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  4. Solicitud de Permiso de Permanencia Temporal para Empresario

I-941, Solicitud de Permiso de Permanencia Temporal para Empresario

Alerta: Por regulación, los montos de inversión e ingresos se ajustarán automáticamente cada tres años por el Índice de Precios al Consumidor para Todos los Consumidores Urbanos (CPI-U) y se publicarán en el sitio web de USCIS. 

Por regulación, los montos de inversión e ingresos se ajustarán automáticamente cada tres años por el Índice de Precios al Consumidor para Todos los Consumidores Urbanos (CPI-U) y se publicarán en el sitio web de USCIS. La Regla de Empresarios Internacionales (IER) entró en vigencia el 1 de diciembre de 2017, cuando USCIS implementó el programa IEP después de que un tribunal federal anuló una regla que retrasaba la fecha de vigencia inicial. USCIS calculó los nuevos montos aplicando el CPI-U entre diciembre de 2017 y diciembre de 2020. Según estos cálculos, los nuevos números entrarán en vigencia en el año fiscal 2022, que comienza el 1 de octubre de 2021. Los nuevos números son:

  • Si depende de una inversión de un inversionista calificado, la cantidad aumenta de $250,000 a $264,147.
  • Si depende de la otorgación de fondos o subvención del gobierno, la cantidad ha aumentado de $100,000 a $105,659.
  • El monto de los ingresos para la consideración de renovaciones de permisos humanitarios aumenta de $500,000 a $528,293.
  • Los inversionistas cualificados deberán mostrar inversiones agregadas en empresas emergentes de no menos de $633,952 (en lugar de $600,000) durante cinco años. También deberán demostrar que, después de esas inversiones, al menos dos de esas entidades han creado cinco empleos o generado al menos $528,293 (en lugar de $500,000) en ingresos con un crecimiento anualizado de los ingresos de al menos el 20%.

En particular, las regulaciones permiten que los solicitantes que solo cumplen parcialmente con los criterios de inversión u otorgación de fondos aún cualifiquen para una consideración adicional al proporcionar otra evidencia confiable y convincente del potencial sustancial de la empresa emergente para un rápido crecimiento y creación de empleo. Por lo tanto, USCIS no anticipa que estos nuevos números afecten significativamente la elegibilidad.

Para más información, vea la notificación del Registro Federal.

 Use este formulario si usted es un empresarioy desea:

  • Hacer una solicitud inicial de permiso de permanencia temporal a base de un beneficio público significativo,
  • Solicitar un permiso subsecuente de permanencia temporal por un plazo adicional, o
  • Presentar una solicitud enmendada para notificarle a USCIS sobre un cambio sustancial.

Formularios y Documentos para Descargar

Formulario I-941 (en inglés) (PDF, 766.7 KB)
Instrucciones para el Formulario I-941 (en inglés) (PDF, 473.95 KB)

Detalles del Formulario

Fecha de Edición

07/21/22. Puede encontrar la fecha de edición al final de las páginas del formulario y las instrucciones.

Si necesita ayuda para descargar e imprimir formularios, lea las instrucciones.

Las fechas están en formato mm/dd/aa (mes, día, año).

Si usted completa e imprime este formulario para enviarlo por correo postal, asegúrese de que la fecha de edición del formulario y los números de las páginas están visibles en la parte inferior de todas las páginas y que todas las páginas completadas sean de la misma edición del formulario. Si falta alguna de las páginas del formulario o las páginas son de ediciones diferentes, podríamos rechazar su solicitud.

Si necesita ayuda para descargar e imprimir los formularios, lea nuestras instrucciones.

Dónde Presentar la Solicitud

Servicio Postal de Estados Unidos (USPS):

USCIS
Attn: IER I-941
P.O. Box 650890
Dallas, TX 75265-0890

Entregas FedEx, UPS, y DHL:

USCIS
Attn: IER 941 (Box 650890)
2501 S. State Highway 121 Business
Suite 400
Lewisville, TX 75067-8003

Tarifa de Presentación
$1200.

Se requiere una tarifa de $85 por concepto de servicios biométricos para el empresario.

