México – Oficina Local de USCIS en Ciudad México
Jurisdicción Geográfica
La Oficina Local de USCIS en Ciudad México tiene jurisdicción sobre los asuntos de inmigración de Estados Unidos en México.
Horario de Atención al Público
Para consultas públicas relacionadas con los servicios que brinda nuestra oficina (consulte la lista de servicios a continuación), comuníquese con nuestra oficina por correo electrónico a Mexico.USCIS@uscis.dhs.gov.
Dirija todas las demás consultas públicas al Centro de Contacto de USCIS. Si está en Estados Unidos o en un territorio de EE. UU., marque 800-375-5283 (para personas sordas, con problemas de audición o con discapacidad del habla: TTY 800-767-1833) para acceder a información automatizada a través de un menú interactivo 24 horas al día, siete días a la semana. Si está fuera de Estados Unidos o en un territorio de EE. UU., puede llamar al Centro de Contacto de USCIS al 212-620-3418. Puede obtener ayuda en vivo de un representante de USCIS de lunes a viernes de 8 a.m. a 8 p.m. hora del Este, excepto los días festivos federales.
Citas
Usted debe programar una cita en línea para visitar la oficina de USCIS en Ciudad México. La Oficina de USCIS en Ciudad México no acepta visitas sin cita.
Información sobre Pago de Tarifas
Para todas las solicitudes y peticiones que presente a esta oficina, debe pagar las tarifas en el cajero de la sección Consular de la Embajada Estadounidense con Visa o MasterCard, o en efectivo con dólares estadounidenses o pesos mexicanos. No aceptamos cheques personales ni giros postales.
Servicios de la Oficina
Haga clic en las pestañas de abajo para obtener información adicional sobre cada servicio que proporciona esta oficina. Haga clic en el nombre del formulario dentro de cada pestaña, para una explicación completa de las tarifas, formularios requeridos, y documentación asociada que podríamos aceptar directamente en esta oficina. Para saber si hay instrucciones especiales para presentar en esta oficina, por favor vea la información bajo “Presentación y Otras Instrucciones Especiales” dentro de cada pestaña.
Formulario I-730, Petición de Familiar Refugiado/Asilado
Propósito:
Las personas admitidas en Estados Unidos como refugiado o que se les otorgue el estatus de asilado en Estados Unidos dentro de los últimos dos años pueden presentar un Formulario I-730, Petición de Familiar Refugiado / Asilado, para familiares que cualifiquen.
Presentación de Solicitudes y Otras Instrucciones Especiales:
Los refugiados o asilados presentan esta solicitud en los Estados Unidos por sus familiares que cualifiquen en el exterior. Por favor, consulte la página del Formulario I-730 para las instrucciones de presentación. Si el beneficiario del Formulario I-730 presentado en un centro de servicio de USCIS reside en México, la petición será transferida a nuestra oficina antes de ser aprobada. Nos pondremos en contacto con usted, el familiar que hizo la petición y cualquier representante legal en el caso para iniciar el proceso y obtener documentos e información adicional una vez que hayamos recibido el Formulario I-730 del centro de servicio de USCIS apropiado.
Por favor tenga en cuenta: Es importante notificar a esta oficina si la información de contacto del beneficiario indiciada en el Formulario I-730 ha cambiado. Debe informarnos de cualquier cambio en presentar su cambio por correo electrónico a esta oficina.
Propósito:
Para recoger un permiso de reingreso que fue aprobado por medio de la presentación del Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, lo que permite a residentes permanentes legales regresar a los Estados Unidos después de viajar al extranjero en determinadas circunstancias (PDF, 667.32 KB).
Presentación de Solicitudes y Otras Instrucciones Especiales:
Esta oficina no adjudica permisos de reingreso. Esta oficina solo brinda servicio si solicitó un permiso de reingreso mediante la presentación del Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, en Estados Unidos y solicitó a USCIS que envíe su permiso de reingreso a la Embajada de Estados Unidos o la Oficina de USCIS en Ciudad México.
Si se nos proporciona su información de contacto, la Oficina de USCIS en Ciudad de México se comunicará con el solicitante cuando el Formulario I-131 haya sido aprobado por una oficina en Estados Unidos y el permiso de reingreso esté listo para ser recogido.. Si usted cree que el permiso ha sido enviado a la Oficina de USCIS en USCIS Ciudad Juárez y usted no ha recibido ninguna comunicación por parte de nosotros, envíenos una consulta.
