Temas de Interés Relacionados
Necesita un Número de Seguro Social para su hijo
- Puede encontrar información completa sobre este tema en el sitio web de la Administración del Seguro Social en www.socialsecurity.gov o llamando al 1-800-772-1213.
Su hijo vive en el extranjero con usted
-
Si su hijo vive en el extranjero con usted, y este aún no ha cumplido 18 años de edad, entonces:
- usted puede solicitar en virtud de la Sección 322 de la ley de Inmigración y Nacionalidad, un Certificado de Ciudadanía, junto con la tarifa en cualquiera de las oficinas de USCIS en los Estados Unidos. Bajo esta ley, se les programará una entrevista usted (padre ciudadano estadounidense) y a su hijo en los Estados Unidos. Su hijo adquirirá la ciudadanía estadounidense luego de la entrevista si USCIS aprueba la solicitud.
-
Aviso: Su hijo aún debe tener menos de 18 años de edad cuando se apruebe y adquiera la ciudadanía estadounidense.
- Por favor, vea las instrucciones del Formulario N-600K para información detallada sobre cómo demostrar que su hijo es elegible para la ciudadanía por medio de este formulario.
Se muda al extranjero
- Puede encontrar información relacionada con pasaportes de los Estados Unidos y cuándo estos son requeridos en el sitio web del Departamento de Estado: www.travel.state.gov.
Última Revisión/Actualización: