Residencia Permanente para Inversionistas Inmigrantes
Las leyes de inmigración de Estados Unidos permiten a algunos extranjeros que son inmigrantes basados en un empleo convertirse en residentes permanentes legales (obtener una Tarjeta Verde). Una categoría de “inmigrante preferencial” basado en el empleo (categoría EB) incluye a los extranjeros que han invertido o están en el proceso activo de invertir $1 millón (o $500,000 en áreas de empleo identificadas) en una nueva empresa comercial que beneficiará la economía estadounidense y creará al menos 10 puestos de empleo a tiempo completo para empleados cualificados. Estos extranjeros también son llamados “inversionistas inmigrantes EB-5” ya que están en la categoría de visa de quinta preferencia basada en el empleo.
Esta página tiene información específica para extranjeros que están en Estados Unidos y desean solicitar el estatus de residente permanente en calidad de inversionistas inmigrantes EB-5 mientras están en Estados Unidos. Esto es llamado “ajuste de estatus”.
Antes de presentar la solicitud, usted debe leer Instrucciones del Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.
Si actualmente está fuera de Estados Unidos, vea la página Procesamiento Consular, para información sobre cómo solicitar una Tarjeta Verde en calidad de inversionista inmigrante EB-5.
Si actualmente usted está en Estados Unidos, debe cumplir con los siguientes requisitos para ser elegible a obtener una Tarjeta Verde como inversionista inmigrante EB-5:
- Presentó correctamente el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus;
- Fue inspeccionado y admitido o fue inspeccionado y se le otorgó permiso condicional para ingresar a Estados Unidos;
- Está físicamente presente en Estados Unidos en el momento en que presenta el Formulario I-485;
- Es elegible para recibir una visa de inmigrante basada en la aprobación de un Formulario I-526, Petición de Inmigrante por Inversionista Extranjero;
- Una visa de inmigrante está disponible de inmediato para usted en el momento que presenta el Formulario I-485 y en el momento que USCIS toma una decisión final sobre su solicitud. (Para información acerca de la disponibilidad de una visa, vea Disponibilidad de Visas y Fechas de Prioridad, Tablas del Boletín de Visas sobre Presentación de Ajuste de Estatus, y la página web del Boletín de Visas del Departamento de Estado).
- Ninguno de los vetos de ajuste de estatus aplican a su caso;
- Usted es admisible a Estados Unidos para obtener la residencia permanente legal o es elegible a una exención de inadmisibilidad u otra forma de alivio migratorio; y
- Usted merece un ejercicio discrecional favorable de parte de USCIS.
Ha sido “inspeccionado y admitido” o “inspeccionado y se le otorgó permiso de ingreso”
Por lo general, para ser elegible al ajuste de estatus, debe estar presente en Estados Unidos después de haber sido “inspeccionado y admitido” o “inspeccionado y se le otorgó permiso de ingreso” por un oficial de inmigración. Hay algunas excepciones para este requisito de elegibilidad. Para más información acerca de este requisito, vea el Manual de Políticas de USCIS, Volumen 7, Parte B, Capítulo 2, Sección A, “Inspeccionado y Admitido” o “Inspeccionado y se le otorgó permiso de ingreso” (en inglés).
- Presentar apropiadamente su Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus:
- Fue ‘inspeccionado y admitido’ o ‘inspeccionado y se le otorgó permiso de ingreso’ a Estados Unidos;
- Está físicamente presente en el momento en que presenta su Formulario I-485
- Es elegible para recibir una visa de inmigrante;
- Una visa de inmigrante está disponible de inmediato para usted en el momento que presenta el Formulario I-485 y en el momento que USCIS toma una decisión final sobre su solicitud. (Para información acerca de la disponibilidad de una visa, vea Disponibilidad de Visas y Fechas de Prioridad, Tablas del Boletín de Visas sobre Presentación de Ajuste de Estatus, y la página web del Boletín de Visas del Departamento de Estado).
- Es elegible para recibir una visa de inmigrante;
- La relación con el familiar que presentó el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, aún existe;
- Ninguno de los vetos de ajuste de estatus aplican a su caso;
- Usted es admisible a Estados Unidos para obtener la residencia permanente legal o es elegible a una exención de inadmisibilidad u otra forma de alivio migratorio; y
- Usted merece un ejercicio discrecional favorable de parte de USCIS.