Las instrucciones sobre cómo obtener o reemplazar un permiso de reingreso están en Cómo Obtengo un Permiso de Reingreso (PDF, 667.32 KB) (enlace en inglés).
Propósito:
La recopilación de datos biométricos permite apoyar ciertas solicitudes y peticiones que están en trámite con una oficina internacional y en algunos casos una oficina de USCIS en los Estados Unidos.
Quién Puede Presentar una Solicitud o Solicitar un Servicio:
Por lo general, personas que residen en México pueden solicitar la toma de datos biométricos (huellas dactilares, fotografías o su firma) asociados con los formularios siguientes después que USCIS haya solicitado datos biométricos para la adjudicación de dicho tipo de formulario:
- Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero;
- Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje (Documento de Viaje de Refugiado (RTD)) - si el solicitante salió de Estados Unidos sin un RTD y recibió un permiso de USCIS para presentar el Formulario I-131 con esta oficina. De lo contrario, está a discreción del director de la oficina local como se indica en la sección Para Otros Formularios No Listados Arriba. No se requiere tener la residencia;
- Formulario I-360, Petición para Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial;
- Formulario I-600, Petición para Clasificar a un Huérfano como Familiar Inmediato - no siempre se requiere la residencia;
- Formulario I-600A, Solicitud de Tramite Acelerado de Petición para Huérfano - no siempre se requiere la residencia;
- Formulario I-730, Petición de Familiar Refugiado/Asilado;
- Formulario I-800A, Solicitud de Determinación de Idoneidad para Adoptar un Niño de un País de la Convención de La Haya — no siempre se requiere la residencia;
- Formulario I-914, Solicitud para Estatus T de No Inmigrante
- Formulario I-918, Petición de Estatus U de No Inmigrante
- Formulario N-400, Solicitud de Naturalización - Para militares en servicio activo estacionados en el extranjero y sus dependientes, y para ciertos solicitantes que son elegibles para la naturalización bajo la sección 319(b) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA).
Para Todos los Formularios que No Están Listados Arriba:
Por lo general, la toma de datos biométricos se programa en un Centro de Asistencia en Solicitudes (ASC) en Estados Unidos a base de la dirección indicada en el expediente del solicitante.
En raras circunstancias, el director de la oficina local puede usar su discreción para tomar datos biométricos que al principio estaban programados para llevarse a cabo en Estados Unidos. Al tomar la decisión sobre si llevar a cabo la toma de datos biométricos en una oficina internacional, el director de la oficina local tomará en cuenta las limitaciones de recursos, y también considerará la evidencia de apoyo apropiada que presenta el solicitante además de los factores siguientes;
- Una notificación de cita que muestre que la toma de datos biométricos estaba programada en una oficina nacional de USCIS;
- Evidencia de circunstancias atenuantes que requieren que la persona salga de Estados Unidos antes de tomársele los datos biométricos como se indica en la notificación de cita. Por ejemplo, las circunstancias pueden incluir pero no limitarse a la necesidad de atender a un miembro familiar que esté gravemente enfermo, una transferencia de empleo inmediata no prevista, u otra situación urgente; y
- Evidencia de que el solicitante solicitó que se adelantara su cita o reprogramó su cita en un ASC antes de salir de Estados Unidos, y si no, una explicación sobre las razones que tiene para no solicitar que se le adelante o reprograme su cita.
- Para aquellas personas que residen en el extranjero: Evidencia de circunstancias atenuantes o dificultades que pudieron haber impedido que el solicitante o peticionario viajara a Estados Unidos para asistir a una cita con el ASC. Por lo general, el costo de viajar a Estados Unidos, en sí, no es considerado como una dificultad.
Debido a la cantidad limitada de empleados que brindan servicio en nuestras oficinas internacionales, puede que haya demoras en la disponibilidad de citas para la toma de datos biométricas.
Puede comunicarse con la oficina de USCIS en Ciudad de México para determinar si usted es elegible para que se le tomen sus huellas dactilares en esta oficina o para obtener información adicional.
*Nota: Los servicios biométricos indicados arriba aplican si reside en un país que tiene una oficina de USCIS.
Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causales de Inadmisibilidad
Propósito:
Para aquellos a quienes se les haya aprobado inmigrar a los Estados Unidos, pero no son elegibles a entrar debido a que le aplica una o más causales de inadmisibilidad, pero a quienes podría aplicar una exención.
Presentación de Solicitudes y Otras Instrucciones Especiales:
A menos que se indique lo contrario más adelante, el Formulario I-601 debe ser presentado por correo en una Localidad Segura (Lockbox) de USCIS en los Estados Unidos. Debe presentar una petición por escrito para solicitar procesamiento acelerado cuando presenta con la Localidad Segura si cree que hay circunstancias extraordinarias que requieran una tramitación expedita. Puede encontrar instrucciones adicionales sobre cómo solicitar procesamiento acelerado a nivel nacional en en la página web Cómo Hacer una Petición para Procesamiento Expedito de una Solicitud.
Para presentar su solicitud con la Oficina Local de USCIS en Ciudad México
Debe solicitar una excepción a la presentación en una localidad segura (lockbox) por correo electrónico.
Podemos otorgar la excepción de la presentación a una Localidad Segura y se permitirá la presentación del Formularios I-601, solo si:
- El solicitante reside en México;
- Hay circunstancias humanitarias excepcionales y apremiantes que requieren la presentación y adjudicación inmediata; y
- El procesamiento acelerado sería insuficiente para atender la urgencia de las circunstancias.
Para información sobre excepciones a presentación en Localidades Seguras y permiso para presentar un Formulario I-601 en una oficina internacional, incluyendo ejemplos de posibles circunstancias de cualificación, por favor vea el memorándum de políticas (PDF, 78.82 KB)de USCIS sobre excepciones para presentación internacional.
Propósito:
Para obtener el consentimiento para volver a solicitar la admisión a los Estados Unidos después de haber sido deportado o removido o porque usted regresó ilegalmente a los Estados Unidos sin permiso de admisión después de una remoción previa o después de acumular presencia ilegal anterior.
Presentación de Solicitudes y Otras Instrucciones Especiales:
Presente con la Oficina de USCIS en los Estados Unidos indicada en las instrucciones del Formulario I-212.
Si necesita presentar tanto el Formulario I-212 como el Formulario I-601, preséntelos juntos en la dirección de la Localidad Segura que se especifica en las instrucciones del Formulario I-601.
Si la Oficina de USCIS en Ciudad México decide que existen circunstancias humanitarias excepcionales y apremiantes que permiten que usted presente el Formulario I-601 con la Oficina de USCIS en Ciudad de México, también puede presentar el Formulario I-212 junto con el Formulario I-601.
Si presenta el Formulario I-601 junto con el Formulario I-212, asegúrese de llevar la tarifa de presentación correcta para cada formulario individual.
Consulte la información a continuación para solicitar otros beneficios de inmigración que esta oficina no proporciona.
Servicio / Formulario | Instrucciones de Presentación |
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Independientemente de dónde resida, presente su petición por correo en la oficina nacional de USCIS correspondiente o en línea en el sitio web de USCIS. Puede encontrar información adicional sobre cómo presentar el formulario en la página web del Formulario I-130. Si usted es un ciudadano estadounidense que reside fuera de Estados Unidos y presenta una solicitud para su familiar inmediato (cónyuge, hijo soltero menor de 21 años o padre (si tiene 21 años o más)), puede solicitar presentar su petición ante el Departamento de Estado en una embajada o consulado de EE. UU. en ciertas circunstancias limitadas, como se describe en el Manual de Políticas de USCIS, Volumen 6, Parte B, Capítulo 3. Comuníquese con la embajada o consulado de EE. UU. que tenga jurisdicción sobre el área donde vive para más información. Militar en Servicio Activo: Si usted es un miembro del servicio militar y es ciudadano estadounidense en servicio activo estacionado permanentemente en una base militar en el extranjero, puede presentar esta petición directamente ante el Departamento de Estado en una embajada o consulado de EE. UU. sin necesidad de establecer circunstancias excepcionales. Para solicitar presentar el Formulario I-130 ante la sección consular de la Embajada de los Estados Unidos en Ciudad Juárez, visite el sitio web de la embajada. |
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Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje (Documento de Viaje de Refugiado) |
