Cómo Hacer una Petición para Procesamiento Expedito de una Solicitud
En General
Usted puede pedirle a USCIS que expedite la adjudicación de una petición de beneficio (tales como solicitudes o peticiones) de un beneficio de inmigración.
USCIS:
- Considera todas las peticiones de procesamiento expedito caso por caso;
- Podría requerir documentación adicional para apoyar una petición; y
- Tiene la discreción para decidir si acomoda una petición;
USCIS podría expeditar una petición si cumple con uno o más de los siguientes criterios o circunstancias:
- Pérdidas financieras severas de una empresa o persona, siempre que la necesidad de acción urgente no sea resultado de que el peticionario o solicitante no:
- Presentó a tiempo la petición de beneficio, o
- Respondió a tiempo a alguna solicitud de evidencia;
Una empresa puede demostrar que podría sufrir pérdidas financieras severas si está en riesgo de fracasar, perder un contrato principal, o tener que despedir empleados. Por ejemplo, un consultorio médico podría sufrir pérdidas financieras severas si una brecha en la autorización de empleo de un médico requeriría que la práctica médica despida a sus asistentes médicos.
La pérdida de empleo podría ser suficiente para demostrar una pérdida financiera severa para una persona, dependiendo de las circunstancias individuales. Por ejemplo, la incapacidad de viajar por trabajo que resultaría en la pérdida del empleo podría justificar un procesamiento acelerado de la solicitud. La necesidad de obtener una autorización de empleo por sí sola, sin evidencia de otros factores convincentes, no justifica un tratamiento acelerado. Además, también se pueden demostrar pérdidas financieras severas cuando la falta de procesamiento expedito podría resultar en una pérdida de beneficios o servicios críticos.
- Emergencias y razones humanitarias urgentes;
En el contexto de una petición de procesamiento expedito, las razones humanitarias son aquellas relacionadas al bienestar humano. Algunos ejemplos incluyen, pero no se limitan, a enfermedades, discapacidades, condiciones de vida extremas, muerte en la familia o una necesidad crítica de viajar para obtener tratamiento médico en un periodo de tiempo limitado.
Una emergencia podría incluir una necesidad urgente de acelerar la autorización de empleo para los trabajadores de la salud durante una emergencia nacional como la pandemia de COVID-19. Además, una petición de trámite acelerado podría considerarse en los casos en que la seguridad de una persona vulnerable pueda verse comprometida debido a una violación en la confidencialidad si hay un retraso en el procesamiento de la solicitud de beneficios. El deseo de un solicitante de beneficios de viajar de vacaciones no cumple, por lo general, con la definición de emergencia.
- Organizaciones sin fines de lucro (según designadas por el Servicio de Impuestos Internos o IRS), cuyas peticiones promuevan los intereses sociales y culturales de Estados Unidos;
Una organización sin fines de lucro que desea acelerar la solicitud de beneficios de un beneficiario debe demostrar una necesidad urgente de expeditar el caso en función del papel específico del beneficiario dentro de la organización sin fines de lucro en la promoción de intereses culturales o sociales (a diferencia del papel de la organización en la promoción de intereses sociales o culturales). Los ejemplos pueden incluir un profesional médico que se necesita con urgencia para la investigación médica relacionada con un interés social específico de Estados Unidos (como la pandemia de COVID-19 u otra investigación o proyecto de impacto social) o un profesor universitario que se necesita con urgencia para participar en un programa cultural específico e inminente. Otro ejemplo es una organización religiosa que necesita urgentemente los servicios específicos y el conjunto de habilidades de un beneficiario para continuar con un programa vital de alcance social. En tales casos, la organización religiosa debe explicar por qué necesita específicamente al beneficiario respectivo, en lugar de señalar solo una escasez general.
- Intereses del gobierno estadounidense (como, por ejemplo, casos para agencias federales como, por ejemplo, el Departamento de Defensa (DoD), la Junta Nacional de Relaciones del Trabajo (NLRB), la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC), el Departamento de Justicia (DOJ), el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), u otros intereses de seguridad pública o de seguridad nacional); o
Los intereses del gobierno de Estados Unidos pueden incluir, entre otros, casos identificados como urgentes por otras agencias gubernamentales, incluidas las agencias laborales y de empleo, y los intereses de seguridad pública o seguridad nacional.
En el caso de peticiones de procesamiento expedito hechas por una agencia federal, que involucran otros intereses de seguridad pública o seguridad nacional, la necesidad de interés nacional debe ser inmediata y sustantiva. Si la necesidad de la acción no es inmediata, no se garantiza el procesamiento expedito. Una necesidad sustantiva no significa que una demora plantearía consecuencias existenciales o irreversibles para los intereses nacionales, sino más bien que el caso en cuestión es de una escala o singularidad que requiere una acción inmediata para evitar un daño real y severo a los intereses de Estados Unidos.
