USCIS Suspende Temporalmente los Requisitos de Servicios Biométricos para Ciertos Solicitantes del Formulario I-539
Efectivo el 17 de mayo de 2021, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos suspenderá temporalmente el requisito de presentación de servicios biométricos para ciertos solicitantes que presentan el Formulario I-539, Solicitud de Extensión o Cambio de Estatus de No Inmigrante, que solicitan una extensión de estadía o cambio de estatus al de no inmigrante H-4, L-2 y E. USCIS permitirá que la adjudicación de dichas categorías especificas procedan basadas en la información biográfica y verificación de antecedentes correspondientes, sin la toma de huellas dactilares ni fotografía. Esta suspensión solo aplicará hasta el 17 de mayo de 2023, sujeto a la extensión afirmativa o revocación del plazo de suspensión por el director de USCIS.
Está suspensión temporal aplicará a todos solicitantes que presentan el Formulario I-539 para lo siguiente:
- Extensión de estadía o cambio de estatus a no inmigrante H-4;
- Extensión de estadía o cambio de estatus a no inmigrante L-2;
- Extensión de estadía o cambio de estatus a no inmigrante E-1;
- Extensión de estadía o cambio de estatus a no inmigrante E-2 (incluido E-2C (Inversionista E-2 de CNMI)); o
- Extensión de estadía o cambio de estatus a no inmigrante E-3 (incluidos aquellos que seleccionan E-3D).
Esta suspensión solo aplicará a las categorías de solicitudes del Formulario I-539 indicadas arriba que:
- Están pendientes al 17 de mayo de 2021, y todavía no han recibido una notificación de cita de servicios biométricos; o
- Las solicitudes nuevas que están mataselladas o presentadas de manera electrónica en o después del 17 de mayo de 2021.
Sin embargo, USCIS retiene su discreción, caso por caso, de requerir los datos a biométricos a solicitantes que cumplen con los criterios indicados arriba, y cualquier solicitante se le puede programar una cita en un Centro de Asistencia de Solicitudes (ASC) para proporcionar los datos biométricos.
Los solicitantes del Formulario I-539 que ya recibieron una notificación de cita para servicios biométricos deberán asistir su cita programada.
Efectivo el 17 de mayo de 2021, los solicitantes que presentan un Formulario I-539 y cumplen con los criterios indicados arriba no tienen que presentar la tarifa de servicios biométricos de $85 para el Formulario I-539 durante el plazo de suspensión. USCIS devolverá la tarifa de servicios biométricos si la presenta separada de la tarifa de presentación básica. USCIS otorgará un breve periodo de gracias durante el que USCIS no rechazará el Formulario I-539 presentado con la tarifa de presentación para los servicios biométricos. USCIS comenzará a rechazar solicitudes con Formularios I-539 impresos matasellados con fecha del 27 de mayo de 2021 o posterior (mientras dicha suspensión del requisito de los biométricos permanece en efecto), si los solicitantes que cumplen con los criterios indicados arriba presentan un pago único para cubrir tanto la tarifa de presentación como la tarifa de servicios biométricos de $85. Si USCIS rechaza la solicitud impresa porque el solicitante incluyó la tarifa de servicios biométricos después del periodo de gracia, el solicitante tendrá que presentar de nuevo su Formulario I-539 sin la tarifa de servicios biométricos.
Trasfondo
A partir de marzo de 2019, USCIS requirió a ciertos solicitantes y cosolicitantes con Formularios I-539 a comparecer personalmente a un ASC para presentar sus datos biométricos. En marzo de 2020, USCIS suspendió los servicios en persona en sus oficinas locales, oficinas de asilo y los ASC para ayudar a reducir la propagación del COVID-19. A pesar de que los ASC han abierto al público, todavía no operan en su capacidad total para citas debido a los protocolos de salud y seguridad necesarios relacionados con el COVID-19. Dichos cierres y limitaciones en la capacidad de los ASC, junto con otros retrasos en procesamiento de casos de USCIS, crearon un retraso sustancial en los casos que están en espera de citas de servicios biométricos en los ASC.
El retraso sin precedentes en los casos relacionados con el Formulario I-539 afectan particularmente a los no inmigrantes H-4 (cónyuges e hijos de no inmigrantes H-1B), no inmigrantes L-2 (cónyuges e hijos de no inmigrantes L-1), y ciertos no inmigrantes E (dependientes de no inmigrantes E-1, E-2 y E-3 principal), y sus Formularios I-765, Solicitud de Autorización de Empleo asociados. Las demoras en las citas de servicios biométricos para el Formulario I-539 resultan en retrasos en la adjudicación que, a su vez, causan retrasos en la adjudicación de los Formularios I-765 presentados por los no inmigrantes H-4, L-2 y E.
Aunque las regulaciones de DHS proporcionan una extensión automática de la autorización de empleo para ciertas renovaciones de EAD, los no inmigrantes H-4, L-2 y E no están incluidos en las disposiciones de revocación automática aplicables. No se puede aprobar el Formulario I-765 hasta después que se le otorgue o se le extienda el estatus de no inmigrante H-4, L-2 o E de base al cónyuge dependiente una vez se le apruebe el Formulario I-539.
Suspender por 24 meses los requisitos de servicios biométricos para los no inmigrantes H-4, L-2 y E que presentan el Formulario I-539 y cumplen con los criterios indicados arriba proporcionará tiempo suficiente para que USCIS atienda las demoras en el procesamiento de casos que se han agravado a causa de la capacidad limitad de los ASC debido a los protocolos de salud y seguridad relacionados con el COVID-19. USCIS decidió suspender la presentación de biométricos para todos los inmigrantes H-4, L2 y E (en otras palabras, tanto los cónyuges dependientes como los hijos) que presentan Formularios I-539 en vez de limitar la suspensión a solo aquellos cónyuges dependientes que también presentan el Formulario I-765 porque no será viable de manera operacional tratar a los hijos dependientes distinto de los cónyuges dependientes. USCIS continuará con el monitoreo de la capacidad de los ASC y los tiempos de procesamiento de adjudicación de los Formularios I-539 y I-765 y pueden ajustar o extender dicha suspensión a medida que cambien las circunstancias.
USCIS tiene la autoridad general para requerir que los solicitantes, peticionarios y beneficiarios de beneficios o peticiones de inmigración o naturalización presenten sus datos biométricos. La sección 103(a), 8 U.S.C. 1103(a) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), proporciona autoridad general para que DHS recopile o requiera la presentación de datos biométricos. Las regulaciones de DHS proporcionan autoridad específica para requerir la presentación de los biométricos en 8 CFR 103.2(b)(9) y 103.16.
Esta alerta sirve solamente como guía para empleados de USCIS en el desempeño de sus funciones oficiales. No tiene el propósito de crear, ni crea ni se puede depender de ella para crear algún derecho o beneficio, sustancial o procesal, aplicable por ley, o por cualquier persona u otra parte en procedimientos de remoción, en litigio con Estados Unidos, o en cualquier otra forma o manera.