I-800, Petición para Clasificar a un Adoptado de Convención como Familiar Inmediato
Determinar la elegibilidad del menor para su clasificación como adoptado bajo el proceso de la Convención de La Haya. El posible padre adoptivo que es ciudadano de EE.UU. tramita la petición para finalizar el proceso de inmigración de un niño que reside habitualmente en un país de la Convención. El solicitante debe tener aprobado y válido el Formulario I-800A, Solicitud de Determinación de Idoneidad para Adoptar un Niño de un País de la Convención, para tramitar el Formulario I-800.
Detalles del Formulario
Las fechas están en formato mm/dd/aa (mes, día, año).
Si usted completa e imprime este formulario para enviarlo por correo postal, asegúrese de que la fecha de edición del formulario y los números de las páginas están visibles en la parte inferior de todas las páginas y que todas las páginas completadas sean de la misma edición del formulario. Si falta alguna de las páginas del formulario o las páginas son de ediciones diferentes, podríamos rechazar su solicitud.
Si necesita ayuda para descargar e imprimir los formularios, lea nuestras instrucciones.
Para entregas del Servicio Postal:
USCIS
Attn: Adoption I-800
P.O. Box 660087
Dallas, TX 75266-0087
Para entregas por FedEx, UPS y DHL:
USCIS
Attn: Adoption I-800 (Box 660087)
2501 S. State Hwy. 121 Business
Suite 400
Lewisville, TX 75067-8003
No se requiere el pago de la tarifa para el primer Formulario I-800 que tramita para un niño basándose en un Formulario I-800A aprobado. Si se tramita más de un Formulario I-800 durante el periodo de aprobación para niños distintos, la tarifa es $775 para el segundo Formulario I-800 y los I-800 siguientes. Sin embargo, si los niños son hermanos antes de la adopción propuesta, no se requiere que se paguen tarifas adicionales.
Usted puede pagar la tarifa con un giro postal, cheque personal o cheque de cajero, también puede pagar con una tarjeta de crédito usando el Formulario G-1450, Autorización de Transacciones con Tarjeta de Crédito. Si paga con cheque, debe hacerlo pagadero a nombre de U.S. Department of Homeland Security.
Cuando usted envía un pago, acepta pagar un servicio gubernamental. Las tarifas de presentación y de servicios biométricos son finales y no reembolsables, sin importar cualquier acción que tomemos sobre su solicitud o petición, o si usted retira su solicitud.
Pague cada tarifa de presentación por separado. Estamos haciendo la transición al procesamiento electrónico de solicitudes de beneficios de inmigración, lo que requiere que utilicemos múltiples sistemas para procesar su paquete. Debido a esto, debe pagar cada tarifa de presentación por separado para cualquier formulario que envíe. Podemos rechazar todo su paquete si envía un pago único y combinado para múltiples formularios.
Por favor, no presente esta lista de cotejo con su Formulario I-800. Es una herramienta opcional para que use mientras prepara su formulario, pero no sustituye los requisitos legales, reglamentarios, ni de las instrucciones del formulario. Recomendamos que revise estos requisitos antes de completar y presentar su formulario. No envíe documentos originales a menos que se les soliciten específicamente en las instrucciones del formulario.
Si usted presenta cualquier documento (copias o documentos originales, si se les solicitan) en un idioma extranjero, debe incluir una traducción completa al inglés, junto con una certificación de parte del traductor en la que afirma que la traducción está completa y es exacta, y que está cualificado para traducir de un idioma extranjero a inglés.
¿Proporcionó lo siguiente?
- Notificación de aprobación de su Formulario I-800A y, si corresponde, prueba de que extendimos el periodo de aprobación
- Su informe del Artículo 16 que incluye toda la información especificada en 8 CFR Parte 204.313(d)(3) y (4)
- Una declaración de su proveedor primario de servicios de adopción donde certifique que usted completó toda la preparación y capacitación precolocación
- Un plan postcolocación (si corresponde)
- Evidencia de que usted cumplió con los requisitos de preadopción en el estado de posible residencia del niño (si corresponde)
- Formulario I-864, Formulario I-864EZ o Formulario I-864W
- Formulario I-601 (si corresponde).
Consejos para presentar el Formulario I-800, Formulario Petición para Clasificar a un Adoptado de Convención como Familiar Inmediato:
Complete todas las secciones del formulario. Rechazaremos el formulario si no completa los campos siguientes:
- Parte 1. Información Acerca de Usted
- Apellido
- Dirección residencial
Consejos de Presentación: Consulte la página Consejos para la Presentación de Formularios por Correo Postal para obtener información acerca de cómo asegurarse que aceptemos su solicitud.
¡No olvide firmar su formulario. Rechazaremos y devolveremos cualquier formulario que no esté firmado.
