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Visas de No Inmigrantes K-3 y K-4

Si es ciudadano de EE. UU. y presentó un Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero para su cónyuge que se encuentra en el extranjero, también puede presentar un Formulario I-129F, Petición para prometido o prometida extranjero (a). Este es el primer paso para que su cónyuge y sus hijos obtengan visas para venir a Estados Unidos mientras esperan que USCIS tome una decisión en el Formulario I-130. Históricamente, usted y los miembros de su familia podrían haber estado separados durante algún tiempo mientras estaban a la espera de una decisión sobre su Formulario I-130. El Congreso buscó resolver este problema mediante la creación de visas de no inmigrante K-3 y K-4 para acortar el tiempo que su familia tendría que pasar separados. Sin embargo, dado que USCIS ahora toma menos tiempo para adjudicar el Formulario I-130, la necesidad actual de visas K-3 y K-4 no es común.

Elegibilidad
  • Si usted es ciudadano de EE. UU., su cónyuge extranjero puede ser elegible a una visa K-3 si:

  • Está casado con usted
  • Es el beneficiario de un Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero que usted presentó para él y
  • Busca ingresar a Estados Unidos para esperar la decisión de USCIS sobre el Formulario I-130.
  • Un hijo o hija de su cónyuge extranjero puede ser elegible a una visa K-4 si es:

  • Menor de 21 años de edad
  • Soltero(a) y
  • El hijo o hija del solicitante de visa K-3.
Solicitud de Visa

Para obtener una visa K-3 para su cónyuge, usted (el ciudadano estadounidense) primero debe presentar dos peticiones ante USCIS:

  • Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero: Presente el Formulario I-130 en la dirección correcta de USCIS. Para encontrar la dirección correcta, vaya a la sección "Dónde presentar la solicitud" en la página del  Formulario I-130. Luego recibirá un Formulario I-797, Notificación de Acción, que indica que USCIS recibió su Formulario I-130.
  • Formulario I-129F, Petición de Prometido o Prometida extranjero (a): Presente el Formulario I-129F a la dirección correcta de USCIS. Para encontrar la dirección correcta, vaya a la sección "Dónde presentar" en la página del Formulario I-129F. Puede presentar el Formulario I-129F al mismo tiempo o después de presentar el Formulario I-130. Si presenta el Formulario I-129F después de presentar el Formulario I-130, incluya una copia del Formulario I-797, Notificación de Acción, para demostrar que USCIS recibió su Formulario I-130. No hay tarifa si presenta un Formulario I-129F para que un cónyuge obtenga una visa K-3.

Para obtener una visa K-4 para los hijos de su cónyuge, no es necesario que presente un Formulario I-129F o un Formulario I-130 por separado. Debe incluir los hijos de su cónyuge en el Formulario I-129F que presentó para su cónyuge.

Sin embargo, tenga en cuenta que debe presentar un Formulario I-130 por separado para los hijos de su cónyuge antes de que puedan solicitar una Tarjeta Verde. Para que pueda crear una relación elegible de padrastro / hijastro, el menor debe haber sido menor de 18 años cuando usted y su cónyuge se casaron.

Si USCIS aprueba el Formulario I-130 primero o al mismo tiempo que el Formulario I-129F

Si USCIS aprueba su Formulario I-130 antes o al mismo tiempo que su Formulario I-129F, su cónyuge y sus hijos ya no necesitarán una visa K-3 o K-4. Esto ocurre en la mayoría de los casos. Cuando el Formulario I-130 aprobado por su cónyuge llegue al Departamento de Estado, una visa de inmigrante está inmediatamente disponible. Entonces, su cónyuge y sus hijos deben solicitar visas de inmigrante y solicitar la admisión a Estados Unidos como residentes permanentes legales.

Debido a que las visas de no inmigrante K-3 y K-4 ya no están disponibles para su cónyuge y sus hijos, el menor K-4 no podrá inmigrar con su cónyuge a menos que el niño tenga un Formulario I-130 aprobado en el Departamento de Estado en ese momento.

