I-129CWR, Informe Semestral para Empleadores CW-1
Un empleador que tiene un Formulario I-129CW, Petición de Trabajador Transicional (CW-1) Solo de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI), aprobado, utiliza el Formulario I-129CWR para confirmar la continuidad de empleo y pago de cada trabajador bajo los términos y condiciones de la petición aprobada.
Durante la validez de la petición, los empleadores tienen que presentar este informe con USCIS cada seis meses después de la fecha de comienzo de validez de la petición. USCIS puede revocar la aprobación de la petición del empleador o denegar sus peticiones futuras si no cumple con este requisito de presentar el informe.
Detalles del Formulario
Las fechas están en formato mm/dd/aa (mes, día, año).
Si usted completa e imprime este formulario para enviarlo por correo postal, asegúrese de que la fecha de edición del formulario y los números de las páginas están visibles en la parte inferior de todas las páginas y que todas las páginas completadas sean de la misma edición del formulario. Si falta alguna de las páginas del formulario o las páginas son de ediciones diferentes, podríamos rechazar su solicitud.
Si necesita ayuda para descargar e imprimir los formularios, lea nuestras instrucciones.
Para FedEx, UPS, DHL y el Servicio Postal de Estados Unidos (USPS):
USCIS Western Forms Center
Attn: Form I-129CWR
10 Application Way
Montclair, CA 91763-1350
No olvide firmar sus formularios. Rechazaremos todo formulario que no esté firmado.
Consejos de Presentación: Consulte la página Consejos para la Presentación de Formularios por Correo Postal para obtener información acerca de cómo asegurarse que aceptemos su solicitud.
¡No olvide firmar su formulario. Rechazaremos y devolveremos cualquier formulario que no esté firmado.
Si usted es un empleador cuya petición ha sido aprobada para una fecha de comienzo en el empleo en o después del 1 de octubre de 2019, debe presentar un Formulario I-129CWR por cada petición I-129CW aprobada, de acuerdo con los plazos indicados en la tabla a continuación.
Debe presentar este formulario no más temprano de 30 días antes ni más tarde de 30 días después de los plazos indicados. Si no presenta el Formulario I-129CWR de manera oportuna, puede que revoquemos su petición aprobada.
Si su petición CW-1 aprobada tiene un periodo de validez de: | Entonces, debe presentar el Formulario I-129CWR: |
---|---|
Menos de seis meses | No se le requiere presentar el Formulario I-129CWR. |
Seis meses o menos, hasta 12 meses | Seis meses después de la fecha de comienzo de la validez de la petición. |
Más de 12 meses, hasta 36 meses | Cada seis meses después de la fecha de comienzo de la validez de la petición, incluidos los seis meses previos a la fecha de caducidad de la validez de la petición. |