Se extiende el Estatus de Protección Temporal para El Salvador
El secretario del Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS, por sus siglas en inglés) Jeh Johnson, ha extendido por 18 meses adicionales el Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) para los ciudadanos de El Salvador elegibles, efectivo desde el 10 de marzo de 2015 al 9 de septiembre de 2016.
Los beneficiarios actuales de El Salvador que buscan extender su TPS deben reinscribirse durante el periodo de 60 días para la reinscripción que transcurre desde el 7 de enero de 2015 hasta el 9 de marzo de 2015. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) exhorta a los beneficiarios a reinscribirse lo antes posible una vez comience el periodo de 60 días para reinscripción. USCIS no aceptará solicitudes antes del 7 de enero de 2015.
El periodo de extensión de 18 meses también permitirá a quienes se reinscriban al TPS solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés). Los beneficiarios de TPS de El Salvador que son elegibles que se reinscriban durante el periodo de 60 días y soliciten un nuevo EAD recibirán dicho documento con fecha de caducidad del 9 de septiembre de 2016. USCIS reconoce que algunas de las personas reinscritas podrían recibir su nuevo EAD después de que haya expirado el actual. Por esta razón, USCIS ha extendido automáticamente el EAD relacionado al TPS de El Salvador con fecha del 9 de marzo de 2015 por seis meses adicionales. Estos EAD serán válidos ahora hasta el 9 de septiembre de 2015.
Para reinscribirse al TPS, los actuales beneficiarios deben presentar:
- Formulario I-821, Solicitud de Estatus de Protección Temporal. Las personas que solicitan reinscripción no tienen que pagar la tarifa de presentación del Formulario I-821.
- El pago por concepto de servicios biométricos (o una petición de exención de tarifas) si son mayores de 14 años de edad.
- Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, sin importar si interesan o no un EAD.
- Los solicitantes de reinscripción a TPS que solicitan un EAD deben enviar el pago de tarifa de presentación del Formulario I-765 o una Solicitud de Exención de Tarifas, sólo si interesan un EAD. De lo contrario, no tienen que pagar la tarifa.
Los solicitantes pueden pedir que USCIS les exima de la tarifa de presentación asociada con el Formulario I-765 o la tarifa de datos biométricos basándose en su incapacidad para pagar, presentando el Formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas, o enviando una petición por escrito. Las solicitudes de exención de tarifas deben ir acompañadas con documentos de apoyo. USCIS rechazará la solicitud de TPS de cualquier solicitante que no envíe las tarifas de presentación correspondientes o que no envíe una Solicitud de Exención de Tarifas debidamente documentada.
Todos los formularios de USCIS son gratuitos. Los solicitantes pueden descargar estos formularios desde el sitio web de USCIS en www.uscis.gov/forms o www.uscis.gov/es/formularios o solicitarlos por teléfono llamando al número gratuito de USCIS 1-800-375-5283.
Puede encontrar información adicional sobre el TPS para El Salvador, incluyendo orientación sobre elegibilidad, el proceso de solicitud y dónde presentar las solicitudes, en www.uscis.gov/es/tps-ElSalvador. Puede obtener detalles adicionales acerca de esta extensión de TPS para El Salvador, incluyendo requisitos y procedimientos para el mismo, en la notificación del Registro Federal publicada hoy.
Los solicitantes que busquen información acerca del estatus de su caso en particular, pueden consultar Estatus de Caso en línea, o llamar al Centro Nacional de Servicio al Cliente de USCIS al 1-800- 375-5283 (TTY 1-800-767-1833).
Para más información acerca de USCIS y sus programas, visite www.uscis.gov/es o síganos en Twitter (@USCIS_ES), YouTube (/uscis) y el blog de USCIS Compás.