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Direcciones de Presentación Directa del Formulario I-212, Solicitud de Permiso para Volver a Solicitar Ingreso a los Estados Unidos Después de Haber sido Deportado o Removido

Usted es un: La Oficina Donde Debe Presentar su Solicitud Fuente Oficina Donde su Solicitud ha sido Adjudicada

Solicitante de una visa de no inmigrante (que no es solicitante de visa K, T, U, o V)

En un consulado estadounidense (Departamento de Estado) con jurisdicción sobre su solicitud de visa. El consulado estadounidense le indicará cómo presentar y pedir consentimiento para volver a presentar una solicitud.

8 CFR 212.2(b), 8 CFR 212.2(g)

Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP)

CBP/Admissibility Review Office (ARO) (Oficina de Revisión de Admisibilidad/CBP)

Solicitante que desea obtener admisión en calidad de no inmigrante en un puerto de entrada estadounidense y a quienes no se les requiere obtener una visa de no inmigrante

Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) Presente este formulario personalmente en un puerto de entrada designado por CBP o en una oficina de pre autorización designada por CBP donde interesa ser procesado, antes de presentar su solicitud. Es recomendable que contacte al puerto de entrada designado por CBP o a la oficina de preautorización designada por CBP donde intenta ser procesado antes de presentar su solicitud. Para encontrar un puerto de entrada designado por CBP o una oficina de pre autorización designada por CBP, visite el sitio web de CBP www.cbp.gov.

8 CFR 212.2(f)

Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP)

Admissibility Review Office (ARO) (Oficina de Revisión de Admisibilidad/CBP)

Solicitante que es ciudadano de Palaos, los Estados Federales de Micronesia o las Islas Marshall y desea solicitar entrada como no inmigrante

Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP)

Presente este formulario en un puerto de entrada de CBP en Guam o contacte al consulado estadounidense más cercano para recibir instrucciones sobre dónde y cómo presentar la petición de permiso para volver a solicitar. Para encontrar información sobre cómo contactar el puerto de entrada de CBP en Guam, visite el sitio web de CBP www.cbp.gov.

8 CFR 212.2(f), 8 CFR 212.2(b), 8 CFR 212.2(g)

Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP)

Admissibility Review Office (ARO) (Oficina de Revisión de Admisibilidad/CBP)

Solicitante de una visa de no inmigrante K o V en virtud de la sección 101(a)(15)(K) y (V) de la INA

Puede solicitar consentimiento para volver a solicitar la entrada a Estados Unidos después de haber asistido a su entrevista de visa en un consulado estadounidense y después de que un oficial del consulado haya determinado que usted es inadmisible.

Localidad Segura (Lockbox) de USCIS en Phoenix

Entregas del Servicio Postal de Estados Unidos (USPS):

USCIS
Attn: I-212
P.O. Box 21600
Phoenix, AZ 85036-1600

Entregas de FedEx, UPS y DHL:

USCIS
Attn: I-212 (Box 21600)
2108 E. Elliot Rd.
Tempe, AZ 85284-1806

8 CFR 212.2

Centro de Servicio de USCIS en Nebraska

Solicitante de una visa de inmigrante que está fuera de Estados Unidos y necesita una exención concurrente presentado del Formulario I-601

Puede solicitar ambos, la exención y el consentimiento para volver a solicitar admisión a los Estados Unidos después de haber asistido su entrevista de visa en un consulado estadounidense y después de que un oficial haya determinado que usted es inadmisible. Debe presentar el Formulario I-212 junto al Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad.

Localidad Segura (Lockbox) de USCIS en Phoenix

Entregas del Servicio Postal de Estados Unidos (USPS):

USCIS
Attn: I-212 Foreign Filers
P.O. Box 21600
Phoenix, AZ 85036-1600

Entregas de FedEx, UPS y DHL:

USCIS
Attn: I-212 Foreign Filers (Box 21600)
2108 E. Elliot Rd.
Tempe, AZ 85285-1806

8 CFR 212.2(d)

Centro de Servicio de USCIS en Nebraska

Solicitante de ajuste de estatus o de una visa de inmigrante basada en una auto petición de VAWA (Formulario I-360) que fue aprobada

Centro de Servicio de USCIS en Vermont

USCIS – Vermont Service Center
38 River Road
Essex Junction, VT 05479-0001

Sección 212(a)(9)(A) de la INA

Centro de Servicio de USCIS en Vermont

Solicitante está físicamente presente en los Estados Unidos, solicita el ajuste de estatus con USCIS y es inadmisible solamente bajo la sección 212(a)(9)(A) de la INA (independientemente de si necesita presentar el Formulario I-601)

Usted debe presentar la solicitud, ya sea concurrente con su solicitud para el ajuste de estatus (Formulario I-485, o en cualquier momento posterior).

