USCIS Propondrá Cambiar el Proceso para Ciertas Exenciones Basadas en Presencia Ilegal
Actualización: ExenciónProvisional I-601 NO está en efecto. Para más información lea este alerta.
El 6 de enero de 2012, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés), publicó una Notificación de Intención en el Registro Federal delineando su plan para reducir el tiempo que los ciudadanos estadounidenses pasan separados de sus cónyuges e hijos bajo ciertas circunstancias mientras esos miembros de la familia atraviesan por el proceso de convertirse en inmigrantes legales en los Estados Unidos.
Actualmente, los cónyuges e hijos de ciudadanos estadounidenses que hayan acumulado cierto período de tiempo de presencia ilegal en los Estados Unidos y que tengan que abandonar el país como parte del proceso legal de inmigración, están imposibilitados de regresar a sus familias por un tiempo de 3 a 10 años. Ellos pueden recibir una exención para que se les permita regresar a sus familias demostrando que su familiar ciudadano estadounidense enfrentaría sufrimientos extremos como resultado de la separación.
Esta propuesta agilizaría el proceso de solicitudes de exención basadas en la presencia ilegal. USCIS propone procesar las solicitudes de exención en los Estados Unidos antes de que las familias enfrenten una separación. El proceso solo aplicaría a inmigrantes que son elegibles a una visa.
Bajo el proceso propuesto, los cónyuges e hijos de ciudadanos estadounidenses que son elegibles a una visa para inmigrar legalmente a los Estados Unidos, pero que necesitan una exención de inadmisibilidad por presencia ilegal para que puedan obtener esa visa más rápidamente, deberán solicitar una exención provisional antes de abandonar los Estados Unidos para que sus solicitudes sean procesadas en una embajada o consulado estadounidense en el extranjero (según deben hacerlo conforme a la ley).
La notificación limita el proceso agilizado a aquellos individuos que son inadmisibles basándose únicamente en haber acumulado un período de presencia ilegal y – conforme a los requisitos estatutarios – que puedan demostrar sufrimientos extremos en su familiar ciudadanos estadounidense. Todos los individuos afectados por este proceso agilizado necesitarán cumplir con todos los requisitos legales de admisión a los Estados Unidos, incluyendo el requisitos de procesar sus solicitudes de visa en un consulado de EE.UU. en el extranjero.
Con el cambio delineado en la notificación, los individuos que actualmente cualifican para una exención de inadmisibilidad bajo los estándares vigentes de elegibilidad y que puedan demostrar que la separación de su cónyuge o padre causaría sufrimiento extremo a ese familiar, podrían solicitar una exención mientras aún permanecen el los Estados Unidos.
Al permitir a esos individuos solicitar exenciones en EE.UU. y hacer una determinación provisional de elegibilidad de exención antes de que el individuo tenga que salir del país para el procesamiento de visa, USCIS proveerá un proceso más predecible y transparente y mejores tiempos de procesamiento, minimizando la separación entre los ciudadanos estadounidenses y sus familias. El cambio también haría más eficiente el proceso tanto para USCIS como para el Departamento de Estado de Estados Unidos (DOS, por sus siglas en inglés), al momento de trabajar con estas exenciones. Como resultado, el cambio fomentaría que los individuos que son elegibles a la exención de inadmisibilidad busquen la readmisión legal a los Estados Unidos.
Después de la publicación de esta notificación, USCIS se dará a la tarea de analizar más profundamente y colaborar con el Departamento de Estado para desarrollar el procesamiento agilizado más detalladamente. USCIS tiene planificado publicar una notificación de reglamentación propuesta en los meses venideros que proveerá detalles adicionales y hará posible la oportunidad de recibir los comentarios del público. Una reglamentación final será entonces publicada para implementar el proceso agilizado. La reglamentación no modificará los estándares básicos para evaluar si la denegación de la exención resultará en un sufrimiento extremo para el cónyuge o padre del ciudadano estadounidense. Sólo modificará el proceso por el cual algunas de estas solicitudes pueden ser presentadas y aceptadas por USCIS para su procesamiento.
