Información de Adopción: Ghana
El Convenio de La Haya sobre la Protección de los Menores y la Cooperación sobre Adopción Internacional (Convenio de La Haya sobre Adopción) entró en vigor en Ghana el 1 de enero de 2017. Después de revisar la legislación de implementación de Ghana y reunirse con la Autoridad Central en Ghana, el Departamento de Estado de Estados Unidos determinó que Estados Unidos puede asociarse con Ghana como país del Convenio y comenzar a procesar las adopciones de La Haya. Desde el 3 de marzo de 2017, aceptamos:
- Formulario I-800A, Solicitud de Determinación de Idoneidad para Adoptar a un Menor de un País del Convenio de parte de padres adoptivos potenciales que deseen adoptar a un niño que reside habitualmente en Ghana, y
- Formulario I-800, Petición para Clasificar a un Adoptado del Convenio como Familiar Inmediato para un niño que reside habitualmente en Ghana (con la Notificación de Aprobación del Formulario I-800A).
Si comenzó el proceso de adopción internacional antes del 1 de enero de 2017 por medio de un Formulario I-600A o un Formulario I-600, o le ha sido aprobada una adopción final de un menor de Ghana, es posible que pueda aún pueda continuar el proceso no relacionado con La Haya (conocido como el proceso de adopción de huérfanos) para procesar su adopción internacional con USCIS. Nos referimos a los casos en este escenario como casos de transición. Si su caso no es elegible para ser procesado como un caso de transición, deberá utilizar el proceso de La Haya.
Tenga en cuenta que la Autoridad Central de Ghana ha indicado que el Registro de Nacimientos y Defunciones de Accra no puede proporcionar un nuevo certificado de nacimiento de acuerdo con el nuevo nombre de un menor adoptado, a menos que el caso tenga una carta de autorización del Ministerio de Género, Infancia y Protección Social, en la que se indique el consentimiento del Ministerio para una adopción en particular. Aunque los procedimientos de procesamiento de adopción de Estados Unidos actualmente no requieren esta carta para aprobar un Formulario I-600 o emitir una visa de inmigrante, las familias adoptivas y los proveedores de servicios de adopción (ASP) pueden considerar ponerse en contacto con el Ministerio antes de comenzar el proceso de adopción para obtener información actualizada sobre los pasos específicos en el proceso de adopción internacional en Ghana.
Trabajamos estrechamente con el gobierno de Ghana para informarnos acerca de cómo se procesarán los casos que se cambien al proceso de La Haya. Compartiremos información adicional sobre este proceso a medida que esté disponible.
La información en la tabla a continuación explica si su caso puede proceder como un caso de transición bajo el proceso huérfano o si debe seguir el proceso de La Haya.
Estatus de su Presentación con USCIS | ¿Qué proceso debo utilizar? |
---|---|
|
Puede proceder bajo el Proceso de Adopción de Huérfano. Las familias adoptivas y los proveedores de servicios de adopción pueden ponerse en contacto con el Ministerio de Género, Infancia y Social de Ghana para obtener la información actualizada sobre los pasos específicos en el proceso de adopción internacional en Ghana antes de aceptar o proceder con la determinación de compatibilidad con un menor. También puede optar por cambiar su caso al proceso de La Haya. Consulte las instrucciones a continuación en Cambio de un caso de proceso huérfano al proceso de La Haya. |
|
Puede proceder bajo el proceso de adopción de huérfanos. Las familias adoptivas y los proveedores de servicios de adopción pueden ponerse en contacto con el Ministerio de Género, Infancia y Protección Social de Ghana para obtener la información más actualizada sobre los pasos específicos del proceso de adopción internacional en Ghana antes de aceptar o proceder con una determinación de compatibilidad con un menor. También puede optar por cambiar su caso al proceso de La Haya. Consulte las instrucciones a continuación en Cambio de un caso de proceso huérfano al proceso de La Haya. |
|
Usted debe utilizar el proceso de adopción de huérfano, ya que el Convenio de La Haya sobre Adopción aún no estaba en vigor entre Estados Unidos y Ghana en el momento en que completó la adopción. |
pero,
|
Usted debe utilizar el proceso de adopción de huérfano, ya que la Convenio de La Haya sobre Adopción aún no estaba en vigor entre Estados Unidos y Ghana en el momento en que completó la adopción. |
pero,
|
Deberá comenzar el proceso de La Haya para continuar el proceso de adopción internacional. |
o
|
Debe utilizar el proceso de La Haya. |
Si necesita cambiar del proceso de huérfano al proceso de La Haya, primero debe presentar el Formulario I-800A, Solicitud de Determinación de Idoneidad para Adoptar un Menor de un País del Convenio e incluir:
- La tarifa de presentación correspondiente;
- Un estudio del hogar que especifique el país designado de La Haya (como Ghana de donde tiene la intención de adoptar; y
- Toda la documentación adicional requerida en las instrucciones del Formulario I-800-A.
