Recibos
En ocasiones, los empleados presentan un "recibo" en lugar de un documento de la Lista A, Lista B, o Lista C. Un recibo aceptable es válido por un corto período de tiempo para completar la Sección 2 o Sección 3 o el Suplemento Be, Reverificación y Recontratación del Formulario I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo. Usted no puede aceptar recibos si el empleo durará menos de 3 días.
Usted solo puede aceptar estos recibos:
- Un recibo que muestre que su empleado ha solicitado reemplazar un documento de la lista A, B, o C, que se ha perdido, o fue robado o dañado.
Este recibo es válido por 90 días a partir de la fecha de contratación (es decir, el primer día de trabajo por pago) o en el caso de una nueva verificación, 90 días a partir de la fecha en que expiró la autorización de empleo. Dentro de 90 días, el empleado debe mostrarle el documento por el que se le dio el recibo. Sin embargo, esto no siempre es posible debido a retrasos en los documentos, cambios de estatus u otros factores. Si el empleado no presenta el documento original para el cual se emitió el recibo previamente proporcionado, pero presenta dentro del período de 90 días otra documentación aparentemente válida y que parezca estar razonablemente relacionada con el empleado para demostrar su identidad y/o autorización de empleo según corresponda, usted podrá aceptar dicha documentación. En tales casos, debe completar una nueva Sección 2 y adjuntarla al Formulario I-9 original. Además, debe proporcionar una nota explicativa ya sea en el campo de Información Adicional que se encuentra en la página 2 del Formulario I-9, o como un documento adjunto por separado. La anotación debe explicar el motivo por el cual se presentó documentación distinta al documento de reemplazo (por ejemplo, demoras en los documentos, cambios de estatus u otros factores) y luego el empleador debe firmar y fechar la anotación. Un empleado debe proporcionar un documento de la Lista A o un documento de la Lista B y de la Lista C. Si el recibo es para un documento de la Lista A, pero el empleado no puede presentar el documento de reemplazo real de la Lista A para el cual se emitió el recibo al final del período de recibo de 90 días, entonces el empleado puede optar por presentar un documento diferente de la Lista A, o un documento de cada una de la Lista B y la Lista C para satisfacer los requisitos del Formulario I-9. Si el recibo es para un documento de la Lista B pero el empleado no puede presentar el documento real al final del período de recibo de 90 días, entonces el empleado puede optar por presentar un documento de la Lista A en su lugar, o un documento de la Lista B diferente para satisfacer los requisitos del Formulario I-9. (De manera similar, si el recibo es para un documento de la Lista C y el empleado no proporciona el documento real, el empleado puede presentar un documento de la Lista A u otro documento de la Lista C en su lugar.
La parte de entrada del Formulario I-94 (Registro de Entrada/Salida), que contiene un Formulario I-551 temporal (también conocido como Sello de Documentación de Extranjero, Identificación y Telecomunicaciones (ADIT) y una fotografía de la persona.
Los residentes permanentes legales pueden presentar este recibo de la Lista A en lugar de su Tarjeta de Residente Permanente del Formulario I-551 para mostrar evidencia de identidad y autorización de empleo. Este recibo es válido hasta la fecha de vencimiento del sello ADIT, o 1 año después de la fecha de emisión, si el sello no contiene fecha de vencimiento. Cuando expire, su empleado deberá presentar su Tarjeta de Residente Permanente.
Porción de salida del Formulario I-94/I-94A con un sello de admisión de refugiado o una copia impresa generada por computadora del Formulario I-94 con el código de admisión “RE”
Un refugiado puede presentar este recibo de la Lista A para mostrar evidencia de identidad y autorización de empleo. Este recibo es válido por 90 días a partir de la fecha de contratación o en el caso de reverificación, 90 días a partir de la fecha en que caducó la autorización de empleo. Cuando el recibo caduque, su empleado debe mostrar al empleador un Documento de Autorización de Empleo (Formulario I-766) o una combinación de un documento de la Lista B y una Tarjeta de Seguro Social sin restricciones.
- Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida, no caducado que contenga una clase de admisión de UHP u OAR en el documento o Formulario I-94 no caducado que contenga una clase de admisión de PAR e indique Afganistán como país de ciudadanía en el documento.
Los empleados pueden presentar este recibo de la Lista A para mostrar evidencia de identidad y autorización de empleo. Este recibo es válido por 90 días (o cuando expire el I-94, si la fecha es más temprano) a partir de la fecha de contratación o, para nueva verificación, la fecha de vencimiento de la autorización de empleo. Cuando el recibo expire, su empleado debe mostrarle un Formulario I-766, Documento de Autorización de Empleo (EAD), vigente, o una combinación de un documento de la Lista B y una tarjeta de Seguro Social sin restricciones de la Lista C.
- Formulario I-94 vigente, Registro de Entrada/Salida que contiene una clase de admisión de DT emitido entre el 24 de febrero de 2022 y el 30 de septiembre de 2023, e indica Ucrania como el país de ciudadanía.
Los empleados pueden presentar este recibo de la Lista A para mostrar evidencia de identidad y autorización de empleo. Este recibo es válido por 90 días (o cuando expire el I-94, si la fecha es más temprano) a partir de la fecha de contratación o, para nueva verificación, la fecha de vencimiento de la autorización de empleo. Cuando el recibo expire, su empleado debe mostrarle un Formulario I-766, Documento de Autorización de Empleo (EAD), vigente, o una combinación de un documento de la Lista B y una tarjeta de Seguro Social sin restricciones de la Lista C.
Cuando su empleado proporciona un recibo aceptable para la verificación inicial, usted debe:
- Escribir la palabra "recibo", el título y número del documento y el último día en que el recibo es válido.
Después que expire el recibo, usted debe:
- Tachar la palabra "recibo" y cualquier número de documento que lo acompañe
- Registrar el número y otra información del documento requerida del documento actual presentado, e
- Inicializar y fechar el cambio.
Si el empleado presentó documentación diferente pero aceptable para un documento perdido, robado o dañado, debe completar una nueva Sección 2 y adjuntarla al Formulario I-9 original. Además, deberá proporcionar una anotación en la que explique en el cuadro de Información Adicional del Formulario I-9 o en una página aparte. La nota debe explicar la razón por la que se presentó documentación distinta del documento de sustitución -por ejemplo, retrasos en la documentación, cambios de estatus u otros factores- y el empleador debe firmar y fechar la anotación.
No se permite aceptar un segundo recibo al final del periodo de validez de recibo inicial.