Ha sido “inspeccionado y admitido” o “inspeccionado y se le otorgó permiso de ingreso”
Por lo general, para ser elegible al ajuste de estatus, debe estar presente en Estados Unidos después de haber sido “inspeccionado y admitido” o “inspeccionado y se le otorgó permiso de ingreso” por un oficial de inmigración. Hay algunas excepciones para este requisito de elegibilidad.Para más información acerca de este requisito, vea el Manual de Políticas de USCIS, Volumen 7, Parte B, Capítulo 2, Sección A, “Inspeccionado y Admitido” o “Inspeccionado y se le otorgó permiso de ingreso” (en inglés)
Dependiendo de la manera en que entró en Estados Unidos o si usted cometió un acto particular o una violación de la ley de inmigración, puede prohibírsele ajustar su estatus. Usted es inelegible para solicitar un ajuste de estatus si le aplica en su caso uno o más vetos de ajuste de estatus listados abajo sección 245 (c) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). Para más información, por favor vea el Manual Políticas de USCIS, Volumen 7, Ajuste de Estatus, Parte B, 245(a), Ajustes.
Presentar una solicitud bajo INA 245(i)
Usted podría ajustar su estatus bajo INA 245(i), aún si está sujeto a uno o más vetos de ajuste de estatus y por consiguiente ser inelegible al ajuste de estatus bajo INA 245(a). Para más información, vea las instrucciones del Suplemento A del Formulario I-485, Ajuste de Estatus bajo la Sección 245 (i).
Para cualificar para una Tarjeta Verde, usted debe ser admisible a Estados Unidos. Las razones por las que usted puede ser inadmisible están indicadas bajo la sección 212 (a) y son llamadas “causales de inadmisibilidad”.
En general, USCIS solo puede aprobar su solicitud de Tarjeta Verde si a usted no le aplica ninguna causal de inadmisibilidad.
Si usted es inadmisible, la ley le puede permitir solicitar una exención de admisibilidad u otra forma de alivio para su situación. Vea el Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad y Formulario I-212, Solicitud de Permiso para Volver a Solicitar Readmisión a los Estados Unidos Después de Haber sido Deportado o Removido. Si se le otorga una exención u otra forma de alivio, USCIS puede aprobar su solicitud para una Tarjeta Verde, si es elegible de otra manera.
Si una exención u otra forma de alivio están disponibles depende de las causales de inadmisibilidad específicas aplicables a usted y la categoría bajo la cual está solicitando el ajuste. Los requisitos de elegibilidad para las exenciones y otras formas de alivio varían. Para información acerca de las causales de inadmisibilidad y exenciones, por favor vea el Manual de Políticas de USCIS, Volumen 8, Admisibilidad y Volumen 9, Exenciones.
Si actualmente usted está en Estados Unidos y hay una visa de inmigrante inmediatamente disponible para usted, podría ser eligible para presentar el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente y Ajustar Estatus para solicitar la Tarjeta de Residente Permanente sin salir del país. Revise la sección de Elegibilidad para Ajuste de Estatus en esta página para determinar si usted es eligible para ajustar estatus en Estados Unidos.
Si una visa de inmigrante está disponible inmediatamente para usted, puede presentar el Formulario I-485 con su Formulario I-526, mientras su Formulario I-526 está pendiente o luego que su Formulario I-526 sea aprobado. Vea la página Direcciones de Presentación Directa para el Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus, para más información sobre dónde enviar su solicitud.
Para asegurarse que una vista de inmigrante está inmediatamente disponible para usted cuando presente su Formulario I-485, vea las páginas Disponibilidad de Visas y Fechas de Prioridad y Tablas del Boletín de Visas sobre Presentación de Ajuste de Estatus en nuestro sitio web, así como Boletín de Visas del Departamento de Estado.
Si usted es el inversionista inmigrante EB-5 del Formulario I-526, usted es el solicitante principal. Como solicitante principal, usted debe presentar la documentación y evidencia siguiente para solicitar una Tarjeta Verde en calidad de inversionista inmigrante que ya está en Estados Unidos:
- Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus;
- Una copia del Formulario I -797, Notificación de Recibo o Aprobación de su Formulario I-526;
- Dos fotos tamaño pasaporte;
- Copia de una identificación con foto emitida por el gobierno;
- Copia de su certificado de nacimiento;
- Copia de la página del pasaporte con la visa de no inmigrante (si le aplica);
- Copia de la página del pasaporte con el sello de admisión o permiso de ingreso (emitido por un oficial de inmigración del gobierno de EE.UU.) (si le aplica);
- Copia del of Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida, o una copia de sello de admisión o permiso de ingreso en el documento de viaje colocado por el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) (si le aplica);
- Nota: Si CBP le emitió una copia electrónica del Formulario I-94 a su llegada o admisión a Estados Unidos, puede imprimir una copia de la versión impresa del Formulario I-94 de la página web de CBP en www.cbp.gov/I94
- Prueba de que ha mantenido continuamente un estatus legal desde que llegó a Estados Unidos;
- Formulario I-693, Informe Médico y Registro de Vacunas (usted puede presentar este formulario junto con el Formulario I-485 o posteriormente, como por ejemplo, puede enviarlo por correo postal cuando se lo solicitemos o entregarlo personalmente durante su entrevista, si tiene alguna);
- Registros certificados de la policía y de la corte de todos los cargos criminales, aprehensiones o convicciones, sin importar de la disposición final (si corresponde);
- Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad (si le aplica);
- Formulario I-212, Solicitud de Permiso para Volver a Solicitar Ingreso a los Estados Unidos Después de Haber sido Deportado o Removido (si le aplica);
- Documentación de estatus de no inmigrante J-1 o J-2, actual o pasado, (si le aplica), incluida la evidencia de cumplimento o exención del requisito de dos años residencia extranjera bajo INA 212(e) (para más información, vea el Formulario I-612, Solicitud de Exención del Requisito de Residencia en el Extranjero);
- Si actualmente posee estatus de no inmigrante A, G, o E, incluya el Formulario I-508, Petición de Renuncia a Ciertos Derechos, Privilegios, Exenciones e Inmunidades;
- Formulario I-566, Registro Interinstitucional de Solicitudes - Autorización de Empleo para Dependientes de A, G u OTAN o Cambio de Estatus a/desde Estatus de No Inmigrante A, G u OTAN (solo si usted tiene el estatus de no inmigrante A,G, u OTAN) y
- Formulario I-485 Suplemento A, Suplemento A del Formulario I-485, Ajuste de Estatus bajo la Sección 245(i) (si le aplica).