Usted puede pagar la tarifa con un giro postal, cheque personal, cheque de caja o pagar con una tarjeta de crédito mediante el Formulario G-1450, Autorización de Transacciones con Tarjeta de Crédito. Si paga con cheque, debe hacer su cheque pagadero a U.S. Departament of Homeland Security.

Cuando usted envía un pago, acepta pagar un servicio gubernamental. Las tarifas de presentación y de servicios biométricos son finales y no reembolsables, sin importar cualquier acción que tomemos sobre su solicitud o petición, o si usted retira su solicitud. Utilice el Calculador de Tarifas (en inglés) para ayudarle a determinar su tarifa de presentación.

Pague cada tarifa de presentación por separado. Estamos haciendo la transición al procesamiento electrónico de solicitudes de beneficios de inmigración, lo que requiere que utilicemos múltiples sistemas para procesar su paquete. Debido a esto, debe pagar cada tarifa de presentación por separado para cualquier formulario que envíe. Podemos rechazar todo su paquete si envía un pago único y combinado para múltiples formularios.

Lista de Cotejo Opcional sobre Evidencia Inicial Requerida (para propósitos informativos únicamente)

Por favor, no presente esta lista de cotejo con su Formulario I-941. Es una herramienta opcional para que use mientras prepara su formulario, pero no sustituye los requisitos legales, reglamentarios, ni de las instrucciones del formulario. Recomendamos que revise estos requisitos antes de completar y presentar su formulario. No envíe documentos originales a menos que se les soliciten específicamente en las instrucciones del formulario.

Si usted presenta cualquier documento (copias o documentos originales, si se les solicitan) en un idioma extranjero, debe incluir una traducción completa al inglés, junto con una certificación de parte del traductor en la que afirma que la traducción está completa y es exacta, y que está cualificado para traducir de un idioma extranjero a inglés.

Si va a solicitar permiso de permanencia temporal inicial de empresario, ¿proporcionó lo siguiente?

  • Una descripción detallada de su rol principal y activo en la empresa de nueva creación junto con evidencia de apoyo
  • Evidencia de su participación como propietario de la empresa de nueva creación
  • Evidencia de que su empresa cumple con la definición de empresa de nueva creación
  • Evidencia de que su empresa de nueva creación ha recibido una inversión cualificada, premio cualificado, o subvención de parte de un inversionista cualificado o entidad gubernamental cualificada, u otra evidencia confiable y convincente del potencial sustancial de la entidad de nueva creación para su crecimiento rápido y creación de empleos, según corresponda
  • Evidencia que demuestre su identidad.

Si solicita que se le vuelva otorgar permiso de permanencia temporal (“re-parole”, en inglés), ¿proporcionó lo siguiente?

  • Evidencia de que sigue cumpliendo con la definición de empresario
  • Evidencia de que su entidad continúa cumpliendo con la definición de empresa de nueva creación
  • Evidencia de que su empresa de nueva creación cualificada ha:
    • Recibido al menos $500,000 en inversiones cualificadas, subvenciones o premios gubernamentales cualificados, o una combinación de dichos fondos, durante el periodo de permiso de permanencia temporal inicial
    • Creado al menos cinco empleos cualificados con empresa de nueva creación durante el periodo de permanencia temporal inicial
    • Alcanzado al menos $500,000 en ingresos anuales en Estados Unidos y un promedio de 20 por ciento en crecimiento de los ingresos anuales en el periodo de permanencia temporal inicial, o
    • Continuó demostrando un potencial sustancial de rápido crecimiento y creación de empleos basados en otra evidencia confiable y convincente.
Consejos para Presentación de Formularios

Consejos de Presentación: Consulte la página Consejos para la Presentación de Formularios por Correo Postal para obtener información acerca de cómo asegurarse que aceptemos su solicitud.

No olvide firmar su formulario. Rechazaremos y devolveremos cualquier formulario que no esté firmado.

Instrucciones Especiales

Puede encontrar una guía sobre cómo presentar las solicitudes de IER en nuestra página de Permiso de Ingreso para Empresarios Internacionales. 

Última Revisión/Actualización:
12/20/2022
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