Usted no puede simplemente solicitar una transferencia de su aprobación del Formulario I-600A para iniciar una adopción de La Haya con USCIS. Si opta por una adopción de La Haya, debe presentar un Formulario I-800A, ya que existen requisitos específicos de La Haya que deben evaluarse.
- Cambio en los proveedores de servicios de adopción: Si tiene un caso de transición, puede cambiar los proveedores de servicios de adopción antes de completar el proceso de adopción. Cambiar los proveedores de servicios de adopción no afectará el estatus de transición de su caso para fines de USCIS.
- Extensiones: Continuaremos la otorgación de extensiones por una sola vez de las aprobaciones del Formulario I-600A a los padres adoptivos potenciales que continúen demostrando que son adecuados y elegibles para adoptar.
- Cambiar el número de niños que tiene la intención de adoptar: En general, puede solicitar enmendar una aprobación válida del Formulario I-600A para aumentar el número de menores que le han sido aprobados para adoptar. Sin embargo, debido a que Ghana es ahora un país del Convenio de La Haya sobre Adopción, solo puede adoptar menores de Ghana hasta el número reflejado en la Notificación de Aprobación de un Formulario I-600A presentado antes del 1 de enero de 2017. Por lo tanto, si recibe una Notificación de Aprobación del Formulario I-600A enmendado después del 1 de enero de 2017, que aumente el número de menores que le han sido aprobados para adoptar, los menores adicionales deben ser adoptados de países que no pertenezcan al Convenio.
- Presentación de un segundo Formulario I-600A: No puede presentar un segundo Formulario I-600A para extender la aprobación de su caso a fin de continuar usando el proceso de adopción de huérfano. Sin embargo, aún puede presentar una extensión única de la aprobación original del Formulario I-600A sin cargo, como se explicó anteriormente.
- Presentación de un Formulario I-130 para su hijo adoptado: El Convenio de Adopción de La Haya puede determinar si podemos aprobar una petición del Formulario I-130 que usted haya presentado para un menor adoptado que reside habitualmente en un país del Convenio de La Haya. Consulte nuestro sitio web (PDF, 98.67 KB) para obtener más información.
- Si presentó los Formularios I-600A, I-600, I-800A o I-800 ante el Centro Nacional de Beneficios de USCIS, puede comunicarse directamente con la Unidad de Adopción para obtener más información sobre su caso específico al 877-424-8374, o por correo electrónico a nbc.adoptions@uscis.dhs.gov. Si es sordo, tiene dificultades auditivas o tiene una discapacidad del habla, marque 711 para acceder a los servicios de retransmisión de telecomunicaciones.
- Si presentó los Formularios I-600A o I-600 ante una oficina internacional de USCIS, comuníquese con esa oficina directamente por teléfono o correo. Usted puede encontrar la información de contacto de las oficinas internacionales de USCIS en uscis.gov/international.
Visite https://www.uscis.gov/es/adopciones y adoption.state.gov para obtener la información más actualizada sobre el proceso de adopción internacional en Ghana.