Preguntas y Respuestas
P. ¿Por qué USCIS está proponiendo el cambio?
R. El cambio propuesto reducirá el tiempo que los ciudadanos estadounidenses permanecen separados de sus cónyuges e hijos bajo ciertas circunstancias mientras estos familiares atraviesan por el proceso de obtener visas para convertirse en inmigrantes legales a los Estados Unidos. Bajo la política actual, los individuos que deseen solicitar una exención de inadmisibilidad por presencia ilegal deben abandonar los Estados Unidos y solicitar una exención en una oficina consular de EE.UU. en el extranjero. Este proceso puede ser largo y desanimar a los individuos elegibles a la exención de presentar la solicitud, lo que retrasa su posibilidad de reingresar legalmente a EE.UU. El cambio propuesto reduciría la extensión del tiempo que los ciudadanos estarían separados de sus cónyuges e hijos mientras tiene lugar el proceso para obtener una visa para inmigrar. Esto refleja el compromiso firme de la Administración con la eficiencia en la administración de la ley de inmigración y la facilitación de la inmigración legal.
P. ¿De qué forma el proceso propuesto se diferencia del proceso actual?
R.Actualmente, los ciudadanos estadounidenses que pidan que sus cónyuges e hijos se conviertan en inmigrantes legales a los Estados Unidos deben pedir una visa, y en algunas circunstancias, si el cónyuge o hijo ha acumulado más de 180 días de presencia ilegal en EE.UU., ese cónyuge o hijo debe pedir también una exención de las bases de inadmisibilidad para que su visa sea procesada. El proceso propuesto no cambia los requisitos para obtener una visa o los estándares para obtener una exención. Tampoco cambia el requisito de que el cónyuge o hijos de un ciudadano estadounidense en última instancia salgan de Estados Unidos para que sus solicitudes sean procesadas en un consulado en el extranjero. El único cambio que se contempla en esta propuesta es que el cónyuge o hijos podrían solicitar una exención con USCIS en EE.UU. y recibir una decisión provisional sobre la exención antes de que tengan que salir del país para el procesamiento de la solicitud de visa en un consulado en el extranjero. Esto limita el tiempo que el procesamiento fuerza a las familias a estar separadas.
P. ¿Cuándo será implementado el proceso agilizado?
R. El proceso será implementado sólo después de que USCIS emita una reglamentación final. En los meses venideros, USCIS planifica publicar una notificación de reglamentación propuesta y considerará los comentarios recibidos como parte del proceso antes de publicar una reglamentación final. El proceso actual permanecerá en vigor hasta que la reglamentación final entre en efecto. Nadie debe presentar una solicitud en USCIS basándose en este cambio propuesto actualmente en proceso. Cualquier solicitud presentada ante USCIS a base de esta notificación será rechazada y el paquete de solicitud devuelta al solicitante, incluyendo cualquier tarifa de radicación, hasta que la reglamentación final se emita y el cambio sea efectivo.
P. ¿Quién sería elegible para una exención provisional?
R.Cónyuges e hijos de un ciudadano de EE.UU. (1) que estén buscando la residencia permanente legal a través de una visa de inmigrante, (2) que sean encontrados inadmisibles por su presencia ilegal en los Estados Unidos de más de 180 días, y (3) que cumplan con el criterio de dificultades extremas. Hijos menores de 18 años no acumulan presencia ilegal y, como resultado, no se requiere que obtengan una exención.
P. ¿Por qué este proceso agilizado propuesto está limitado a los cónyuges e hijos de un ciudadano estadounidense?
R.Bajo la ley, una exención de inadmisibilidad para presencia ilegal está disponible para los cónyuges o hijos de un ciudadano de EE.UU. o un Residente Permanente Legal (LPR, por sus siglas en inglés) que pueda demostrar que la denegación resultaría en dificultades extremas para su cónyuge o padre ciudadano estadounidense. Debido a que los cónyuges e hijos de ciudadanos estadounidenses no están sujetos a limitaciones anuales en visas, lo que significa que las visas de inmigrantes están disponibles inmediatamente para ellos, el procesamiento consular puede ocurrir rápidamente luego de la aprobación de la exención. Sin embargo, el tiempo de procesamiento actual de la exención todavía lleva a la separación de familias, a menudo por largos períodos de tiempo. Por ende, el procesamiento de las exenciones en los Estados Unidos cumple con las metas de mejorar la eficiencia y reducir el tiempo que las familias están separadas. Mientras la ley también hace las exenciones de inadmisibilidad disponibles para cónyuges e hijos de Residentes Permanentes Legales, USCIS no contempla extender este proceso agilizado a esos individuos en este momento.