Aviso: Algunos formularios, entre ellos el Formulario I-485, tienen tarifas de presentación. Debe presentar la tarifa de presentación correcta para cada formulario, a menos que esté exenta o sea elegible para una exención de tarifa. Por favor vea las páginas de USCIS acerca de Tarifas de Presentación y Nuestras Tarifas para más información.
Para más información acerca de cómo solicitar el ajuste de estatus, vea las Instrucciones del Formulario I-485 (en inglés). También, por favor visite nuestra página de Consejos para la Presentación de Formularios con USCIS.
Si usted es el cónyuge o el/la hijo/a soltero/a menor de 21 años de edad de un solicitante inversionista inmigrante EB-5 principal, puede solicitar una Tarjeta Verde en calidad de solicitante derivado. Para más información acerca de los derivados y la elegibilidad para el ajuste del estatus, por favor visite el Manual de Políticas de USCIS, Volumen 7, Parte A, Capítulo 6, Sección C, Subsección 6- Derivados (en inglés).
Para ser elegible a obtener una Tarjeta Verde en calidad de solicitante derivado basado en una categoría de familia, debe cumplir con los requisitos siguientes:
- Presentó correctamente su Formulario I-485:
- Junto con el Formulario I-485 del solicitante principal (y el Formulario I-485 del solicitante principal es finalmente aprobado)
- Mientras el Formulario I-485 del solicitante principal está en trámite con USCIS (y el Formulario I-485 del solicitante principal es finalmente aprobado)
- Después de que USCIS aprobó el Formulario I-485 del solicitante principal, siempre que:
- El solicitante principal sigue siendo un residente permanente legal, y
- Usted era el cónyuge o hijo/a del solicitante principal en el momento en que USCIS aprobó el Formulario I-485 del solicitante principal o
- Después de que el solicitante principal obtuvo una visa de inmigrante y fue admitido en Estados Unidos como residente permanente legal, siempre que:
- El solicitante principal sigue siendo un residente permanente legal, y
- Usted era cónyuge o hijo/a del solicitante principal en el momento que el solicitante principal fue admitido en Estados Unidos.
- Actualmente es el cónyuge o hijo/a del solicitante principal;
- Fue inspeccionado y admitido o fue inspeccionado y se le otorgó permiso condicional para ingresar a los Estados Unidos;
- Usted está físicamente presente en Estados Unidos en el momento en que presenta su Formulario I-485;
- Una visa de inmigrante está disponible de inmediato para usted al momento que presenta su Formulario I-485 y cuando USCIS tome una decisión final sobre su solicitud. (Para información acerca de la disponibilidad de una visa, vea Disponibilidad de Visas y Fechas de Prioridad, Tablas del Boletín de Visas sobre Presentación de Ajuste de Estatus, y la página web del Boletín de Visas del Departamento de Estado);
- Ninguno de los vetos de ajuste aplica en su caso;
- Es admisible a Estados Unidos para obtener la residencia permanente legal o es elegible para una exención de inadmisibilidad u otra forma de alivio; y
- Usted merece el ejercicio discrecional favorable de USCIS.
