Guía Provisional de USCIS acerca de cuándo presentar una Petición H-1B enmendada luego de la decisión sobre Simeio Solutions
Por favor, tenga en cuenta que las guías contenidas en esta alerta web están en efecto. Sin embargo, USCIS aceptará comentarios del público hasta el 26 de junio de 2015 para una posible revisión y /o clarificación adicional.
El 9 de abril de 2015, la Oficina de Apelaciones Administrativas de USCIS (AAO, por sus siglas en inglés) emitió una decisión precedente en el caso de Matter of Simeio Solutions, LLC (PDF), que sostuvo que los empleadores presentar una petición H-1B enmendada en aquellos casos en que se requiera una nueva Solicitud de Condición Laboral para Trabajador No Inmigrante (LCA, por sus siglas en inglés) debido a un cambio en el lugar de trabajo del trabajador H-1B. Específicamente, esta decisión declaró que:
- Cuando los empleados H-1B cambian de un lugar de empleo a una nueva localidad de trabajo que requiere que los empleadores certifiquen una nueva LCA al Departamento de Seguridad Nacional, este cambio podría afectar la elegibilidad del empleado al estatus H-1B. Por lo tanto, se trata de un cambio sustancial a los efectos de 8 CFR §§ 214.2(h)(2)(i)(E) y (11)(i)(A)(2014).
- Cuando se trata de un cambio sustancial en los términos y condiciones de empleo, el peticionario deben presentar una petición H-1B enmendada o una nueva petición H-1B junto con su LCA correspondiente.
Esta decisión precedente representa la posición de USCIS acerca de que los empleadores tienen que presentar una petición enmendada antes de relocalizar un empleado H-1B en un nuevo lugar de trabajo. USCIS aceptará comentarios sobre las guías interinas que aparecen a continuación hasta el 26 de junio de 2015.
Cuándo presentar una petición enmendada
Usted debe presentar una petición H-1B enmendada si su trabajador H-1B cambió o va a cambiar su lugar de trabajo a un lugar fuera del área estadística metropolitana (MSA, por sus siglas en inglés) o un “área prevista de empleo” (según se define en 20 CFR 655.715) cubierta por la petición H-1B aprobada en vigor, aún si un nuevo LCA ha sido certificado y publicado en la nueva localidad.
Nota: Una vez que usted haya presentado una petición enmendada, su empleado H-1B puede comenzar a trabajar inmediatamente en la nueva localidad. No tiene que esperar por una decisión final sobre la petición enmendada para que el empleado H-1B comience a trabajar en la nueva localidad.
Cuándo NO tiene que presentar una petición enmendada
- Una mudanza dentro de los límites del MSA: Si su trabajador H-1B se estará mudando a una nueva localidad de trabajo dentro de la misma MSA o área prevista de empleo, no se requiere que usted presente un nuevo LCA. Por lo tanto, no necesita presentar una petición H-1B enmendada. Sin embargo, usted sí tiene que publicar el LCA original en el nuevo lugar de empleo dentro del área prevista de empleo. Por ejemplo, un trabajador H-1B que se moverá a un nuevo lugar de empleo dentro de la MSA de la Ciudad de Nueva York (NYC, por sus siglas en inglés) no necesita un nuevo LCA, pero usted aún debe publicar en la nueva localidad el LCA obtenido previamente. Esto se requiere tanto en casos cuando una oficina entera se mudará de una localidad a otra dentro de NYC como cuando solo un trabajador H-1B se mudará de un lugar de la compañía a otro dentro de la misma ciudad.
- Relocalización por corto tiempo: Bajo ciertas circunstancias, usted puede relocalizar un trabajador H-1B a un nuevo lugar de empleo por hasta 30 días, y en algunos casos 60 días, (en casos cuando un trabajador aún tenga como base la localidad original) sin tener que obtener un nuevo LCA. Vea 20 CFR 655.735. En estas situaciones, no tiene que presentar una petición H-1B enmendada.