Usted puede presentar el Formulario I-800, Suplemento 1, Consentimiento de Divulgación de Información (PDF, 60.39 KB), si desea dar consentimiento a USCIS para que divulgue información acerca de su caso a su proveedor primario de servicios de adopción, preparador de estudio del hogar, u otra persona o entidad (a parte de su abogado o representante acreditado). Por lo general, no podemos divulgar su información a otras personas, como, por ejemplo, su proveedor de servicios de adopción, sin su consentimiento.
Instrucciones para hermanos consanguíneos con edades entre 16 a 18 años que cualifican bajo la Convención de La Haya
La Ley de Simplificación de Adopciones Internacionales de 2010, Ley Pública 111-287, enmendó la sección 101(b)(1)(G) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad para permitirle a un hermano de un hijo adoptado cualificar como adoptivo bajo la Convención de La Haya luego de que su hermano cumpla 16 años de edad, pero antes de que este cumpla los 18 años de edad. A partir del 30 de noviembre del 2010, debe presentar un Formulario I-800 de acuerdo con las instrucciones del formulario, si:
- El menor procede de un país que forma parte de la Convención de La Haya sobre Protección del Menor y Cooperación Respecto a las Adopciones entre Países; y
- El menor es hermano consanguíneo (hermano por nacimiento) de otro menor extranjero que emigró o emigrará basada en la adopción por parte de los mismos padres adoptivos; y
- El Formulario I-800 es presentado antes de que caduque la Notificación de Aprobación o Extensión del Formulario I-800A, Solicitud para Determinar la Elegibilidad para Adoptar un Niño de un País de la Convención y antes de que el menor cumpla 18 años de edad.
Usted debe tener un Formulario I-800A aprobado y válido antes de presentar el Formulario I-800. Si la aprobación del Formulario I-800A (y cualquier extensión) ya caducó o usted nunca presentó el Formulario I-800A, deberá presentar un Formulario I-800A, con el pago de la tarifa, según las instrucciones del Formulario I-800A.
Instrucciones para un hermano consanguíneo que cumplió 18 años en o después del 1 de abril de 2008
La Ley de Simplificación de Adopciones Internacionales de 2010 (Sección 4 (b)) también le permite a un ciudadano estadounidense presentar una petición de visa para un menor que cumpla con los siguientes requisitos:
- El menor procede de un país que forma parte de la Convención de La Haya sobre Protección de Menores y Cooperación Respecto a las Adopciones entre Países;
- El menor cumplió 18 años en o después del 1 de abril de 2008;
- El peticionario ha adoptado o adoptará el menor;
- El menor es hermano consanguíneo de otro menor extranjero que emigró o emigrará a Estados Unidos a base de una adopción hecha por los mismos padres adoptivos; y
- Presenta el Formulario I-800 correctamente del peticionario en o antes del 30 de noviembre de 2012.
Usted debe tener un Formulario I-800A, Solicitud de Determinación de Idoneidad para Adoptar a un Menor de un País de Convención, aprobado y válido antes de presentar el Formulario I-800. Si la aprobación del Formulario I-800A (y cualquier extensión) ya caducó o nunca presentó el Formulario I-800A, necesitará presentar un Formulario I-800A, con la tarifa que indica las instrucciones.
Al completar el Formulario I-800 bajo esas instrucciones especiales para un a hermano consanguíneo mayor de 18 años, debe escribir “N/A” como respuestas a las preguntas 9 a la 17 de la Parte 3. No tiene que pagar tarifas adicionales para el Formulario I-800 cuando presenta solicitudes para hijos que son hermanos consanguíneos. De acuerdo con las instrucciones del Formulario I-800, debe presentar los documentos siguientes:
- Copia de su certificado de nacimiento y copia del certificado de nacimiento de cada hermano mostrando que comparten por lo menos a un padre en común;
- Evidencia que el hermano menor ya emigró o emigrará a los Estados Unidos como su hijo adoptado, huérfano o adoptado de Convención; y
- Una copia del decreto de adopción para el hermano mayor para el que usted presenta la solicitud, si ya le adoptó. Si todavía no ha adoptado al hermano mayor, debe presentar información sobre los requisitos de preadopción bajo la ley y el estado en que va a adoptar y mostrar que pueda adoptar al hermano mayor en ese estado, a pesar de que son mayores de 18 años.
Notificación Electrónica(E-Notification): Si desea recibir un correo electrónico y/o mensaje de texto cuando su Formulario I-800 haya sido recibido en la oficina "USCIS Lockbox", complete el Formulario G-1145, Notificación Electrónica de Aceptación de Petición/Solicitud y anéxelo a la primera página de su solicitud. El Formulario G-1145 puede ser descargado desde el enlace que aparece arriba.