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Cómo Comprender Nuestro Centro de Datos para Empleadores H-2B

El 23 de junio de 2021, lanzamos el Centro de Datos para Empleadores H-2B para proporcionar información sobre los empleadores o agentes estadounidenses (“peticionarios H-2B”) que solicitan trabajadores H-2B. El centro de datos proporciona un nivel adicional de transparencia al programa H-2B al permitir que el público busque peticionarios H-2B por año fiscal, nombre del empleador, ciudad, estado o código postal, código del Sistema de Clasificación de la Industria de Norteamérica (NAICS) y código de la Clasificación Ocupacional Estándar (SOC).

Procesamos un promedio de 8 millones de solicitudes y consultas anualmente. Esto incluye más de medio millón de Formularios I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante, incluidas las peticiones para trabajadores H-2B y otros trabajadores no inmigrantes basados en el empleo. Recibimos muchas solicitudes del Congreso, instituciones de investigación, los medios de comunicación y el público sobre el programa H-2B e información sobre cómo las visas H-2B son asignadas por peticionario o tipo de empleo. Nos esforzamos por poner a disposición del público tantos datos sobre nuestras operaciones como sea posible. Lo hacemos para mejorar la comprensión del sistema de inmigración y nuestro papel en él, así como para cumplir con nuestros mandatos de presentación de informes.

Cómo Recopilamos los Datos

Los empleadores o agentes que soliciten trabajadores temporales en trabajos no relacionados con la agricultura deben obtener una Solicitud Única de Condición Laboral certificada y válida del Departamento de Trabajo de Estados Unidos (DOL), o si los trabajadores estarán empleados en Guam, de parte del Departamento del Trabajo de Guam, antes de presentar un Formulario I-129 ante USCIS. Los datos proporcionados en el Centro de Datos para Empleadores H-2B se recopilan de las casillas del Formulario I-129 del empleador, de las decisiones de adjudicación de USCIS, y de la Solicitud de Certificación de Condición Laboral Temporal de H-2B de DOL (Formulario ETA-9142B (PDF)). Los datos de aprobación y denegación en el centro de datos reflejan nuestra primera decisión de adjudicación. Quedan excluidas las decisiones posteriores, como en una apelación o revocación de una petición presentada. Los datos no incluyen peticiones que están pendientes de adjudicación cuando USCIS genera los datos. Los cuatro elementos de datos incluidos en el centro de datos provienen de la Certificación de Condición Laboral de DOL, específicamente los códigos SOC y NAICS, nivel salarial, y estado de lugar de empleo. DOL proporciona datos en su Divulgación de TLC de H-2B de manera trimestral en su sitio web público.

Fusionamos los datos del Formulario ETA-9142B de DOL con los datos de USCIS al corresponder el número de caso de ETA. No incluimos los datos del Número de Caso de ETA en los sistemas de USCIS hasta el año fiscal 2018. Por lo tanto, los datos del Formulario ETA-9142B de DOL (código SOC, código NAICS, nivel salarial y estado de lugar de empleo) no están disponibles en el Centro de Datos de Empleadores H-2B para los años fiscales 2015 al 2017.

Precisión de los Datos

Nos esforzamos por garantizar que los datos de nuestros sistemas electrónicos sean precisos, pero debido a que transferimos datos de formularios en papel a los sistemas electrónicos manualmente, pueden producirse errores de entrada de datos. Además, la información proporcionada en un formulario en papel es reportada por el solicitante o peticionario (o su representante o preparador), por lo que puede haber errores en los formularios cuando los recibimos. Por ejemplo, un peticionario podría confundir números en su número de identificación fiscal.

La entrada de datos y los errores del peticionario pueden resultar en un nombre de empleador, identificación fiscal, estado, ciudad o código postal faltante y/o erróneo en nuestros sistemas electrónicos.

Puede encontrar información sobre la precisión y la divulgación de los datos de certificación de condición laboral temporal de DOL en el sitio web de DOL. No tenemos ningún derecho o privilegio sobre los datos de DOL distinto a la manera en que están disponibles al público, por lo que no podemos certificar la calidad de los datos.

Cómo Organizamos y Mantenemos el Centro de Datos

Los recuentos de aprobación inicial, denegación inicial, aprobación y denegación continuas se agregan por cantidad límite de año fiscal de finalización, número de identificación de impuestos del empleador, estado, ciudad, código postal, tipo de cantidad máxima reglamentaria, estado del lugar de empleo, código postal código NAICS de dos dígitos, código SOC de dos dígitos, nivel salarial y si las visas fueron procesadas mediante trámite consular. Por ejemplo, un empleador con varias direcciones en un año fiscal determinado tendrá varios renglones en los datos. Utilizamos la ortografía más común del nombre del empleador por identificación fiscal única.

Esperamos actualizar el Centro de Datos de Empleadores H-2B de manera trimestral trimestral y proporcionar archivos de datos descargables. Por ejemplo, proporcionaremos los datos del primer trimestre (octubre-diciembre) de un año fiscal en abril de dicho año fiscal. Este programa nos permite recibir y procesar las peticiones así como también descargar y fusionar los datos de DOL para cada trimestre.