Si USCIS aprueba el Formulario I-129F primero

Si su petición de Formulario I-129F es aprobada antes de su Formulario I-130, USCIS enviará su petición al Departamento de Estado. Para recibir una visa K-3 o K-4, su cónyuge debe presentar una solicitud de visa de no inmigrante ante el Departamento de Estado. Su cónyuge no necesita presentar el Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio Económico al solicitar la visa K-3 o K-4, pero deberá proporcionar evidencia que demuestre que no se convertirá en un cargo público mientras se encuentre en Estados Unidos. Para obtener más información sobre el proceso de solicitud de visa, consulte la página web Visa de No Inmigrante para Cónyuge (K-3) del Departamento de Estado.

Periodo de Admisión y Extensiones de Estadía

Si se le otorga una visa K-3, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) lo admitirá por un período de 2 años. Por lo general, no puede cambiar su estatus en EE. UU. a otra categoría de visa de no inmigrante.

Si se le concede una visa K-4, DHS lo admitirá por un período de 2 años o hasta el día antes de cumplir 21 años, lo que sea más corto. Su estatus caducará cuando cumpla 21 años. Por lo general, no puede cambiar su estatus en Estados Unidos a otra categoría de visa de no inmigrante.

Extensión de Estadía

Si tiene una visa K-3 o K-4, puede presentar un Formulario I-539, Solicitud de Extensión o Cambio de Estatus de No Inmigrante a USCIS dentro de 120 días antes de que expire su estadía autorizada. Para ser elegible a una extensión de la estadía, debe demostrar:

  1. Que un Formulario I-130, un Formulario I-485 o una solicitud de visa de inmigrante aún está pendiente, o
  2. El motivo por el cual no presentó un Formulario I-485 o una solicitud de visa de inmigrante luego de que USCIS aprobó el Formulario I-130 presentado para usted.

Si tiene una visa K-4, debe presentar su solicitud de extensión junto con la solicitud de extensión de estatus K-3 de sus padres.

USCIS otorga extensiones de estadía para titulares de visas K-3 y K-4 en incrementos de 2 años.

Empleo y Autorización de Viaje

Si es admitido en Estados Unidos con una visa K-3 o K-4, se le autoriza automáticamente a trabajar en función de su estatus. Para obtener evidencia de autorización de empleo, puede presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo en cualquier momento después de ser admitido a EE. UU. Alternativamente, puede presentar una solicitud de Tarjeta Verde (Green Card en inglés) y luego solicitar una autorización de empleo basada en esa solicitud pendiente incluso si su estatus de no inmigrante K-3 o K-4 expira.

Documento de viaje

Los titulares de la visa K-3 y K-4 pueden viajar temporalmente fuera de EE. UU. Cuando regrese de su viaje temporal en el extranjero, puede usar su visa K-3 o K-4 para solicitar admisión a Estados Unidos. No necesita un documento de viaje anticipado a menos que su visa K-3 o K-4 expire cuando regrese a Estados Unidos y tiene un Formulario I-485 pendiente. En este caso, el documento de viaje anticipado debe ser aprobado antes de salir de Estados Unidos.

Solicitud de una Tarjeta Verde

Los titulares de la visa K-3 y K-4 deben tener un Formulario I-130 aprobado para ser elegibles a una Tarjeta Verde (Green Card) para convertirse en residentes permanente legales. Puede solicitar una Tarjeta Verde en cualquier momento (incluso mientras el Formulario I-130 esté pendiente) al presentar el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus. Si tiene una visa K-3, solo puede solicitar una Tarjeta Verde basada en su matrimonio con el cónyuge ciudadano de EE. UU. que solicitó su estatus de K-3.

