Recontratación, una vez que reciban la decisión de USCIS.

Cambio de Empleadores

Un empleado no inmigrante puede cambiar de empleador. Sin embargo, el nuevo empleador debe presentar primero una solicitud de condición laboral (por ejemplo, peticiones H-1B) o certificación de trabajo temporal (por ejemplo, peticiones H-2) y luego presentar un nuevo Formulario I-129 con la certificación laboral aprobada. El empleado no puede empezar a trabajar para el nuevo empleador hasta que USCIS apruebe la petición. Existen dos excepciones a este requisito:

1.  H-1B

Bajo la Ley de Competitividad Estadounidense en el Siglo Veintiuno (AC-21), un empleado que se encuentre actualmente bajo el estatus H-1B puede empezar a trabajar para un nuevo empleador tan pronto como el nuevo empleador presente una solicitud del Formulario I-129 para el empleado si se cumplen ciertos requisitos. Si el empleado no se encuentra actualmente bajo el estatus  H-1B, no puede cambiar de empleador o empezar a trabajar hasta que USCIS apruebe la solicitud del Formulario I-129.

Formulario I-9

El nuevo empleador deberá completar un nuevo Formulario I-9 para el empleado recientemente contratado. El empleado H-1B puede presentar el Formulario I-94 para indicar el estatus de no-inmigrante H-1B, emitido al empleador anterior, junto con su pasaporte extranjero como documento de la Lista A. El nuevo empleador debe escribir “AC-21” y la fecha en la que presentó la solicitud de Formulario I-129 a USCIS  en conjunto con Formulario I-9, junto a la Sección 2.

Para demostrar que el empleador presentó una solicitud a nombre del empleado, es  aconsejable que el empleador conserve los siguientes documentos con el Formulario I-9 vigente del empleado:

  • Una copia del nuevo Formulario I-129;
  • Comprobante de pago por presentar un nuevo Formulario I-129;
  • Evidencia de que usted envió el nuevo Formulario I-129 a USCIS.

Los empleadores deben volver a verificar la autorización de empleo del empleado en el Suplemento B, una vez que USCIS tome una decisión sobre la solicitud.

2.  H-2A

Un trabajador H-2A, para el cual un nuevo empleador presenta una solicitud de extensión de estadía bajo el estatus H-2A durante su periodo de admisión, no puede empezar a trabajar para el nuevo empleador hasta que USCIS apruebe la solicitud del Formulario I-129, a menos que el empleador sea un empleador inscrito en E-Verify. Un trabajador H-2A puede trabajar para un empleador E-Verify tan pronto como dicho empleador presente una nueva solicitud de Formulario I-129 para el trabajador. En este caso, el trabajador H-2A está autorizado a trabajar por hasta 120 días desde la Received Date” (Fecha de Recibo) en el recibo (Formulario I-797) que USCIS emitirá al empleador luego de recibir la solicitud. El empleador debe permanecer como empleador en E-Verify para que el trabajador H-2A siga teniendo la autorización para trabajar mientras que la solicitud está pendiente. Si el empleador finaliza la participación de la compañía en E-Verify, el trabajador H-2A no está autorizado para trabajar.

Si USCIS deniega la solicitud, el trabajador H-2A está autorizado a trabajar durante 15 días posteriores a la fecha de denegación.  Mientras la solicitud se encuentre pendiente, el trabajador H-2A está sujeto a las mismas condiciones y limitaciones de la autorización inicial.

Formulario I-9

El nuevo empleador debe llenar un nuevo Formulario I-9 para un empleado recién contratado. La combinación del Formulario no vencido I-94 que indica el estatus H-2A del trabajador y su pasaporte extranjero es un documento de la Lista A. Si se presenta esta combinación de documentos, el nuevo empleador debe escribir “120-Day Ext.” y la fecha en que presentó la solicitud de Formulario I-129 a USCIS en conjunto con el Formulario I-9 junto a la Sección 2.

Para demostrar que el empleador presentó una solicitud a nombre del empleado,  es aconsejable que el empleador mantenga los siguientes documentos con el Formulario existente I-9 del empleado.

  • Una copia del nuevo Formulario I-129;
  • Comprobante de pago por haber presentado un nuevo Formulario I-129;
  • Evidencia de que ha enviado por correo el nuevo Formulario I-129 a   USCIS; y
  • Notificación de Recibo (Formulario I-797) en la que se reconoce que USCIS ha recibido el nuevo Formulario I-129.

Los empleadores deben volver a verificar la autorización de empleo del empleado en el Suplemento B, una vez que USCIS tome una decisión sobre la solicitud.

Última Revisión/Actualización:
11/06/2023
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