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Localidades fuera del lugar de trabajo: Si su trabajador H-1B va ser relocalizado a un lugar que no está en la localidad de trabajo, usted no necesita presentar una petición H-1B enmendada. Se considera que los trabajadores H-1B van a un lugar fuera de la localidad de trabajo si:
- Van a un lugar a participar en una actividad de desarrollo laboral, como por ejemplo conferencias gerenciales o seminarios para los empleados
- Pasan poco tiempo en un solo lugar O
- Su trabajo es “de naturaleza itinerante”, lo que se refiere a situaciones donde el trabajo primario es en una localidad, pero el empleado viaja ocasionalmente a otras localidades por períodos de tiempo cortos “sobre una base casual y corta, que puede ser recurrente, pero no excesiva (por ejemplo, que no exceda de cinco días consecutivos de trabajo en cada visita del trabajador itinerante o de diez días en cada visita de un trabajador que pasa la mayor parte del tiempo en una localidad y viaja ocasionalmente a otra)”. Vea 20 CFR 655.715.
Presentación de peticiones H-1B enmendadas
- Si sus trabajadores H-1B estaban cambiando ubicaciones del lugar de trabajo al momento de la decisión en torno a Simeio Solutions, usted tiene 90 días a partir de la fecha de este alerta Web (21 de mayo de 2015) para presentar peticiones enmendadas por los empleados H-1B que cambiaron su lugar de trabajo a una zona geográfica que requiere la cobertura de una nueva LCA o diferente a la presentada con la petición original H-1B. Por lo tanto, si no ha presentado una petición enmendada por un trabajador H-1B que cambió la ubicación de su lugar de trabajo antes de 21 de mayo de 2015, tiene hasta el 19 de agosto de 2015 para presentar una petición enmendada.
- Si sus trabajadores H-1B cambiaron la ubicación de su lugar de trabajo antes de la decisión acerca del caso Simeio Solutions, USCIS no tomará acción adversa contra usted o sus trabajadores si, de buena fe, confió en correspondencia previa no vinculante por parte de la agencia y no presentó una petición enmendada debido a un cambio en la ubicación geográfica al 21 de mayo de 2015. Sin embargo, como se señaló anteriormente, usted debe ahora presentar una petición enmendada por estos trabajadores H-1B antes del 19 de agosto de 2015.
- Si usted no presenta una petición enmendada por estos trabajadores al 19 de agosto de 2015, dejará de estar en cumplimiento con las reglas y políticas de USCIS y por lo tanto sujeto a acciones adversas. Del mismo modo, sus trabajadores H-1B no mantendrán su estatus de no inmigrante y también estarán sujetos a posibles acciones adversas.
- Si su petición enmendada H-1B es denegada, pero la petición aún es válida, su trabajador H-1B puede regresar al lugar de trabajo cubierto por la petición original mientras dicho empleado H-1B pueda mantener válido el estatus de No Inmigrante en el lugar de trabajo original.
- Si su petición enmendada H-1B presentada anteriormente aún está pendiente, usted puede presentar otra petición enmendada para permitir que su trabajador H-1B pueda cambiar la ubicación del lugar de trabajo inmediatamente después de la última vez que presentó. Sin embargo, cada petición enmendada debe cumplir individualmente los requisitos de la clasificación H-1B y de cualquier petición de extensión de estadía. En caso que el estatus del beneficiario No Inmigrante H-1B haya caducado mientras las peticiones están pendientes, la denegación de cualquier petición o solicitud para enmendar o extender estatus resultará en la denegación de todas las peticiones o subsiguientes para enmendar o extender el estatus del trabajador H-1B. Vea el Memorando de Michael Aytes (PDF, 94.21 KB), Director Interino de Operaciones Nacionales (27 de diciembre 2005) para obtener instrucciones similares sobre las peticiones transferibles.
En lo posible, usted debe presentar recibos de peticiones previas. USCIS determinará, en una base caso por caso, si una petición fue presentada antes de que expirara el período de validez del Formulario I-94.
Para más información
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