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USCIS Extiende Permiso de Permanencia Temporal para Algunos Extranjeros Presentes en la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte

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Esta sección contiene información que ya no está vigente pero permanece en nuestro sitio web para propósitos de referencia.

Fecha de Publicación
06/17/2020

USCIS anunció hoy que extenderá automáticamente el permiso de permanencia temporal (‘parole’) y la autorización de empleo, si corresponde, a algunos extranjeros presentes en la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI, por sus siglas en inglés). Esta extensión específica del permiso de permanencia temporal aplica solo a las personas que actualmente tienen permisos de permanencia temporal (‘parolees’) cuyo estatus de permanencia temporal caducará el 29 de junio de 2020. Para asegurar que todos los extranjeros elegibles, incluso los que tienen permisos de permanencia temporal, tengan la oportunidad completa de solicitar el estatus de residente permanente a largo plazo de CNMI sin que se interrumpa su status de permanencia temporal, USCIS extenderá el permiso de permanencia temporal (y la autorización de empleo, si corresponde) automáticamente para estos extranjeros, sin interrupción, hasta el 17 de agosto de 2020.

El estatus de residente a largo plazo de CNMI fue creado por la Ley de Ayuda a Residentes Legales a Largo Plazo de las Islas Marianas (Ley Pública 116-24), convertida en ley el 25 de junio de 2019. La nueva ley otorga específicamente al Departamento de Seguridad Nacional la discreción de autorizar el permiso de permanencia temporal, con autorización de empleo, a estos extranjeros durante el periodo necesario para implementar la nueva ley.

El 19 de febrero, USCIS anunció los procedimientos para solicitar el estatus de residente a largo plazo de CNMI. El periodo de 180 días para solicitud de este estatus terminará el 17 de agosto de 2020.

Para aquellos con permisos de permanencia temporal que tienen un Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés) que expire en o antes del 29 de junio de 2020, la siguiente documentación servirá como evidencia de identidad y autorización de empleo para propósitos del Formulario I-19, Verificación de Elegibilidad de Empleo, hasta el 17 de agosto de 2020:

  • Una copia de esta alerta web; y
  • Formulario I-766, Documento de Autorización de Empleo, que lleve la categoría “C-11” con una fecha de caducidad en o antes del 29 de junio de 2020.

El propósito de esta extensión temporera del permiso de permanencia temporal y la autorización de empleo es exhortar a todas las personas elegibles que tienen permisos de permanencia temporal a solicitar el estatus de residente permanente a largo plazo de CNMI durante el periodo de solicitud. Para las personas que tienen el permiso de permanencia temporal y presenten el Formulario I-955, Solicitud de Estatus de Residente a Largo Plazo de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte y el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, en o antes del 17 de agosto de 2020, USCIS anunciará por separado, una extensión del permiso de permanencia temporal para permitirles ayuda adicional mientras sus solicitudes de estatus de residente permanente a largo plazo de CNMI están en trámite.

Si una persona que tiene un permiso de permanencia temporal no presenta el Formulario I-955 y el Formulario I -765 en o antes del 17 de agosto, su estatus bajo permiso de permanencia temporal (y autorización de empleo, si corresponde) caducará y deberán salir de CNMI o buscar obtener otro estatus legal antes del 17 de agosto de 2020.

Última Revisión/Actualización:
06/17/2020
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