Las solicitudes de procesamiento expedito de parte de las agencias gubernamentales (federales, estatales o locales) deben ser hechas por un funcionario de alto nivel de esa agencia. Si la solicitud se relaciona con la autorización de empleo, la solicitud debe demostrar que la necesidad de que una persona esté autorizada para el empleo es de misión crítica y va más allá de una necesidad general de retener a un trabajador o persona en particular. Los ejemplos incluyen, pero no se limitan a, una víctima o testigo no ciudadano que coopera con una agencia federal, estatal o local que necesita autorización de empleo porque la agencia respectiva busca el pago retroactivo o la reincorporación en los procedimientos judiciales.
- Un error obvio de USCIS.
No todas las circunstancias bajo una de las categorías anteriores resultan necesariamente en un procesamiento expedito.
Para más información, vea el Manual de Políticas de USCIS, Volumen 1, Parte A, Servicios Públicos, Capítulo 5, Peticiones para Expeditar Solicitudes o Peticiones.
Por lo general, usted puede solicitar procesamiento expedito comunicándose con el Centro de Contacto de USCIS al 1-800-375-5283 (TTY, para personas sordas, con dificultades auditivas, o con discapacidades del habla: 1-800-767-1833) después de haber obtenido una notificación de recibo. El Centro de Contacto de USCIS no podrá referir la solicitud de procesamiento expedito a la oficina apropiada si no tiene un número de recibo. Cuando usted llame para solicitar el procesamiento expedito, el Centro de Contacto de USCIS creará y enviará una petición de servicio a la oficina que tiene jurisdicción sobre su solicitud o petición.
Después de recibir una petición de servicio, el oficial evaluador puede solicitar documentación adicional para apoyar el procesamiento expedito. Una decisión sobre una petición para procesamiento expedito no es una aprobación o denegación de la petición del beneficio que solicita. La decisión de expeditar el procesamiento simplemente informa al solicitante si USCIS tomará la petición de beneficio fuera del orden de fecha y emitirá una decisión (aprobación o denegación) más rápido que el tiempo de procesamiento normal.
De acuerdo con los criterios anteriores, tenga en cuenta los procedimientos específicos en las siguientes circunstancias:
Adopciones
Vea la página web de USCIS Información de Contacto sobre Adopciones para información sobre cómo solicitar procesamiento expedito para casos de adopciones.
Apelaciones
Las peticiones de procesamiento expedito de apelaciones pueden incluirse con la apelación. Las peticiones de procesamiento expedito incluidas con la apelación serán evaluadas con la oficina que emitió la decisión.
Para apelaciones presentadas con la AAO, cualquier petición de procesamiento expedito hecha después de que se envíe la apelación debe ser enviada por correo o fax directamente a la AAO. Vea las páginas Procesamiento de Peticiones y Contáctenos para más información.
Independientemente de si se presenta la petición con la apelación o después de enviar la apelación, la petición de procesamiento expedito debe incluir:
- Una portada que diga claramente “EXPEDITE REQUEST”; y
- Documentos de evidencia que apoyen la petición de procesamiento expedito de la apelación.
Las peticiones de procesamiento expedito de apelaciones presentadas con la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) deben seguir los procedimientos de procesamiento expedito de la BIA.
Solicitudes de Asilo
Las peticiones para procesamiento expedito de solicitudes de asilo deben enviarse a la oficina que tiene jurisdicción sobre la solicitud de asilo. Vea la página Programación de Entrevistas de Asilo Afirmativo de USCIS para más información.
Peticiones de Beneficios Pendientes Fuera de Estados Unidos
Envíe las peticiones de procesamiento expedito de solicitudes de estatus de refugiado al Centro de Apoyo de Reasentamiento que trabaja el caso en el extranjero. Para más información, vea la página Preguntas y Respuestas: Refugiados.
Envíe las peticiones de procesamiento expedito de solicitudes de permisos humanitarios para beneficiarios que están fuera de Estados Unidos a la División de Asuntos Humanitarios. Para más información vea la página Permisos de Permanencia Temporal por Razones Humanitarias o de Beneficio Público Significativo para Personas que Están Fuera de Estados Unidos.
En cuanto a las demás peticiones de beneficios que están en trámite en oficinas de USCIS localizadas fuera de Estados Unidos, usted puede solicitar el procesamiento expedito enviando una solicitud escrita, junto con cualquier documentación de apoyo, directamente a la oficina de USCIS que tramita la solicitud de beneficio.
Para información de contacto de las oficinas de USCIS que están fuera de Estados Unidos vea la página Oficinas Internacionales de Inmigración de USCIS.
Las peticiones de procesamiento expedito sobre asuntos pendientes con el Departamento de Estado (DOS) deben seguir los procesamientos de trámite expedito.