Glosario del Centro de Datos del Empleador H-2B

Campo de Datos Descripción del Campo de Datos

Nombre del Empleador (Peticionario)

Nombre de la empresa/empleador del peticionario en el Formulario I-129, Página 1, Parte 1, Pregunta 2 del formulario actual.

Aprobación Inicial (Trabajadores)

Peticiones H-2B en las que se haya seleccionado "Nuevo empleo" o "Nuevo empleo concurrente” en la Parte 2, Pregunta 2 del Formulario I-129, cuya primera decisión es una aprobación. El número representa la cantidad de trabajadores aprobados.

Denegación Inicial (Trabajadores)

Peticiones H-2B en las que se haya seleccionado "Nuevo empleo" o "Nuevo empleo concurrente" en la Parte 2, Pregunta 2 del Formulario I-129 cuya primera decisión es una denegación. El número representa la cantidad de trabajadores denegados.

Aprobación de Continuación (Trabajadores)

Peticiones H-2B en las que no se haya seleccionado “nuevo empleo” o “nuevo empleo concurrente” en la Parte 2, Pregunta 2 del Formulario I-129, cuya primera decisión es una aprobación. Por ejemplo, esto incluye el empleo continuo, el cambio de empleador y las peticiones modificadas. El número representa la cantidad de trabajadores aprobados.

Denegación de Continuación (Trabajadores)

Peticiones H-2B en las que no se haya seleccionado “nuevo empleo” o “nuevo empleo concurrente” en la Parte 2, Pregunta 2 del Formulario I-129, cuya primera decisión es una denegación.

Por ejemplo, esto incluye el empleo continuo, el cambio de empleador y las peticiones modificadas. El número representa la cantidad de trabajadores denegados.

NAICS

Sistema de Códigos de Clasificación de las Industrias de América del Norte: Datos procedentes del expediente de divulgación pública de la Certificación de Condición Laboral Temporal de DOL. Código industrial de dos dígitos asociado con el empleador que solicita la certificación de condición laboral temporal, según clasificado por el Sistema de Clasificación de las Industrias de América del Norte. Sección C, Ítem 14 (NAICS_CODE) del Formulario ETA-9142B. Para más información sobre NAICS, visite la página web sobre los Códigos de Clasificación de las Industrias de América del Norte de la Oficina del Censo de los Estados Unidos. Las casillas en blanco o datos no disponibles están codificado y presentados en el centro de datos como “unknown” (“desconocido”).

SOC

Sistema Estándar de Clasificación Ocupacional (SOC): Datos procedentes del expediente de divulgación pública de la Certificación de Condición Laboral Temporal de DOL. Código ocupacional de dos dígitos asociado con el empleo solicitado para la certificación de condición laboral temporal, según clasificado por el Sistema SOC. Para más información acerca del sistema SOC, visite la página web sobre la Sistema Estándar de Clasificación Ocupacional del Negociado de Estadísticas Laborales de Estados Unidos. Sección B, Ítem 2 (SOC_CODE) del Formulario ETA-9142B. Las casillas en blanco o datos no disponibles están codificado y presentados en el centro de datos como “unknown” (“desconocido”).

Número de Identificación de Impuestos Federal (Tax ID)

Los últimos cuatro dígitos del número de identificación de impuestos federal del peticionario del Formulario I-129, Página 1, Parte 1, Pregunta 5.

Estado

Estado del peticionario en el Formulario I-129, Página 1, Parte 1, Pregunta 3. Este es el estado indicado en la dirección postal del empleador y no es necesariamente el lugar de trabajo del beneficiario.

Ciudad

Ciudad del peticionario en el Formulario I-129, Página 1, Parte 1, Pregunta 3. Esta es la ciudad indicada en la dirección postal del empleador y no es necesariamente el lugar de trabajo del beneficiario.

Código Postal

Código postal de cinco dígitos del peticionario del Formulario I-129, Petición para un Trabajador No Inmigrante, Página 1, Parte 1, Pregunta 3. Este es el código postal indicado en la dirección postal del empleador y no es necesariamente el beneficiario o beneficiarios de la ubicación de trabajo.

Estado del Lugar de Trabajo

Información sobre el estado del lugar de trabajo. Datos procedentes del expediente de divulgación pública de la Certificación de Condición Laboral de DOL. Sección F.b., Ítem 4 (WORKSITE_STATE) del Formulario ETA-9142B.

Año Fiscal de la Cantidad Máxima Reglamentaria

Indica el año fiscal de la cantidad máxima reglamentaria contra la que se contó el beneficiario.