Debe presentar el Formulario I-131 para solicitar un documento de viaje de refugiado y presentarse a cualquier cita de servicios biométricos requerida antes de salir de Estados Unidos. Si actualmente está fuera de Estados Unidos, puede presentar un Formulario I-131 y solicitar un documento de viaje de refugiado si ha estado fuera de Estados Unidos por menos de 1 año en el momento de la presentación del formulario. Consulte la página web del Formulario I-131 de USCIS para obtener las instrucciones de presentación. |
Formulario I-131A, Solicitud de Documento de Viaje (Documento para Transporte) |
Si usted es un residente permanente legal que perdió su tarjeta de residente permanente y / o permiso de reingreso y necesita documentación de viaje para regresar a EE. UU., puede presentar su Formulario I-131A en cualquier sección consular de la embajada de EE. UU. Para programar una cita para presentar el Formulario I-131A de documentación de viaje en la Embajada de Estados Unidos en Ciudad de México, visite el sitio web de la embajada. |
Formulario I-360, Petición para Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial (solo para peticiones de viudo (a)) |
Si reside fuera de Estados Unidos, es posible que pueda presentar el Formulario I-360 (solo peticiones de viudo (a)) ante el Departamento de Estado en la embajada o consulado de Estados Unidos que tiene jurisdicción sobre el área donde vive. Comuníquese con ellos para obtener más información. Consulte la página web del Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo (a) o Inmigrante Especial para obtener las instrucciones de presentación más actualizadas. |
Formulario I-407, Registro de Abandono de Estatus de Residente Permanente Legal |
Envíe su Formulario I-407 al Centro de Formularios del Este de USCIS. Puede encontrar información adicional sobre la presentación en la página web del Formulario I-407. Si tiene preguntas sobre el estado del Formulario I-407 que ha presentado en el Centro de Formularios del Este de USCIS, comuníquese con el Centro de Contacto de USCIS. |
Formulario I-590, Registro de Clasificación como Refugiado |
Si tiene preguntas sobre la elegibilidad para un referido para el reasentamiento de refugiados a través del Programa de Admisión de Refugiados de EE. UU. (USRAP), comuníquese con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) a través de la información en el sitio web del ACNUR o el Centro de Apoyo al Reasentamiento (RSC) correspondiente. Para obtener información general de USRAP y criterios de procesamiento, consulte la información de USCIS o el sitio web del Departamento de Estado sobre admisiones de refugiados. Visite este sitio web para obtener una lista de RSC. |
Si es miembro del servicio militar de los EE. UU. Estacionado en el extranjero, consulte la página web del Formulario N-400 o llame al 800-375-5283 para obtener las instrucciones de presentación más actualizadas. |
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Formulario N-600K, Solicitud de ciudadanía y emisión del certificado bajo la Sección 322 (Ciudadanía de los niños) |
Los niños que residen habitualmente en un país extranjero pueden utilizar este formulario para reclamar la ciudadanía estadounidense en base a sus padres. Consulte la página web del Formulario N-600K o llame al 800-375-5283 para obtener las instrucciones de presentación más actualizadas. |
Solicitud de revisión de una denegación de la condición de refugiado |
Si ha solicitado y se le ha negado el estatus de refugiado a través del Programa de Admisión de Refugiados de EE. UU., Puede enviar una solicitud de revisión al RSC que preparó su caso de refugiado dentro de los 90 días posteriores a la fecha de la denegación de su solicitud de estatus de refugiado. |
Para obtener información sobre otros beneficios de inmigración, por favor vaya a uscis.gov/es. Los siguientes enlaces proporcionan información adicional acerca de algunos servicios sobre los cuales recibimos preguntas comúnmente:
- Obtener una copia certificada de un Certificado de Naturalización.
- Solicitar copias de documentos de su expediente de extranjero (A-File) a través de la Ley de Libertad de Información y Privacidad. (FOIA).
- Nuestro Centro de Contacto de USCIS tiene información adicional disponible en su página web (debe residir en los Estados Unidos o sus territorios para obtener asistencia en directo).
- La Guía de Referencia del Centro de Contacto de USCIS está disponible para cualquier persona en cualquier lugar del mundo. La guía proporciona información adicional sobre los servicios que proporciona USCIS.
Visas
Para obtener información detallada acerca de visas, por favor consulte la sección Servicios de Visa del sitio web del Departamento de Estado. También puede visitar el sitio web de Visa de México.