P. ¿Cómo afectaría el proceso propuesto los estándares existentes relacionados con la presencia ilegal y el estándar de sufrimiento extremo?
R.No lo haría. El proceso propuesto retiene todos los estándares legales y políticas relacionadas a las determinaciones de presencia ilegal y de sufrimiento extremo. Simplemente proveería para el procesamiento de estas exenciones en Estados Unidos en lugar de en el extranjero.
P. ¿Podrán los individuos que reciban la exención ajustar su estatus sin salir de los Estados Unidos?
R. No. El proceso de visa en sí no cambia. Todavía se requiere que individuos que reciban una exención provisional salgan de los Estados Unidos para solicitar sus visas de inmigrante.
P. ¿Está todo aquel que haya acumulado más de 180 días de presencia ilegal imposibilitado de entrar a los Estados Unidos por un período de tres o diez años?
R.Si. Sin embargo, algunos extranjeros no acumulan presencia ilegal si caen en ciertas categorías. Por ejemplo, niños menores de 18 años no acumulan presencia ilegal durante ningún período de tiempo antes de su cumpleaños número 18. De forma similar, bajo la ley actual, algunas víctimas de crímenes y extranjeros con solicitudes de asilo pendientes no acumulan presencia ilegal mientras su solicitud está pendiente.
P. Si un individuo ya ha presentado un Formulario I-601 desde fuera de los Estados Unidos, ¿le afectaría el proceso propuesto?
R.No. Solamente afectaría individuos que no han presentado todavía un Formulario I-601 y que presentarán una petición de exención después de que la reglamentación sea publicada.
P. ¿Recolectaría USCIS datos biométricos como parte del proceso agilizado?
R.Si. Se contempla que los solicitantes en Estados Unidos serían citados para obtener sus datos biométricos en el Centro de Ayuda en Solicitudes de USCIS.
P. ¿Por qué USCIS se refiere a la exención como “provisional”?
R.En el proceso propuesto, USCIS concedería la exención provisional antes de que el solicitante salga de EE.UU. para el procesamiento consular de su solicitud de visa de inmigrante. La exención provisional, sin embargo, no entra en efecto hasta que el individuo salga de los Estados Unidos y desencadene la cubierta de las bases de inadmisibilidad. Más aún, la exención provisional cubre sólo la inadmisibilidad por concepto de presencia ilegal. Si el oficial consular encuentra durante la entrevista para la visa que el individuo está sujeto a otra base de inadmisibilidad, éste tendrá que presentar otra petición de exención con USCIS.
P. ¿Que pasaría en la entrevista consular?
R.Si el Departamento de Estado encuentra al individuo elegible a una visa de inmigrante, el oficial consular expediría entonces la visa, permitiendo al individuo inmigrar a los Estados Unidos.
P. ¿Qué pasaría a los individuos no elegibles para presentar una petición de exención bajo el nuevo proceso?
R.Ellos continuarían con los procesos actuales de la agencia para presentar peticiones de exención luego de que un oficial de un Consulado de los Estados Unidos determine que hay causas de inadmisibilidad.
P. ¿Qué le pasaría a los individuos a quienes se les niegue la exención bajo el proceso propuesto?
R.Estarían sujetos a las reglas y prioridades de cumplimiento de ley de USCIS para la expedición de Notificación de Comparecencia (NTA, por sus siglas en inglés). Por ejemplo, criminales convictos, amenazas a la seguridad pública y aquellos sospechosos de fraude recibirán NTAs.