Si usted es un solicitante derivado (cónyuge o hijo/a), debe presentar la evidencia siguiente para solicitar ajustar su estatus bajo la categoría de inversionista inmigrante:
- Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus;
- Copia de documentos que muestran su relación con el solicitante principal, como por ejemplo un certificado de matrimonio, un certificado de nacimiento o un decreto de adopción;
- Copia del Formulario I-797, Notificación de Aprobación o Recibo, del Formulario I-526 del solicitante principal;
- Copia del Formulario I-797, Notificación de Aprobación o Aprobación relacionado con el Formulario I-140 del solicitante principal o una copia de la Tarjeta Verde del solicitante principal (si no presenta su solicitud junto con el Formulario I-485 del solicitante principal);
- Dos fotos tipo pasaporte;
- Copia de su identificación con foto emitida por el gobierno;
- Copia de su certificado de nacimiento;
- Copia de la página del pasaporte con la visa de no inmigrante (si le aplica);
- Copia de la página del pasaporte con sello de admisión (ingreso) o permiso de ingreso (emitido por un oficial de inmigración estadounidense) (si le aplica);
- Copia del Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida, o una copia del sello de admisión o de permiso de ingreso del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) que tiene su documento de viaje (si le aplica);
- Aviso: Si CBP le emitió una copia electrónica del Formulario I-94 al llegar/ser admitido en Estados Unidos, puede imprimir una copia del Formulario I-94 desde la página web de CBP en www.cbp.gov/I94.
- Formulario I-693, Informe Médico y Registro de Vacunas (usted puede presentar este formulario junto con el Formulario I-485 o posteriormente, como por ejemplo, puede enviarlo por correo postal cuando se lo solicitemos o entregarlo personalmente durante su entrevista, si tiene alguna);
- Registros certificados de la policía y de la corte de todos los cargos criminales, aprehensiones o convicciones, sin importar de la disposición final (si corresponde);
- Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad (si le aplica);
- Formulario I-212, Solicitud de Permiso para Volver a Solicitar Ingreso a los Estados Unidos Después de Haber sido Deportado o Removido (si le aplica);
- Documentación de estatus de no inmigrante J-1 o J-2, actual o pasado, (si le aplica), incluida la evidencia de cumplimento o exención del requisito de dos años residencia extranjera bajo INA 212(e) (para más información, vea el Formulario I-612, Solicitud de Exención del Requisito de Residencia en el Extranjero);
- Si actualmente posee estatus de no inmigrante A, G, o E, incluya el Formulario I-508, Petición de Renuncia a Ciertos Derechos, Privilegios, Exenciones e Inmunidades;
- Formulario I-566, Registro Interinstitucional de Solicitudes - Autorización de Empleo para Dependientes de A, G u OTAN o Cambio de Estatus a/desde Estatus de No Inmigrante A, G u OTAN (solo si usted tiene el estatus de no inmigrante A,G, u OTAN) y
- Formulario I-485 Suplemento A, Suplemento A del Formulario I-485, Ajuste de Estatus bajo la Sección 245(i) (si le aplica).
Aviso: Algunos formularios, entre ellos el Formulario I-485, tienen tarifas de presentación. Debe presentar la tarifa de presentación correcta para cada formulario, a menos que esté exenta o sea elegible para una exención de tarifa. Por favor vea las páginas de USCIS acerca de Tarifas de Presentación y Nuestras Tarifas para más información.
Por lo general, cuando usted tiene un Formulario I-485 en trámite puede solicitar el documento de autorización de empleo por medio del Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo.
También puede solicitar el Documento de Permiso Adelantado de Viaje por medio del Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje. Un documento de permiso adelantado le permite comparecer a un puerto de entrada para solicitar el permiso de ingreso (“parole”) a Estados Unidos después de un viaje temporal en el extranjero. Si necesita salir de Estados Unidos temporalmente mientras su Formulario I-485 está en trámite, por favor vea las instrucciones para Solicitar un Documento de Viaje para más información. Por lo general, si usted tiene un Formulario I-485 en trámite y sale de los Estados Unidos sin un documento de permiso adelantado, se considerará como que ha abandonado su solicitud.
Para más información, vea nuestras páginas de Autorización de Empleo y Documentos de Viaje.
Para más información, vea los siguientes enlaces (algunos enlaces están en inglés):
- INA 203(b)(5) – Colocación Preferencial de Inmigrantes con Visa Basada en el Empleo
- INA 212(a) – Categorías de Inmigrantes Inelegibles para Visas o Admisión
- INA 245 – Ajuste de Estatus de No Inmigrante para una Persona Admitida para obtener la Residencia Permanente
- 8 CFR 245 – Ajuste de Estatus al Estatus de Residente Permanente
- Manual de Políticas de USCIS, Volumen 7, Parte A, Políticas y Procedimientos para Ajuste de Estatus
- Manual de Políticas de USCIS, Volumen 7, Parte B 245(a) Ajuste
- Manual de Políticas de USCIS Volumen 8, Admisibilidad
- Manual de Políticas de USCIS Volumen 9, Exenciones