Existe un límite estatutario o “cantidad máxima reglamentaria”, sobre el total de trabajadores a quienes se les puede expedir una visa H-2B u otorgársele de alguna otra manera el estatus H-2B durante un año fiscal. Actualmente, el Congreso ha fijado la cantidad máxima reglamentaria de visas H-2B en 66,000 por año fiscal, con 33,000 para trabajadores que comienzan empleo en la primera mitad del año fiscal (1 de octubre al 31 de marzo) y 33,000 para trabajadores que comienzan en el empleo en la segunda mitad del año fiscal (1 de abril al 30 de septiembre). Cualquier cantidad de la primera mitad del año fiscal que no sea utilizada estará disponible para empleadores que buscan contratar trabajadores H-2B durante la segunda mitad del año fiscal. Sin embargo, la cantidad de visas H-2B que no hayan sido utilizadas no pueden transferirse de un año fiscal a otro.

Una vez se alcance la cantidad máxima de visas H-2B, USCIS solo puede aceptar peticiones para trabajadores H-2B que están exentos de la cantidad máxima H-2B. Para información adicional acerca de la cantidad máxima reglamentaria H-2B actual, y los trabajadores que están exentos de ella, vea nuestra página web Cantidad Máxima Reglamentaria para Trabajadores No Inmigrantes H-2B.

Tipo de Cantidad Máxima Reglamentaria

El tipo de cantidad máxima reglamentaria indica la parte específica de la cantidad máxima reglamentaria del año fiscal contra la cual fue contado el beneficiario. “1st Half” (“primera mitad”) indica que el beneficiario fue contado contra la cantidad máxima reglamentaria de 33,000 visas para trabajadores que comienzan empleo en la primera mitad del año fiscal (1 de octubre – 31 de marzo). “2nd Half” (“segunda mitad”) indica que el beneficio fue contado contra la cantidad máxima de 33,000 visas para trabajadores que comienzan empleo en la segunda mitad del año fiscal (1 de abril al 30 de septiembre).

Las personas exentas a la cantidad máxima reglamentaria incluyen trabajadores en Estados Unidos que están en estatus H-2B que extienden su estadía, cambian de empleador, o cambian los términos y condiciones de su empleo y no están sujetos a la cantidad máxima. De igual manera, los trabajadores H-2B que han sido contados anteriormente contra la cantidad máxima reglamentaria en el mismo año fiscal en que comienza el empleo propuesto no estarán sujetos a la cantidad máxima si los empleadores los mencionan en la petición e indican que ya han sido contados. Además, las peticiones para los siguientes tipos de trabajadores están exentas de la cantidad máxima de visas H-2B: procesadores de huevas de pescado, técnicos de procesamiento de huevas de pescado, o supervisores de procesamiento de huevas de pescado, y trabajadores que realizan trabajos o servicios en la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte o Guam desde el 28 de noviembre de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2029. Los cónyuges e hijos de trabajadores H-2B tampoco son contados contra la cantidad máxima reglamentaria.

Las cantidades máximas reglamentarias suplementarias son incrementos al límite numérico (cantidad máxima) de visas H-2b basadas en una autoridad estatutaria de tiempo limitado otorgada por el Congreso. En el año fiscal 2016, el Congreso creó una exención en adición a la cantidad máxima de visas H-2B para “trabajadores que retornan”. Los trabajadores que retornan fueron definidos como trabajadores H-2B que fueron contados contra la cantidad máxima de 66,000 visas H-2B anual durante los años fiscales 2013, 2014 y 2015, y no se contaron contra la cantidad máxima del año fiscal 2016. Estos casos fueron incluidos en la categoría suplementaria. Además, en varios años fiscales, el Congreso ha proporcionado al secretario de Seguridad Nacional, la discreción, luego de consulta con el secretario del Trabajo, de aumentar la cantidad máxima reglamentaria de visas H-2B “luego de determinar que las necesidades de las empresas estadounidenses no pueden cumplirse en el [año fiscal] con los trabajadores que están disponibles y son cualificados y hábiles para realizar los trabajos no agrícolas temporales”. Si se toma una decisión de autorizar visas H-2B adicionales para el resto de del año fiscal, DHS y DOL publicarán una regla final temporal en el Registro Federal en la que identifican la cantidad de visas adicionales que se harán disponibles, cualquier limitación relacionada, y el momento en que dicho aumento entrará en efecto.

Nivel Salarial por Hora

Salarios por hora pagados a los trabajadores sujetos a la certificación de condición laboral. Sección F.B., Ítem 8 (BASIC_WAGE_RATE_FROM, BASIC_WAGE_RATE_TO, y PER) del Formulario ETA-9142B. Los salarios se agregan en incrementos de $2.

Procesado en Trámite Consular

Los beneficiarios que están fuera de Estados Unidos pueden recibir su visa H-2B en el consulado del Departamento de Estado de Estados Unidos en el extranjero. Este proceso es conocido como procesamiento o trámite consular. “Yes” (“sí”) indica que la visa H-2B fue procesada en el consulado y “No” indica que el beneficiario de la visa H-2B fue procesado por USCIS en Estados Unidos.

Para reportes adicionales sobre el programa de visas H-2B, vea Informes y Estudios de USCIS, que incluye informes anuales y semianuales desde el 2005.

Última Revisión/Actualización:
02/14/2022
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