USCIS Extiende las Exenciones de Tarifas de Presentación y Procesamiento Expedito para los Nacionales Afganos
Hoy, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) anunció que ha extendido y ampliado las exenciones de las tarifas de presentación anunciadas anteriormente y el procesamiento expedito de solicitudes para ciertos nacionales afganos. Estas acciones ayudarán a los nacionales afganos a reasentarse, y en muchos casos, a reunirse con familiares en Estados Unidos, al hacer posible que USCIS procese sus solicitudes de autorización de empleo y Documentos de Autorización de Empleo (EAD), estatus de residente a largo plazo, estatus para familiares inmediatos y servicios relacionados de manera más rápida. Lo exhortamos a usar las páginas web a continuación para obtener más información sobre los detalles de elegibilidad para cada tipo de solicitud que desee presentar.
Ciertos nacionales afganos son elegibles a las siguientes exenciones de tarifas y procesamiento expedito hasta el 30 de septiembre de 2024:
Exenciones de Tarifas
- Solicitudes de renovación de permiso humanitario (“re-parole”) y de renovación de autorización de empleo y/o EAD presentadas con el Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje;
- Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, para un EAD inicial o de reemplazo para los nacionales afganos que presentan su solicitud en función de haber recibido un permiso humanitario de ingreso en Estados Unidos bajo INA 212(d)(5) (categoría de elegibilidad (c)(11));
- Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus, presentado por nacionales afganos que desean ajustar su estatus al de residente permanente a base de una clasificación de inmigrante especial afgano;
- Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, presentado ante USCIS en Estados Unidos a nombre de un nacional afgano beneficiario que tiene una visa de inmigrante inmediatamente disponible;
- Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causales de Inadmisibilidad, presentado por un nacional afgano que tenga un Formulario I-485 asociado;
- Formulario I-824, Solicitud de Acción en una Solicitud o Petición Aprobada, para un nacional afgano que tiene una visa de inmigrante especial;
- Tarifa de Inmigrante de USCIS para los nacionales afganos.
Procesamiento Expedito
- Solicitudes de renovación de permiso humanitario y de renovación de autorización de empleo y/o de EAD presentadas con el Formulario I-131;
- Formulario I-765 para quienes solicitan un EAD inicial y de reemplazo en función del permiso humanitario (categoría de elegibilidad (c)(11));
- Formulario I-485, para los nacionales afganos que desean solicitar un ajuste de estatus basado en la clasificación de inmigrante especial afgano, y cualquier Formulario I-601 asociado;
- Formulario I-589, Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción, presentado por ciertos afganos que tienen permiso humanitario de ingreso como se describe la Sección 2502(a) de la Ley para Extensión del Financiamiento Gubernamental y Prestación de Asistencia de Emergencia;
- Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, presentado ante USCIS en Estados Unidos a nombre de un nacional afgano (beneficiario) que tiene una visa inmediatamente disponible y cualquier Formulario I-601 asociado; y
- Formulario I-140, Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero, presentado ante USCIS a nombre de un nacional afgano (beneficiario) que tiene una visa inmediatamente disponible.
Puede obtener información adicional en la página Información para Afganos .