Actualización de Política de USCIS sobre el Requisito de Salida de CW-1
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos ha modificado su política para implementar el requisito de que los extranjeros tienen que salir de Estados Unidos por al menos 30 días luego de dos renovaciones de su clasificación de visa de Trabajador Transicional Solamente CNMI (CW-1).
Efectivo inmediatamente, USCIS solo considerará las peticiones CW-1 aprobadas en o antes del 18 de junio de 2020, cuando aplicamos l requisito de que ciertos trabajadores no inmigrantes CW-1 salgan de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI) por un periodo de al menos 30 días continuos. Por ejemplo, cualquier extranjero cuya petición fue aprobada en o después del 18 de junio de 2020 con un periodo de validez CW-1 de un año que comienza el 1 de octubre de 2020, será elegible para dos periodos de validez consecutivos de su petición después del primer periodo de validez que caduca el 30 de septiembre de 2021. Anteriormente, USCIS contaba todos los periodos de validez consecutivos de las peticiones, aún aquellos aprobados antes del 18 de junio de 2020, al determinar qué trabajadores no inmigrantes CW-1 estaban sujetos al requisito de salida temporal.
Trasfondo
USCIS ha hecho este cambio en respuesta a los comentarios de las partes interesadas y las interrupciones causadas por la pandemia de coronavirus (COVID-19). Aunque DHS estableció en la regla final provisional (IFR) que la Ley de la Fuerza Laboral es mejor interpretada si se incluyen las renovaciones previas, DHS también cree que esta no es la única interpretación permisible de la Ley de la Fuerza Laboral o la regla final provisional. A través de este anuncio, DHS implementará el requisito de salida temporal de manera que proteja mejor los intereses de los empleadores y trabajadores de CW-1 que pueden verse afectados por posibles interrupciones de viaje y retrasos fuera de su control. Este cambio también minimiza el probable impacto negativo en otras empresas estadounidenses y evita más daños a la economía de CNMI.
El 14 de mayo de 2020, el Departamento de Seguridad Nacional publicó una regla final provisional que implementa la Ley de Fuerza Laboral Estadounidense de las Islas Marianas del Norte de 2018. La Ley de la Fuerza Laboral requería que DHS promulgara un IFR para enmendar las regulaciones que rigen su programa CW-1 para implementar los cambios estatutarios dispuestos en la Ley de la Fuerza Laboral. La IFR entró en efecto el 18 de junio de 2020.
La Ley de la Fuerza Laboral requiere que luego del vencimiento del segundo periodo de renovación de CW-1, un extranjero no puede ser elegible nuevamente al estatus CW-1 hasta después que dicho extranjero haya permanecido fuera de Estados Unidos por un periodo continuo de al menos 30 días antes de que se presente una petición de renovación en su nombre. Los trabajadores a largo plazo CW-1, según lo define el IFR, están exentos del requisito de salida.