Cambios en el procesamiento de ciertos Formularios I-730
El 12 de enero de 2018, USCIS cambió las oficinas en las que se procesan ciertas peticiones del Formulario I-730, Petición de Familiar de Refugiado/Asilado. Anteriormente, la Dirección General de Operaciones de Centros de Servicios procesaba dichos formularios.
Ahora, la Sección de Asistencia en Operaciones Internacionales (IASB, por sus siglas en inglés) de la Dirección General de Refugiados, Asilo y Operaciones Internacionales de USCIS (RAIO, por sus siglas en inglés) procesará los formularios presentados por personas admitidas a Estados Unidos en calidad de refugiados. Los peticionarios y/o representantes acreditados que presenten un Formulario I-730 basado en una persona con estatus de refugiado, recibirán instrucciones adicionales una vez IASB reciba la petición.
Este cambio no afectará los Formularios I-730 presentados por personas a las que se ha otorgado asilo.
Las instrucciones de presentación del Formulario I-730 por correo postal permanecen igual. Los solicitantes deben continuar seguir las instrucciones bajo la pestaña Dónde Presentar la solicitud en la página web del Formulario I-730.