Si tiene una visa K-4, solo puede solicitar una Tarjeta Verde basada en la relación padrastro / hijastro creada cuando su padre K-3 se casó con el ciudadano estadounidense que solicitó su visa K-4. También puede beneficiarse de ciertas protecciones de vejez bajo la Ley de Protección del Estatus del Menor (CSPA, por sus siglas en inglés). Para obtener más información sobre CSPA, consulte la página web de la Ley de Protección del Estatus del Menor.

Para obtener más información sobre cómo solicitar una Tarjeta Verde, consulte la página web Tarjeta Verde para Familiares Inmediatos Ciudadanos de EE. UU.

Residencia permanente condicional

Si USCIS aprueba su Formulario I-485, recibirá una Tarjeta Verde si es titular de la visa K-3 y ha estado casado con su cónyuge ciudadano de EE. UU. durante al menos 2 años. Cuando USCIS aprueba su Formulario I-485, su Tarjeta Verde tendrá una validez de diez años.

Sin embargo, si ha estado casado con su cónyuge ciudadano de EE. UU. durante menos de 2 años al momento en que USCIS aprueba su Formulario I-485, usted y cualquier hijo de K-4 se convertirá en residente permanente condicional. Esto significa que la Tarjeta Verde que usted y sus hijos recibirán será válida por dos años. Para eliminar las condiciones de residencia, usted (y sus hijos) y su cónyuge ciudadano de EE. UU. deben presentar un Formulario I-751, Petición para Cancelar las Condiciones de Residencia dentro de 90 días anteriores a la fecha de vencimiento de su Tarjeta verde. Para obtener más información, consulte la página web Residencia Permanente Condicional.

Terminación automática del estatus no inmigrante K-3 / K-4

Si tiene una visa K-3, su estadía autorizada en Estados Unidos termina automáticamente 30 días después de cualquiera de los siguientes eventos:

  • USCIS niega o revoca el Formulario I-130 presentado para usted
  • USCIS niega su Formulario I-485
  • El Departamento de Estado deniega su solicitud de visa de inmigrante según el Formulario I-130 o
  • Su matrimonio con el solicitante ciudadano de EE. UU. termina a través del divorcio o la anulación antes de convertirse en un residente permanente legal.

Si tiene una visa K-4, su estadía autorizada en Estados Unidos termina automáticamente 30 días después de cualquiera de los siguientes eventos:

  • El estatus K-3 de tus padres termina
  • USCIS niega o revoca el Formulario I-130 presentado para usted
  • USCIS niega su Formulario I-485
  • El Departamento de Estado deniega su solicitud de visa de inmigrante según el Formulario I-130
  • Tiene 21 años de edad, o
  • Se casa antes de convertirse en un residente permanente legal.
Matrimonio Forzado

Si cree que está en un matrimonio forzado, está en riesgo de un matrimonio forzado o está siendo forzado a solicitar beneficios para un cónyuge, visite nuestra página de Matrimonio Forzado para conocer las opciones disponibles para usted.

Referencia legal

Para obtener más información, consulte lo siguiente:

  • INA 101(a)(15)(K) – Definition of K nonimmigrants
  • INA 214 – Admission of Nonimmigrants
  • INA 216 – Conditional Permanent Residence
  • INA 245 – Adjustment of Status of Nonimmigrant to that of Person Admitted for Permanent Residence
  • 8 CFR 214.2(k) – Spouses, fiancées, and fiancés of U.S. citizens
  • 8 CFR 245 – Adjustment of Status to that of Person Admitted for Permanent Residence
  • 8 CFR 274a.12– Classes of Aliens Authorized to Accept Employment
Enlaces Relacionados

Mas Informacion

  • Ciudadanía
  • Pasaportes

Formularios

  • I-601A, Application for Provisional Unlawful Presence Waiver
  • I-601, Application for Waiver of Grounds of Inadmissibility
  • I-130, Petition for Alien Relative
  • I-360, Petition for Amerasian, Widow(er), or Special Immigrant
Última Revisión/Actualización:
11/25/2019
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