La Mayoría de los Empleadores CW-1 Deben Presentar los Informes Semestrales Requeridos (Formulario I-129CWR)
USCIS les recuerda a los empleadores de trabajadores transicionales (CW-1) de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI) que, si tienen una petición CW-1 aprobada actualmente con un periodo de validez de seis meses o más, tienen que presentar el Formulario I-129CWR, Informe Semestral para Empleadores CW-1 con USCIS cada seis meses después de la fecha de comienzo de validez de la petición. Los empleadores usan este informe para certificar la continuidad de empleo y pago de cada trabajador, bajo los términos y condiciones de la petición aprobada. Usted no está obligado a presentar el Formulario I-129CWR si su petición fue retirada para todos los beneficiarios.
Incumplir con el requisito de informe semestral podría ser base para la revocación de la petición aprobada o la denegación de peticiones subsiguientes. Para evitar la revocación o denegación de peticiones futuras, usted debe:
- Presentar el Formulario I-129CWR de acuerdo con las instrucciones de presentación localizadas en la página del Formulario I-129CWR; o
- Enviar una solicitud por escrito para retirar su petición CW-1 aprobada al Centro de Servicio de California a la dirección indicada bajo la sección “Dónde Presentar su Solicitud” de la página del Formulario I-129CW, Petición para un Trabajador Transicional No Inmigrante – CNMI Solamente.
Si usted no envía una solicitud por escrito para retirar su petición CW-1 aprobada para todos los beneficiarios, permanece obligado a cumplir con el requisito de presentar informes semestrales por la duración del periodo de validez de la petición, y debe cumplir con el requisito de presentar informes antes de que se le pueda aprobar una nueva petición.
Usted aún está sujeto al requisito de informes semestrales aun cuando:
- El trabajador nunca fue admitido a CNMI;
- El trabajador ya no trabaja para usted;
- El trabajador puede haber cambiado de estatus posteriormente; o
- Usted es un empleador CW-1 de un trabajador a largo plazo y presentó un Formulario I-129CWR anteriormente.
USCIS aceptará informes semestrales presentados tardíamente. Puede presentar todos los informes requeridos a USCIS, incluidos los informes atrasados, aún si el plazo de presentación correspondiente ya pasó. Por ejemplo, si usted es un empleador de un trabajador CW-1 con fecha de comienzo en el empleo de 1 de octubre de 2019 que nunca ha presentado un informe semestral, USCIS podría considerarlo como que está en cumplimiento si presenta todo informe semestral que esté atrasado, y en adelante presenta los informes semestrales oportunamente. Si revocamos su petición CW-1 por incumplimiento con el requisito de informes semestrales, usted aún tiene que presentar cualquier informe semestral atrasado antes de que se le pueda aprobar una nueva petición. Cumplir con este requisito no tendrá ningún efecto sobre una petición revocada, pero le permitirá participar en un futuro en el programa CW aún si las peticiones anteriores fueron revocadas.
USCIS creó el requisito de informes semestrales en una regla final temporal (IFR) que implementó la Ley de la Fuerza Laboral de las Islas Marianas del Norte de 2018. La IFR estableció que se requiere un informe semestral para todas las peticiones CW-1 aprobadas por USCIS con fechas de comienzo en el empleo en o después del 1 de octubre de 2019, para periodos de validez de seis meses o más.
Los empleadores pueden verificar si USCIS recibió el Formulario I-129CWR al entrar el número de recibo del Formulario I-129CW aprobado en el Estatus de Caso en Línea.