Oficina de USCIS con jurisdicción sobre la solicitud de ajuste de estatus.

Si va a presentar el Formulario I-212 junto con el Formulario I-485, debe presentarlo en el lugar indicado en el Formulario I-485.

Si su Formulario I-485 está en trámite, debe presentar el Formulario I-212 con la oficina de USCIS donde su Formulario I-485 está en trámite.

8 CFR 212.2(e)

Una oficina de USCIS con jurisdicción sobre la solicitud de ajuste del estatus.

Solicitante por una visa de inmigrante y exención en el Formulario I-601 no es requerido

Oficina Local de USCIS con jurisdicción sobre el lugar donde ocurrieron los procedimientos de deportación o remoción

Si usted es inadmisible porque anteriormente acumuló presencia ilegal en Estados Unidos por un total de 1 año o más y salió de los Estados Unidos e ingresó o intentó reingresar a Estados Unidos sin ser admitido (bajo la sección 212(a)(9)(C)(i)(I) de la INA), puede que usted no haya estado en procesos de remoción. En este caso, debe presentar su solicitud con la oficina local de USCIS que tiene jurisdicción sobre el lugar de su residencia prevista en los Estados Unidos.

8 CFR 212.2(d)

Oficina Local de USCIS con jurisdicción sobre el lugar donde ocurrieron los procedimientos de deportación o remoción

Solicitante que está físicamente presente en Estados Unidos pero no es elegible para el ajuste de estatus por su inadmisibilidad bajo la sección 212(a)(9)(C) de la INA.

Usted no puede presentar la solicitud hasta que haya salido de Estados Unidos y haya residido en el extranjero durante 10 años desde su última salida.

Una vez que haya cumplido con el requisito de 10 años de residencia en el extranjero, puede presentar la solicitud. La jurisdicción es determinada:

  1. De acuerdo con los requisitos indicados arriba para las personas fuera de los Estados Unidos, y
  2. A base de la necesidad de la persona de una exención según presentada con Formulario I-601

Matter of Torres-Garcia, 23 I&N Dec. 866 (BIA 2006) and Matter of Briones, 24 I&N Dec. 355 (BIA 2007)

N/A

Solicitante está físicamente presente en Estados Unidos, pero está en procedimientos de remoción

AVISO: Si el extranjero está en procedimientos después de presentar el Formulario I-212 con USCIS, el oficial de USCIS debe reenviar la solicitud a la localidad de EOIR que tiene jurisdicción en los procedimientos del extranjero.

Corte de Inmigración de Oficina para Revisión de Casos de Inmigración (EOIR) con jurisdicción en los procedimientos de remoción.

Si su solicitud de ajuste de estatus bajo la sección 245 de la INA ha sido presentada, renovado o está en trámite ante un abogado de inmigración, debe presentar el Formulario I-212 según las instrucciones que la corte de inmigración le proveyó. Para información acerca de EOIR, visite el sitio web www.usdoj.gov/eoir

8 CFR 212.2(e); March 31, 2005 Memorandum, William R Yates, EOIR Processing

Corte de Inmigración de la Oficina para Revisión de Casos de Inmigración (EOIR) con jurisdicción en los procedimientos de remoción.

Un solicitante que desea obtener un permiso condicional adelantado para volver a solicitar el permiso antes de su salida de EE.UU. y solamente es inadmisible bajo sección 212 (a)(9)(A) de la INA (independientemente de otra exención bajo la sección 212(g), (h), (i), o 212 (a)(9)(B) es necesario)

Oficina Local de USCIS con jurisdicción sobre el lugar donde reside

8 CFR 212.2(j)

Oficina Local de USCIS con jurisdicción sobre el lugar donde reside

Todas las otras circunstancias no indicadas arriba

Una oficina local de USCIS con jurisdicción sobre el lugar donde ocurrieron los procedimientos de deportación o remoción, o con el director de la oficina quien tuvo o tiene jurisdicción s sobre sus procedimientos más recientes.

8 CFR 212.2(g)(i) y (ii)

Oficina Local de USCIS

Notificación electrónica (E-Notification): Si desea recibir un correo electrónico o mensaje de texto notificándole que su Formulario I-601 ha sido aceptado en una Localidad Segura (Lockbox) de USCIS, complete el Formulario G-1145, Notificación Electrónica de Aceptación de Petición/Solicitud y grápela a la primera página de su solicitud.

Última Revisión/Actualización:
09/10/2021
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