Traer a su Hijo Adoptado Internacionalmente a los Estados Unidos
Hay tres maneras de que un menor emigre a Estados Unidos a base de una adopción. El paso que su hijo adoptivo deba seguir dependerá de las circunstancias individuales en su caso.
Inmigración Basada en una Adopción
Proceso de La Haya
Si usted presentó los Formularios I-800A e I-800 para poder adoptar, entonces su hijo proviene de un país que tiene implementado el proceso de adopción de la Convención de La Haya (proceso de La Haya). Esto significa que su hijo puede entrar a Estados Unidos ya sea con una visa de inmigrante clasificación IH-3 (si usted adoptó a su hijo en un país bajo la Convención de La Haya) o una visa de inmigrante clasificación IH-4 (si usted finalizó la adopción en Estados Unidos).
Proceso de Huérfanos (No Amparado Bajo La Haya)
Si usted presentó los Formularios I-600A y/o I-600 para puder adoptar, entonces su hijo procede de un país que no ha implementado el proceso de adopción de la Convención de La Haya (proceso de La Haya). Esto significa que su hijo entrará a Estados Unidos ya sea con una visa de inmigrante clasificación IR-3 (la adopción fue finalizada en un país no aparado bajo La Haya y usted [o su cónyuge, si es casado/a] vio a su hijo antes o durante el proceso de adopción) o bajo una visa de inmigrante clasificación IR-4 (si usted finalizó la adopción en los Estados Unidos).
Proceso de Familiares Inmediatos
Si su hijo no cumple con los requisitos para el proceso de La Haya o el proceso no aparado bajo La Haya, usted todavía puede presentar Formulario I-130, Petición para un Familiar Extranjero, a nombre del menor en calidad de hijo adoptado de un ciudadano estadounidense. Los padres deben acumular dos años de custodia física y legal para obtener una adopción del niño completa y final, para poder ser elegible para presentar un Formulario I-130. La custodia legal y física puede ser acumulada de una vez en un solo periodo o acumulativamente durante varios periodos. También este periodo puede ser acumulado antes, durante y después de la adopción. Estos dos años deben haberse acumulado antes de que el niño cumpla 16 años (o de cumplir 18 años si es un hermano biológico de un niño que usted ya adoptó o va a adoptar). Su hijo recibirá una visa de inmigrante clasificación IR-2 si se determina que es elegible.
Si usted está adoptando en un país protegido bajo el proceso de La Haya, ciertas restricciones aplicables podrían prevenir que su hijo inmigre a Estados Unidos utilizando este proceso. Por favor, investigue las leyes de adopción del país del cual usted desea adoptar antes de comenzar el proceso.
Vea el tema “Mi hijo vive conmigo en el extranjero” (en “Temas de Interés Relacionados”, más abajo) para información sobre cómo su hijo podría adquirir la ciudadanía estadounidense antes de mudarse permanentemente a Estados Unidos.
Permisos Humanitarios
Para obtener información acerca de un permiso humanitario para un menor que está en el proceso de adopción, visite la página de la Guía sobre Evidencia para Ciertos Tipos de Peticiones de Permisos Humanitarios o de Beneficio Público Significativo y consulte la sección titulara Cómo Solicitar Permisos Humanitarios para Menores. También, puede consultar el Manual de Políticas de USCIS, Volumen 3 – Protección y Permisos Humanitarios, Parte F – Personas que Obtienen Permisos Humanitarios.
Obtenga más información
- Ciudadanía Estadounidense para un Hijo Adoptivo
- La Visa de Inmigrante de su Nuevo Hijo
- En Compañía de su Hijo en un Puerto de Entrada de los Estados Unidos (en inglés)
- Después que su Hijo Ingrese a los Estados Unidos (en inglés)
- Certificado de Ciudadanía de su Hijo Adoptado Internacionalmente
- Temas de Interés Relacionados