Empleadores H-2B Deben Continuar Identificando “Trabajadores que Retornan” en Peticiones del FY 2017
USCIS urge a los empleadores prospecto H-2B que buscan contratar “empleados que retornan” potenciales, con fecha de comienzo en el FY 2017, a continuar identificando estos trabajadores y proveyéndoles la Certificación de Trabajador que Retorna H-2B.
Las estipulaciones de la Ley de Apropiaciones Consolidadas de 2016 (Ley Pública 114-113) respecto a los empleados H-2B que retornan expiran el 30 de septiembre, último día del FY 2016, y el Congreso podría o no autorizarlas nuevamente. Estas estipulaciones eximen del límite numérico del FY 2016 a los empleados elegibles que retornan, si fueron contados hacia el límite de las H-2B durante los años fiscales 2013, 2014 o 2015.
Estas estipulaciones, que enmiendan la Sección 214(g)(9) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (8 U.S.C. 1184(g)(9)), no aplican al límite del año fiscal 2017. Si vuelven a ser autorizadas en o antes del 30 de septiembre, es probable que las estipulaciones para el año fiscal 2017 eximan a aquellos trabajadores que retornan que fueron contados hacia el límite numérico de los años 2014, 2015 y 2016. Cualquier acción está a la discreción del Congreso y el Presidente.
USCIS ha comenzado ya a recibir peticiones H-2B requiriendo una fecha de comienzo en el empleo durante el año fiscal 2017. La identificación continua y la certificación de empleados que retornan, permitirá a USCIS mantener un conteo certero de trabajadores no inmigrantes H-2B hacia el límite numérico del año fiscal 2017, independientemente de si las estipulaciones son aprobadas nuevamente. Si el Congreso vuelve a autorizar las estipulaciones y los empleadores continúan identificando y certificando trabajadores que retornan en presentaciones H-2B, entonces USCIS podrá identificar los casos exentos de límite y ajustar su conteo apropiadamente. Esto hará que haya más números de visas disponibles para otros trabajadores.
Requisitos de Presentación
Además de las reglas para presentar el Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante, los siguientes requisitos aplican a los trabajadores H-2B que retornan:
- Certificación: En la petición, los empleadores deben completar e incluir la Certificación de Trabajador H-2B que Retorna. Esta certificación debe ser firmada por la misma persona que firmó la Parte 7 del Formulario I-129. La certificación establece que “Como suplemento de la certificación hecha en el Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante anejado, yo certifico que los trabajadores listados más adelante han recibido una visa H-2B o han cambiado al estatus H-2B con duración de uno a tres (3) años fiscales”.
- Trabajadores listados: Las Certificaciones de Trabajadores H-2B que Retornan deben incluir el nombre completo del trabajador. Si el trabajador está en los Estados Unidos bajo un diferente estatus, y el empleador está pidiendo un cambio de estatus al de H-2B, entonces si se incluye evidencia de admisiones H-2B previas, tales como copias de las visas del trabajador, se puede ayudar a prevenir demoras en el procesamiento.
- Múltiples trabajadores: Una petición individual puede presentarse a nombre de más de un trabajador. Sin embargo, cualquier trabajador que retorna debe ser listado en la Certificación de Trabajador H-2B que Retorna. Para múltiples trabajadores, los empleadores deben presentar el Anejo 1 del Formulario I-129 (páginas 35 y 36).
USCIS recomienda presentar peticiones para trabajadores que retornan separadamente de los nuevos peticionarios H-2B.
Procedimientos de Conteo del Límite
La fecha de control para el límite fiscal de visas H-2B del año fiscal es la fecha de comienzo en el empleo solicitada.
Bajo las estipulaciones actuales, los trabajadores que retornan elegibles que pidan una fecha de comienzo del 30 de septiembre de 2016 o antes, son considerados exentos del límite para el FY 2016, aun si su empleo se extiende hasta el FY 2017. Las peticiones requiriendo trabajadores H-2B para nuevo empleo con una fecha de comienzo de octubre 1 de 2016 o después, serán contadas hacia el límite de 66,000 del FY 2017, pendiente de una decisión o reautorización.
Si el Congreso no ha extendido las estipulaciones al momento de que se alcance el límite de 33,000 para la primera mitad del FY 2017, entonces USCIS considerará como trabajadores sujetos al límite a aquellos que son designados provisionalmente como trabajadores que retornan y rechazará presentaciones de visas H-2B adicionales que estén sujetas al límite.